La FET reclama la vigencia de un decreto clave para las PyME

La FET reclama la vigencia de un decreto clave para las PyME

15 Abril 2018

La reforma tributaria impulsada por el Gobierno nacional introdujo varios cambios en el sistema de cálculo de las contribuciones. Si bien el empresariado, en general, está de acuerdo con la necesidad de bajar la carga impositiva, advierte -sin embargo- que las modificaciones propuestas no atacan un problema histórico y de fondo en la Argentina: las asimetrías regionales que afectan la competitividad, por ejemplo, de una pequeña empresa montada en el norte respecto de otra radicada en la zona núcleo del país. A grandes rasgos, aquellos cambios implican tres aspectos fundamentales, según advierte el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf):

• Se establece un mínimo no imponible (MNI) que va creciendo anualmente, siendo para este año de $ 2.400 mensuales, y llegando a 2022 a $ 12.000 de salario bruto para las contribuciones patronales.

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• De manera gradual, se unifican las alícuotas de contribuciones patronales para el sector privado, llegando a 2022 con una alícuota única de 19,5%.

• Se elimina también de forma gradual el esquema de reducción de contribuciones por zona geográfica. Y aquí radica la madre de las batallas de las empresas instaladas en el interior: la continuidad en la vigencia del decreto 814 de 2001.

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Según el Iaraf, el establecimiento del mínimo no imponible les confiere cierta progresividad a las contribuciones patronales, puesto que como porcentaje del sueldo bruto lo que se paga asciende a medida que aumentan los sueldos de los trabajadores.

La eliminación del esquema de reducción de contribuciones por zona geográfica haría que el efecto final sobre cada uno de los niveles de ingreso difiera dependiendo de la localización en la que se efectúe el análisis. En términos generales, si se analiza el caso de una industria, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) es la jurisdicción que más se beneficia con este cambio de esquema, que implica una reducción de entre 17 puntos porcentuales para el nivel de ingreso más bajo ($ 12.000 bruto) y 1n4 punto para un nivel de ingreso más elevado (por ejemplo, $ 60.000 bruto). En el otro extremo, se sitúa Chaco (resto Chaco), que era el que tenía un tratamiento más beneficioso en términos del esquema de reducción de contribuciones por zona geográfica. En el caso de esta zona, las cargas a ingresar disminuyen en 5,2 puntos el caso del ingreso bruto de $ 12.000 .

En suma, la entidad que dirige el economista Nadin Argañaraz, el cambio integral de las contribuciones patronales dotaría de una ventaja relativa a CABA y Buenos Aires. “Esto iría en desmedro del desarrollo de las economías regionales que tienen que erogar costos de transporte para llevar sus bienes ya sea hacia el principal mercado de consumo o hacia la principal salida de los productos exportables”, señala, en consonancia con lo que plantea desde hace tiempo tanto el presidente de la Federación Económica de Tucumán (FET), Héctor Viñuales Santafe. “Para las economías regionales, es preocupante la eliminación del decreto 814/2001, cuando ese instrumento jurídico constituye un factor fundamental de política económica”, advierte Viñuales Santafe. El empresario considera que aquel decreto no solo contribuye a disminuir la presión sobre la nómina salarial, sino que su uso debe ser considerado como un camino hacia una mayor productividad de la economía en general en aquellos lugares que pierden competitividad a medida que se alejan de los centros desarrollados en nuestro país. “Las asimetrías económicas de las distintas regiones siguen vigentes y entendemos que mientras subsistan, el decreto 814 debe continuar”, fundamenta. A través de él se propicia la generación de empleo, usando un porcentaje de la nómina salarial como crédito fiscal de IVA, con lo que se logra una adecuación en los costos entre una empresa ubicada en el interior con otra instalada en un centro desarrollado con infraestructura y con costos inferiores en logística. “Desde ya que aprobamos la disminución de las contribuciones patronales, pero no podemos dejar de preocuparnos profundamente sobre las diferencias que se acentuaran entre empresas según el lugar que se encuentran instaladas”, dice.

