Un proyecto que nos deja a las puertas del siglo XVII

Un proyecto que nos deja a las puertas del siglo XVII

“Hay sólo dos alternativas demasiado claras para ser discutidas: o la Constitución controla cualquier ley contraria a ella, o la Legislatura puede alterar la Constitución mediante una ley ordinaria. Entre tales alternativas no hay términos medios: o la Constitución es la ley suprema, inalterable por medios ordinarios; o se encuentra al mismo nivel que las leyes y de tal modo, puede reformarse o dejarse sin efecto, siempre que al Congreso le plazca. Si es cierta la primera alternativa, entonces una ley contraria a la Constitución no es ley; si en cambio es verdadera la segunda, entonces las constituciones escritas son absurdos intentos del pueblo para limitar un poder ilimitable por naturaleza”.

John Marshall, juez de la Corte de los Estados Unidos, en el fallo “Marbury vs. Madison”, que fundó el control de constitucionalidad en 1803.

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La Argentina (para emplear una síntesis de “El palabrero” Esteban Peicovich) es movilizada por estas horas sólo por tres palabras: si, no, gol. La media sanción en Diputados a la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo y -a un abismo de distancia- el inicio del Mundial de Fútbol son dos temas “totalizantes” de la atención de la opinión pública. Y esta coyuntura, durante la cual los tucumanos sólo hablan de una cuestión o de la otra, o de las dos, es justamente la que esperó el justicialismo tucumano para presentar su proyecto de ley para que ni un solo miembro del Poder Judicial intervenga en la fiscalización de las elecciones provinciales.

Esa es la finalidad que trafica el proyecto suscrito por 14 legisladores (casi el 30% de los miembros de la Cámara) que integran el bloque PJ – Tucumán Crece para cambiar por completo la Junta Electoral Provincial. La iniciativa ingresó a las 13.35 del miércoles a la Mesa de Entradas del parlamento local. Dos horas después de que se iniciara la sesión de la Cámara Baja que se prolongó hasta ayer. Un día antes de que comenzara la Copa del Mundo. Más que llamativo, teniendo en cuenta que, cuando la oposición criticó la demora en el tratamiento de la reforma política, el oficialismo le enrostró a sus adversarios que ellos habían esperado hasta principios de este mes para presentar sus propuestas. ¿Esta iniciativa se había traspapelado?

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El contenido explica por sí solo por qué el peronismo busca que esta propuesta pase inadvertida. Está referida nada menos que al organismo que controla el proceso por el cual, cada cuatro años, los tucumanos eligen a todas sus autoridades. Lo cual la convierte en una de las propuestas más institucionalmente delicadas del actual Gobierno. Y si se aprueba, la Junta ya no tendrá tres miembros con mayoría tribunalicia (el titular de la Corte y el ministro fiscal, por la Justicia; y el vicegobernador, por el poder político). Si prospera, los vocales ahora serán cinco abogados. Sus únicos requisitos serán tener más de 40 años, acreditar 15 años en el ejercicio de la profesión, y ser designados por los miembros del poder político que compiten en los comicios que deberán controlar. Tres vocales por la mayoría y dos por la minoría.

Lo sintomático del caso radica en que estos cinco abogados tendrán remuneraciones como si fueran jueces, estabilidad como si fueran jueces, privilegios procesales como si fueran jueces, y eximiciones impositivas como si fueran jueces… pero no serán jueces.

Con esa ambigüedad el poder político tucumano sigue diciendo, literalmente, que no quiere ser escrutado por la Justicia.

Tanto es así que ahora proponen crear un organismo que no tiene parangón en la Argentina. Léase, la democracia y la república ya han sido inventadas. Y para gobernar a través de sus instituciones, ya hay modelos de organismos de control electoral. A esto lo subrayó el camarista Rodolfo Novillo en el fallo “Movimiento Popular Tres Banderas”, que fulminó de nulidad la Junta Electoral con mayoría del poder político que había creado el alperovichismo en la Constitución de 2006, y que cuestionaron Alejandro Sangenis y Rodolfo Burgos.

El magistrado advirtió que en el derecho público argentino hay órganos de justicia electoral pertenecientes al Poder Judicial (en el orden federal, en la ciudad de Buenos Aires, y en las provincias de Córdoba, Neuquén, Corrientes, Catamarca, San Luis, Tierra del Fuego, Mendoza y Santa Cruz). Hay otros que actúan como auxiliares del Poder Judicial, integrados totalmente por magistrados (en Santa Fe, Formosa, Chaco, Río Negro, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta y San Juan). Y están los que son integrados por una mayoría de magistrados y por una minoría de miembros de los poderes políticos (en las provincias de Buenos Aires, Chubut y Entre Ríos; y aún hoy en Tucumán). La excepción a estas reglas: Santiago del Estero. Esa provincia asolada por el típico feudalismo norteño donde sólo cambia el señorío.

Lo que propone el justicialismo parlamentario, para que se entienda, está aún por debajo del estándar institucional santiagueño: una Junta Electoral donde los magistrados no existen.

