Condenan a un tucumano a ocho años de prisión por abuso sexual

Condenan a un tucumano a ocho años de prisión por abuso sexual

Había agredido en 2011 a su ex pareja, quien sufrió lesiones graves.

La Trinidad La Trinidad
20 Agosto 2018

La Cámara Penal Sala II del Centro Judicial de Concepción condenó a ocho de prisión a un hombre de Villa La Trinidad por abusar sexualmente y agredir con saña a su ex pareja. La víctima, a raíz de las graves lesiones que sufrió, debió ser internada en un centro de salud de “La Perla del Sur”.

El episodio se registró el 8 de mayo 2011 y recién pudo de llegar a juicio la semana pasada, luego de sortear múltiples planteos de la defensa de Héctor Miguel Muñoz, de 29 años, acusado de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma”.

El condenado continuará en libertad hasta que quede firme la sentencia. Esto sucede porque el Tribunal, integrado por Jesús Carlos , Dante Sergio Altamirano y Elena Grellet, no pudo dictarle la preventiva a partir de que la Fiscal de Cámara, Alicia De Blasis, no la requirió. A Muñoz también se le ordenó la restricción de acercamiento respecto de la víctima Y.D.C. y del hijo, en un radio de 500 metros, bajo apercibimiento de aplicársele medidas de coerción personal en caso de incumplimiento.

La medida abarca al grupo familiar de Muñoz. La víctima, antes y durante el juicio, sufrió amenazas y hostigamientos por parte de distintos parientes del condenado.

Con base en los testimonios que se escucharon en el proceso penal, entre otras pruebas, Muñoz fue hallado culpable de haber interceptado a su ex pareja en el microcentro de La Trinidad y de obligarla, utilizando un cuchillo, a dirigirse en su moto hasta un descampado. Ahí abusó de ella y la golpeó con salvajismo.

“Repetía: ‘vas a ser solo mía’. Y me golpeaba como un loco”, contó la víctima ante el Tribunal. Muñoz fue detenido días después por la Policía.

La víctima y sus familiares se mostraron indignados porque el hombre no iba a ser detenido, tras conocer la condena. “El fallo estuvo ajustado a los requerimientos de la fiscal y a la gravedad de lo sucedido. No se puede dictar sentencia por encima de las consideraciones del Ministerio Público Fiscal (MPF)”, manifestó el magistrado Pellegri al finalizar el proceso.

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