Ahumada: “el mensaje es que el que denuncie recibirá represalias”

Ahumada: “el mensaje es que el que denuncie recibirá represalias”

El defensor de Pedicone calificó de “vergonzoso” el dictamen del Ministerio Público Fiscal que opina que debe rechazarse el per saltum y que pide sanciones contra el denunciante.

DEFENSOR. Ahumada aguarda la inhibición de tres vocales de la Corte. la gaceta / foto de Antonio Ferroni DEFENSOR. Ahumada aguarda la inhibición de tres vocales de la Corte. la gaceta / foto de Antonio Ferroni

“La falta de conciencia del derecho de defensa en es gravísimo”, razona Arnaldo Ahumada, defensor (junto con María Fernanda Battig) del juez de Impugnación Enrique Pedicone. “El juez ha denunciado con pruebas al vocal de la Corte Daniel Leiva. Sin embargo, en la Legislatura han archivado todos los pedidos de juicio político contra el denunciado y han corrido traslado a todos los planteos de remoción contra el que ha presentado la denuncia y los audios. En Tribunales, el juez Juan Francisco Pisa ha negado su pedido de ser querellante; y también que la causa sea tramitada con el Código Procesal nuevo. Y cuando presentamos un per saltum para que la Corte revea la situación, la opinión del Ministerio Público Fiscal es que se debe sancionar a Pedicone y a sus abogados. El mensaje para la sociedad es alarmante: el que denuncie sólo recibirá represalias”, alerta.

Ahumada cuestiona severamente el dictamen no vinculante del fiscal Alejandro Noguera (a cargo del Ministerio Público Fiscal por la licencia de su titular, Edmundo Jiménez), quien sostiene, como lo publicó ayer LA GACETA, que Pedicone intenta “coaccionar” a la Corte.

“El Ministerio Público Fiscal debe estar a favor de la investigación de los delitos y aquí hace todo lo contrario, a pesar de que las grabaciones crean una sospecha fundada de que lo denuncia es la pura verdad. No debe haber causa más sencilla de resolver en los Tribunales que esta: sólo hay que pedir los teléfonos de Pedicone y de Leiva para peritarlos y comprobar dónde estaban el 28 de julio a las 9 de la mañana”, sostiene Ahumada.

Ese día y a esa hora, según denunció el juez de Impugnación, Leiva le pedía en el bar Ohana que “maneje la intensidad” de la causa contra el legislador Ricardo Bussi, por presunto abuso sexual y corrupción, según el opositor fuese más o menos funcional al oficialismo.

“Es una vergüenza que el Ministerio Público Fiscal se haya sumado institucionalmente a la defensa del vocal Leiva. Cuestiones como estas sólo determinan el atraso de Tucumán. El mundo entero está volcándose hacia el sistema de audiencias públicas, hacia el sistema oral y público. Eso propone el nuevo Código Procesal. Y es lo que el fiscal Noguera y el Ministerio Público no están comprendiendo”, fustigó.

“Tramitar este proceso de manera oral y pública no es una idea del doctor Pedicone: son garantías que hace años vienen reivindicando las convenciones internacionales a las que nuestro país ha conferido rango constitucional, y que la Constitución provincial, en su artículo 24, adopta como leyes vigentes y operativas en nuestra provincia. Pero el Ministerio Público Fiscal quiere volver al sistema escrito, secreto y oculto. A mí me hubiese gustado que el fiscal Noguera diese la cara en una audiencia oral y sostuviera en público la ridiculez que plantea por escrito en el dictamen. Eso nos hubiera permitido cuestionar su posición vergonzosa frente al pueblo y los medios. Pero no están dispuestos a esto. Y quieren que la causa de Leiva se diluya en un mar de papeles. Por eso quieren ir hacia atrás, a contramano del mundo: para proteger un sistema de corrupción”, afirmó.

Ahumada responsabilizó por el dictamen al ministro titular. “Aunque está de licencia, Jiménez maneja esto desde las sombras. Él le huye a las audiencias públicas porque si alguna vez hubiera una por la causa Teves, no sé adónde irían a esconderse él y su familia”, manifestó.

Justamente, Ahumada afirma que el dictamen de Noguera “no dice jurídicamente nada”. Y pauta que, aún cuando se aplique el Código Procesal anterior, corresponde darle rol de querellante a Pedicone. “Aunque el bien jurídico sea la administración pública, se debe admitir como parte del proceso a quien experimenta directamente la lesión ocasionada por el ilícito. No lo decimos nosotros, sino la sentencia 565 de la Corte, dictada en 2010 por Antonio Estofán y los entonces vocales Alberto José Brito y René Goane”, invocó el abogado.

Integración

El dictamen de Noguera ya se encuentra en la Corte y esto plantea una segunda cuestión: la integración del alto tribunal.

“Cuando presentamos el per saltum, expresamos que Leiva debe quedar afuera de toda intervención porque él es el denunciado en el caso. O se inhibe o lo recusaremos con causa”, puntualizó Ahumada.

“De la misma manera, invitamos a los vocales Estofán y Eleonora Rodríguez Campos a que ellos dos se inhibieran. De lo contrario, también los recusaremos por temor a que incurran en parcialidad objetiva: hay dos temas intimamente relacionados con este tema en los cuales ellos ya se expresaron”, sostuvo.

Ahumada se refiere, por un lado, a la Acordada 782, mediante la cual Leiva, Rodríguez Campos y Estofán sancionaron a Pedicone con un apercibimiento por, presuntamente, actuar sin competencia en el caso de la clausura del Bar y Billares Punto y Banca. Y, por otro, a la Acordada 866, mediante la cual rechazaron el planteo de nulidad de la Arcodada 730. Este acuerdo le negó a Pedicone la autorización para trabajar durante la “miniferia” del fuero penal, dispuesto por la Corte en agosto. Sobre la base de que no tenía permiso para desempeñar funciones ese mes recayó sobre Pedicone el apercibimiento dispuesto en la Acordada 782.

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