Comienza el debate por la igualdad salarial

Comienza el debate por la igualdad salarial

El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo Nacional será abordado en Diputados

tercerainformacion.es tercerainformacion.es
13 Marzo 2018

BUENOS AIRES.- El proyecto de ley del Poder Ejecutivo para garantizar la igualdad salarial y la inserción de la mujer en el ámbito laboral, y que busca ampliar las licencias por maternidad y adopción e incorpora la licencia por fertilización asistida y por violencia de género, ya ingresó a Diputados.

La decisión de enviar el proyecto al Congreso había sido anunciada la semana pasada por el presidente Mauricio Macri en el marco del Día de la Mujer, donde ratificó su “compromiso absoluto” para avanzar en la “igualdad de género y de oportunidades entre las mujeres y los hombres” y adelantó su intención de proponer una iniciativa para avanzar en materia de equidad para “lograr el salario igualitario”.

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La iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo propone, entre otras cuestiones, que el trabajador cualquiera sea su género gozará de 15 días corridos por nacimiento o adopción de hijo, y ésta podrá extenderse por 10 días más en caso de nacimiento o adopción múltiple. A la vez, establece que estos plazos aplicarán tanto para el trabajador como para la trabajadora que no haya gestado al hijo.

A través del proyecto se busca ampliar, además, la licencia por fallecimiento de hijo de tres a 10 días corridos y se incorporan licencias por someterse a técnicas y procedimientos de reproducción médicamente asistida (cinco días corridos por año) y por violencia de género (10 días corridos por año), entre otras.

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Con el fin de establecer la equidad de género y la igualdad de oportunidades en todos los aspectos de la vida laboral, el proyecto afirma que los trabajadores cualquiera sea su género tendrán iguales derechos en todo lo relativo a su acceso al empleo.

En tanto, se busca la modificación del artículo 173 de la Ley de Contrato de Trabajo a fin de establecer “la igualdad salarial estricta”, al señalar que “en los contratos individuales, convenciones colectivas de trabajo, reglamentaciones y todo acto por el cual se fijen o estipulen salarios, se garantizará la plena observancia de la igualdad de género en la aplicación del principio constitucional de igual remuneración por igual tarea”. (Télam)

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