Irene Benito
Por Irene Benito 08 Octubre 2018

La corrupción se desarrolla y crece montada sobre dos pilares: la debilidad y escasez de mecanismos de control preventivo, y la inexistencia de sanciones. Ambas circunstancias concurren en Tucumán. Y están más expuestas que antes -o que nunca por el contraste con el debate sobre transparencia e integridad en desarrollo en el país.

El espectáculo nauseabundo de los cuadernos de las coimas es el mejor ejemplo de cómo el déficit de fiscalización independiente puede estructurar un sistema de saqueo de las arcas estatales y, a la vez, de cómo la adopción de instituciones para el combate de la corrupción, concretamente, de las leyes del “arrepentido” y de la responsabilidad penal empresaria, puede contribuir a morigerar la llamada “cleptocracia” argentina.

Los acusados colaboradores permiten comprender las tramas oscuras, y desenrollar la madeja de componendas y de pactos que tejen las mafias enquistadas en el Estado. La experiencia acumulada entre el “Mani Pulite” y el “Lava Jato” enseña que la corrupción estructural sólo puede ser desmantelada desde adentro. Eso ha de suceder por medio de incentivos como la libertad inmediata y la reducción de la futura condena. Alicientes similares invitan al sector privado a reformarse para dejar atrás la práctica del soborno y el “retorno”. Estas “armas” rompen la barrera de impunidad que protege a los corruptos y dejan a la vista las tripas de sus negociados. Es, en síntesis, el capítulo histórico que prosiguió al hallazgo de los cuadernos de Centeno.

Tucumán observa la exhibición de la inmundicia del poder a distancia, como si no fuera parte del país. El statu quo luce imperturbable e inamovible. “Es el territorio de la ‘permanencia permanente’: siempre lo mismo hasta el final e indefinidamente”, metaforiza un abogado que sigue este derrotero a la distancia. Esa sentencia impotente explicaría por qué la legislación nacional del imputado colaborador y de la responsabilidad penal de las compañías no han repercutido aún en este distrito, pese a estar en el epicentro de la agenda de la política, la Justicia y empresariado. Desde la perspectiva local parecen normas nórdicas. Por algo la Legislatura provincial no discutió su adhesión ni adaptó el orden jurídico para facilitar su aplicación, pese a la invitación incluida en los artículos 28 y 18 de las leyes 27.401 y 27.304. Si bien estos instrumentos estratégicos podrían ser usados en la faz doméstica sin necesidad de que los legisladores los incorporen en forma expresa -la Corte de Tucumán incluso está facultada para reglamentar ciertas facetas procesales-, la indiferencia de las autoridades políticas destila un mensaje de desánimo para los fiscales y los jueces. Basta y sobra con no hacer nada. A buen entendedor, pocas palabras.

La imposibilidad de sancionar el desvío del Estado no es mera percepción ambiental, sino un dato objetivo. Sólo el 0,5% de las denuncias de corrupción con trascendencia pública presentadas en la Justicia provincial y federal registraron una condena firme durante los 13 años que siguieron a la supresión de la Fiscalía Anticorrupción en 2005.

En términos contundentes, una de 219. Esa única excepción a la regla de la impunidad es la sentencia emitida por la Sala III de la Cámara Penal de esta ciudad contra los agentes policiales de Raco que encubrieron el crimen de Paulina Lebbos. El mismo estrado sustancia el juicio oral de la causa principal, donde el grueso de los imputados son ex funcionarios acusados de haberse corrompido para impedir el esclarecimiento de los hechos. ¿Podrán los jueces Carlos Caramuti, Rafael Macoritto y Dante Ibáñez corroborar la existencia de delitos a partir de una pesquisa saboteada y manipulada durante 12 años? La pregunta va y viene a propósito de deficiencias investigativas profundas, más antiguas y básicas que la apatía por las figuras de la responsabilidad penal empresarial y de la delación premiada.

Casi no caben dudas de que la disolución de la Fiscalía Anticorrupción dispuesta en 2005 por la Corte con el consentimiento del entonces ministro público fiscal Luis De Mitri profundizó la debilidad de la Justicia para investigar al poder. El sucesor de De Mitri, su “amigo” Edmundo Jiménez, como él mismo se definió el mes pasado, había prometido el retorno de ese despacho especializado en marzo de 2017. Todo sigue igual que entonces. Como mucho, la historia se encamina a que el propio Jiménez asuma el estatus de “fiscal anticorrupción”: en febrero o cuando sea que entre en vigor el “nuevo viejo” Código Procesal Penal, el ex ministro de Gobierno y Justicia de José Alperovich manejará directamente o con los fiscales generales que designe “a dedo” las denuncias contra funcionarios con fueros debido a la inexistencia de fiscales regionales que puedan llevar adelante esa tarea judicial delicadísima (artículo 25).

La lista de los recursos institucionales y materiales que faltan para luchar contra la corrupción en Tucumán comprende la batería de resortes preventivos. No hay leyes de ética ni de acceso a la información públicas, por ende, una sospecha densa se cierne sobre la evolución patrimonial de ciertos gobernantes y el uso del Estado. Desde luego no hay una Oficina Anticorrupción que actúe como querellante -impulse procesos-; identifique conflictos de intereses; lleve registros de los regalos que reciben los funcionarios y sugiera medidas que contribuyan a transparentar su desempeño. No hay un organismo equivalente a la Auditoría General de la Nación en el ámbito del Poder Legislativo ni otro enfocado de manera exclusiva en la auditoría, como la Sindicatura General de la Nación, en el Poder Ejecutivo. Las facultades de control del erario están concentradas en un Tribunal de Cuentas cuyas cabezas no son funcionarios escogidos por concurso: lo mismo sucede con la Defensoría del Pueblo. A este escenario hay que agregar la duda general acerca de la división de poderes. Es posible que disponer de un arsenal contra la corrupción no frene ese mal endémico, pero menos expectativas corresponde albergar en el contexto de “desarme” que impera en Tucumán.

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