En un trabajo elaborado en forma conjunta entre la Cámara Argentina de Comercio y Servicios y la FET se expone como ejemplo que una empresa de CABA o del Gran Buenos Aires, con una carga actual de contribuciones de 17% pasará a tener 7,91% en 2022 tendrá; mientras en la ciudad de Tucumán, que tiene hoy una carga del 9,4%, terminará en 2022 con el mismo porcentaje del 7,91% (ver infograma).

“Claramente -advierte el titular de la FET-, hoy en Tucumán se paga un 9,09% menos de contribuciones patronales con relación a CABA o Gran Buenos Aires, como una compensación a los mayores costos que tiene una empresa de nuestra provincia por la distancia al puerto y por falta de infraestructura. Mientras esa diferencia, a los efectos de haberle otorgado un nivel de competitividad a la empresa tucumana (o del interior), en 2022 se verá totalmente eliminada”. Frente a ese panorama, la Federación Económica de Tucuman solicitó a los representantes de la Provincia que “se trabaje arduamente a los efectos de defender a ultranza la vigencia del decreto 814/2001, como una herramienta eficaz en reducir asimetrías que hay en nuestras economías regionales”.

consecuencias
el foco en economías regionales
Al momento de propiciarse la reforma tributaria nacional, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios planteó, en un documento, que algunas de las medidas propiciadas iban “en claro detrimento de las economías regionales y de las que tienen en su composición de la estructura empresaria un predominio de las empresas PyME”. “Así -recalcó-, es que se acentúan las asimetrías regionales existentes, los problemas de las economías regionales y la pérdida de competitividad de las PyME”.
impacto
alcances del decreto 814
En su origen, el decreto 814, vigente desde el 1 de julio de 2001, buscaba disminuir la presión sobre la nómina salarial. Y que, “por un principio de equidad, el reconocimiento del carácter de crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado deberá ser de variada intensidad en las distintas regiones del país, tomando en cuenta los criterios básicos para la reducción de las contribuciones patronales”, dice el texto. Así, se mitigaban las asimetrías que atentaban contra la competitividad de las empresas radicadas en el interior del país.
reglamentación
un alivio para el interior
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) había pedido que se reglamente el artículo 167 de la Reforma Tributaria para que se aplique de manera inmediata el nuevo Mínimo No Imponible (MNI) que aliviaría las contribuciones patronales para las economías regionales. “Con la implementación del nuevo mínimo no imponible, se generaría una reducción en el costo de contratar mano de obra que, en el caso rural,  es de carácter intensivo”, dijo Raúl Robín, del sector de Economías Regionales de la CAME.
> Consecuencias
El foco en economías regionales

Al momento de propiciarse la reforma tributaria nacional, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios planteó, en un documento, que algunas de las medidas propiciadas iban “en claro detrimento de las economías regionales y de las que tienen en su composición de la estructura empresaria un predominio de las empresas PyME”. “Así -recalcó-, es que se acentúan las asimetrías regionales existentes, los problemas de las economías regionales y la pérdida de competitividad de las PyME”.

> Impacto
Alcances del decreto 814

En su origen, el decreto 814, vigente desde el 1 de julio de 2001, buscaba disminuir la presión sobre la nómina salarial. Y que, “por un principio de equidad, el reconocimiento del carácter de crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado deberá ser de variada intensidad en las distintas regiones del país, tomando en cuenta los criterios básicos para la reducción de las contribuciones patronales”, dice el texto. Así, se mitigaban las asimetrías que atentaban contra la competitividad de las empresas radicadas en el interior del país.

> Reglamentación
Un alivio para el interior

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) había pedido que se reglamente el artículo 167 de la Reforma Tributaria para que se aplique de manera inmediata el nuevo Mínimo No Imponible (MNI) que aliviaría las contribuciones patronales para las economías regionales. “Con la implementación del nuevo mínimo no imponible, se generaría una reducción en el costo de contratar mano de obra que, en el caso rural,  es de carácter intensivo”, dijo Raúl Robín, del sector de Economías Regionales de la CAME.

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