“Tenemos el deber de evitar una posibilidad de impunidad y debatir en juicio el caso”

“Tenemos el deber de evitar una posibilidad de impunidad y debatir en juicio el caso”

El fiscal Camuña recurrió a Casación luego de que el TOF se declaró incompetente para juzgar al acusado de presunta compra de votos.

IMPUTADO. Moreno se desempeñaba como secretario de Bienestar en 2010. la gaceta / foto de analía jaramillo (archivo) IMPUTADO. Moreno se desempeñaba como secretario de Bienestar en 2010. la gaceta / foto de analía jaramillo (archivo)
03 Septiembre 2017

El fiscal federal Pablo Camuña consideró que Ramiro Moreno, el ex funcionario de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) acusado de presunto intento de compra de votos en la elección de rector de 2010, debe ser enjuiciado por el Tribunal Oral Federal (TOF).

“Tenemos el deber de evitar una posibilidad de impunidad y debatir en juicio el caso”, subrayó el fiscal general subrogante ante el TOF. Explicó que existe gran interés de la comunidad en general y universitaria, en particular, en saber qué es lo que ocurrió.

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Tal como había adelantado a este diario, interpuso esta semana un recurso orientado a que la Cámara Federal de Casación Penal -máximo tribunal penal- revoque la decisión de los jueces del TOF de declararse incompetentes y de remitir el caso al juzgado federal N°2 (Fernando Poviña).

La determinación, que hace lugar a un planteo de la defensa de Moreno, sostiene que el hecho debe juzgarse de acuerdo a las disposiciones penales del Código Electoral Nacional. Camuña criticó la decisión por ir en contra de las resoluciones contrarias ya adoptadas por el juez federal en agosto de 2015 y por la Cámara Federal de Apelaciones en junio de 2016. Además, porque de esa forma se generaría un posible vacío legal. Según Camuña, la norma electoral no prevé la figura de “cohecho político o electoral”, por lo que retroceder el proceso al juzgado de instrucción derivaría en que un posible hecho de corrupción cayera fuera de toda sanción penal.

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El caso

El Tribunal Oral falló el 7 de agosto, de manera dividida. Los camaristas Carlos Jiménez Montilla y Gabriel Casas votaron por la mayoría, mientras que la jueza Alicia Noli disintió.

El caso es uno de los más resonantes que involucra a ex funcionarios universitarios.

El sábado 8 de mayo de 2010, días antes de la conformación de la Asamblea Universitaria para elegir a la fórmula rectoral que iba a asumir al frente de la UNT (2010-2014), Moreno, entonces secretario de Bienestar Estudiantil, y el consejero estudiantil de la Facultad de Artes, Alejo Gallo, se reunieron en un café. En la conversación, el ex secretario de Bienestar Estudiantil le ofreció a Gallo contratos en la institución por $ 2.500 mensuales a cambio de que votara por la fórmula del entonces rector, Juan Alberto Cerisola (iba por la reelección), y la actual rectora, Alicia Bardón. El acompañante de Gallo en esa reunión, el ex secretario de Bienestar Estudiantil de la Facultad de Artes, Gustavo Pedraza, grabó la charla con una cámara oculta. Luego radicó una denuncia en la Justicia Federal contra Moreno y el no docente que lo acompañaba, Damián Conde.

En el requerimiento de elevación a juicio, firmado en febrero de 2015 por Poviña, se imputó a Moreno y a Conde por ofrecer los contratos como presuntas dádivas.

La difusión del video desató un escándalo durante la renovación de las máximas autoridades universitarias. La fórmula oficialista Cerisola-Bardón derrotó finalmente a la dupla María Luisa Rossi de Hernández-Pablo Holgado, en medio de acusaciones de presuntas irregularidades.

Los acusados objetaron la filmación con el argumento de que violaba sus derechos constitucionales a la privacidad y a la no autoincriminación.

En abril de 2012, la Cámara Federal confirmó el rechazo del planteo resuelto el 3 de agosto de 2010 por Mario Racedo, ex magistrado subrogante del Juzgado Federal N°2.

La Cámara entendió que los imputados sabían que estaban manifestando algo que podría comprometerlos, y que quienes recibían la información no tenían obligación legal de guardar secreto aunque no supiesen que estaban siendo filmados. Cinco meses después, el tribunal integrado por Graciela Fernández Vecino, Daniel Bejas (juez federal N°1) y el conjuez Juan Carlos Reynaga ratificó el procesamiento de los imputados -con embargo de $ 40.000- que había dispuesto Racedo. En 2015, Poviña dictó el requerimiento de elevación a juicio.

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