Es decir, el sistema de Junta Electoral Provincial, en las últimas décadas, ha demostrado de manera reincidente su fracaso sistemático para garantizar comicios transparentes. Los de 2015, inclusive, llegaron a ser declarados nulos por los camaristas Ebe López Piossek y Salvador Ruiz. Pero en lugar de optar por un órgano electoral íntegramente perteneciente al Poder Judicial, proponen uno que sea completamente ajeno. Léase, proponen que el remedio para lo malo sea lo peor.

La política quiere rehuir a la Justicia en Tucumán. Y en esa fuga, la propuesta oficialista incluye un elemento más: modificar por ley la competencia originaria de la Corte Suprema tucumana. Es decir, establecer que las resoluciones de los cinco abogados nombrados por el poder político para controlar los comicios del poder político serán apeladas directamente ante el máximo tribunal. Hoy, las decisiones de la Junta se recurren ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Esta determinación va infinitamente más allá de que en 2015 al justicialismo le haya ido mal en ese fuero y bien en el superior tribunal, que convalidó las elecciones.

La competencia originaria de la Corte es establecida en la Constitución. Pretender modificarla por una simple ley (aunque así lo recomiende el informe de diciembre de 2015 de la Junta Electoral a la Legislatura) no resiste el menor control de constitucionalidad. Dicho de otro modo, si la Carta Magna pauta específicamente cuáles son los casos en que la competencia de la Corte es originaria, eso determina, por lógica enumerativa, que el resto no lo son. Si eso puede cambiar por una norma jerárquicamente menor, ¿qué es aquí la Constitución escrita?

Entonces, el oficialismo no sólo se sigue resistiendo a los Tribunales. En rigor, no se quiere sujetar a la legalidad. Y en ese intento, contra todas las garantías procesales y de derechos humanos, quiere que haya una única instancia (la Corte) en materia electoral.

El oficialismo está dispuesto a todo esto porque no quiere que el Poder Judicial lo controle en la instancia democrática más trascendente, que la elección de las autoridades. O lo que es igual, sueña mediante este proyecto con convertirse en un poder político incontrolado.

La propuesta del justicialismo pareciera que atrasa dos siglos, hasta los tiempos anteriores del inconmovible fallo “Marbury vs. Madison”, donde Marshall, en los albores del siglo XIX, invalidó una ley del Congreso de su país por haber ampliado la competencia originaria de la Corte. Pero en realidad, la involución es varias veces mayor.

A propósito de la legitimidad

Thomas Bonham se recibió en Cambridge y decidió desempeñar su profesión en Londres, pero sin haber tramitado la autorización del Colegio Real de Médicos. Como consecuencia de ello, los censores del Royal Council of Medicine lo interrogaron, lo declararon incompetente, le prohibieron ejercer su profesión en la capital del Reino Unido y lo multaron.

El médico británico siguió curando: un puñado de burócratas no podía imponerse sobre su carrera universitaria, asumió. Así que incrementaron la multa y ordenaron su detención. El Colegio Real de Médicos alegó que estaba facultado por la Corona para hacer lo que hizo. Y el “Caso Bonham” fue a la Justicia.

El presidente del Tribunal inglés (chief of justice), Edward Coke, falló en favor de Bonham. “...Cuando un Acts del Parlamento se opone al derecho común o a la razón, o repugna o es de imposible aplicación, el common law (la constitución inglesa, que es una constitución no escrita) lo controla y se impone y lo anula”, sentenció. Y en ese mismo momento inauguró el judicial review: el proceso de revisión judicial que puede invalidar leyes que son incompatibles con las que se encuentran por encima de ella.

Coke estaba abordando mucho más que el caso de un médico. Se puso de pie ante un poder real convencido de que podía avasallar a cualquiera y, por ende, a todos. Dijo que la Justicia debe ser independiente. Que lo legal debe ser legítimo. Y que la legitimidad es dada, también, por lo razonable. Para que rijan esos principios están los jueces, remachó Coke. Ellos deben hacer valer las garantías constitucionales. Y denunciar y tronchar lo repugnante del poder.

El magistrado, por cierto, determinó que el Colegio no tenía poder alguno sobre los practicantes no autorizados. Y, por sobre todo, advirtió que el Council recibía la mitad del importe de las multas: era juez y parte. Había utilizado sus poderes indebidamente.

El fallo de Coke es de 1606. Esa sentencia dejó establecido el Estado de Derecho inglés.

El proyecto de reforma de la Junta Electoral Provincial quiere convertir al poder político en juez y parte. A las elecciones en las que buscará ser revalidado, las controlarán cinco abogados designados por las mismas autoridades que competirán en los comicios. Y nada obsta para que de entre las actuales autoridades salgan los miembros de la nueva Junta.

La propuesta del oficialismo pareciera que atrasa dos siglos, hasta los tiempos del señero “caso Bonham”, en los albores del siglo XVII. Pero en realidad la involución es varias veces mayor. Cuando Coke dictó su fallo todavía no había llegado la Modernidad.

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