Jubilaciones ordinarias: Panorama previsional del futuro

Por María Inés Salvatierra / abogada previsional.

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16 Agosto 2020

Se hace cada vez más difícil sostener una mirada positiva respecto del futuro de nuestro sistema previsional. Más aún cuando, a través de medios nacionales, hablan de un “sistema colapsado”, se lanzan porcentajes estadísticos y cantidades de trabajadores actuales que en un futuro “no podrán acceder a su Jubilación”, debido a la falta de fuentes de trabajos formales, y la consecuente reducción de los aportes previsionales. Estas noticias desalentadoras, sólo generan un temor infundado en quienes actualmente se encuentran en plena etapa laboral.

No obstante, es preciso ser cautos al momento de hacer análisis respecto de la situación actual y futura. Si bien es cierto podemos reconocer las falencias que tiene nuestro sistema, también lo es que podemos aportar miradas positivas y soluciones reales para que, llegado el momento, los trabajadores actuales podamos acceder a la Jubilación Ordinaria y contar con un retiro asegurado.

Situación actual

Basados en el funcionamiento de nuestro sistema previsional y dado que el mismo necesita de la solidaridad de los aportes de los trabajadores actuales para poder sostener a los beneficiarios pasivos y, teniendo en cuenta que cada vez son menos los trabajadores formales (en relación de dependencia y/o independientes con aportes), situación que se vio agravada por las condiciones del momento, podemos observar las falencias por las que atraviesa el sistema.

Las sucesivas reformas que fueron transcurriendo en los últimos años sobre la determinación del haber y la movilidad previsional, incluso modificaciones sobre regímenes especiales, están orientadas a reducir los haberes presentes y futuros, a fin de que lo que se recauda en concepto de aportes previsionales sustente el pago de las prestaciones de los pasivos.

Aportemos soluciones

Para que un trabajador pueda visualizarse en el futuro percibiendo su propia Jubilación Ordinaria, es preciso tener la responsabilidad actual de efectuar los aportes previsionales sobre la actividad que cada uno de nosotros desarrolla; ya sea en relación de dependencia o como trabajadores independientes.

Vivimos en un Estado de derecho y las garantías constitucionales no deben ser violadas: Derecho a la Jubilación, derecho a la movilidad de las prestaciones previsionales. Por ello, en cuanto al tema que nos compete, si cada uno de nosotros cuenta con la edad y los años de aportes necesarios para acceder a la jubilación, debemos tener la tranquilidad que percibiremos el beneficio previsional al finalizar nuestra vida activa. Así entonces, desde la mirada del especialista en previsional, toda actividad desarrollada, sea oficio, profesión, ocupación, debe ser acompañada por su correspondiente aporte previsional, no sólo pensando en el futuro, sino también en la cobertura médico asistencial.

Si este es nuestro accionar en relación a la actividad que desarrollamos, no debemos temer respecto de las coberturas previsionales que por derecho nos corresponderán; y en ese caso, los trabajadores no dependeremos de decisiones políticas momentáneas, mediante las cuales se habiliten o no prestaciones no contributivas para cubrir la vejez, siendo estas prestaciones reservadas de manera exclusiva para aquellos ciudadanos que se encuentran en tal estado.

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