Carta de lectores
20 Agosto 2017
Discriminación en educación
El 3 de julio me presenté a un llamado abierto para ascenso de jerarquía, cuya designación era el 5 de julio. Fue grande mi sorpresa cuando, luego de esperar aproximadamente dos horas, me hicieron ingresar a  la presidencia de la Junta de Clasificaciones de la Provincia (Ministerio de Educación), donde,  junto con la vocal profesora Cristina Vilte se encontraban abogados. En ese contexto fue que me dijeron que no podía concursar para el cargo al que aspiraba, y que figuraría en el padrón “sin requisitos” ya que al ser docente de la Educación Pública de Gestión Privada “no” soy personal dependiente del Ministerio de Educación;  motivo por el cual no podía acceder al cargo de Director. Inicié las acciones legales pertinentes, a la que ellos siguieron respondiendo lo mismo. Pongo bajo el conocimiento de las autoridades del Ministerio de Educación mi situación, cumpliendo con todos los requisitos establecidos por el Decreto N° 2926/5 (MEd)-09. ¿ Desde cuándo los docentes de instituciones privadas no somos iguales a los docentes de Instituciones Públicas? ¿ Somos diferentes, como me dijo el abogado de Junta?
Jorge Marcelo Corvalán
La Rioja 969 - Departamento 6
San Miguel de Tucumán
Ingresos brutos 
En respuesta a la contadora Marta Isabel Najar  en su carácter de jefa de recaudación  de la Dirección General de Rentas (DGR), debo aclararle: Primero,  todos los meses dispongo de crédito fiscal ante Rentas en dicho impuesto, producto de retenciones a los depósitos bancarios, lo que significa que Rentas usa mi dinero sin que mi empresa perciba ningún tipo de interés  o retribución por el usufructo del mismo. Segundo, en el mes de mayo de 2017, como dice la contadora Najal, la empresa le dio una diferencia en dicho impuesto a favor de Rentas por un valor de $ 11,26, que se hizo la presentación pero no se pagó,  debido al bajo importe y decidí abonarlo con la posición de junio de 2017. Teniendo en cuenta el monto previsto a depositar en el banco para agosto, la multa o castigo le costará a la empresa una suma cercana a los $ 5.000, cifra resultante de los 4,5% de excedente de alícuota, que es el porcentual con que castiga Rentas a los contribuyentes que omiten una presentación o pago. ¿Le parece a usted, que por una miserable suma de $ 11,26 (debidamente presentada pero no abonada), correspondiente a la posición de mayo de 2017, deban castigarme con un excedente en la alícuota (4,5%) y que en dinero, me representaría la suma aproximada a los $ 5.000 (cinco mil pesos)? Por último, esta sanción al contribuyente no ofrece la posibilidad de objetar ni atenuar; no está sustentada en ninguna ley, por lo que es anticonstitucional y arbitraria. Es una sanción que no respeta los derechos a la defensa de ningún tipo.
Cristian Frías Silva
La grieta constitucional
Titulares de diarios nacionales del 18 de agosto sobre la resolución del Consejo de la Magistratura, suspendiendo y sometiendo a juicio político al polémico camarista federal Eduardo Freiler constatan, una vez más, la grosera e inconstitucional conformación político-partidaria de este Consejo, cuya misión (art.114, CN) es nada menos que gobernar el Poder Judicial federal y seleccionar mediante concursos públicos, postulantes a magistraturas inferiores a la Corte Suprema. “El gobierno aprovechó una ventaja y suspendió al juez Freiler” (Clarín); “Una rápida jugada del oficialismo dejó al camarista Freiler ante el juicio político” (La Nación). En Tucumán, LA GACETA tituló “Escándalo”, y una foto de aquella sesión, señalando que “los kirchneristas Tahialde y Godoy repudiaron la votación y la resolución adoptada”. La Constitución ordenó regular este Consejo por una ley especial, integrándolo con jueces, abogados, académicos y “representantes” de los órganos políticos, no con sus “integrantes” como finalmente se dispuso en la normativa vigente. Quedó conformado con 13 miembros, siete de los cuales integran su “sector político” (tres senadores, tres diputados -dos por la mayoría oficialista y uno por la primera minoría- más un representante del Ejecutivo), tres jueces, dos abogados y un académico. Por Reglamento del CM, las resoluciones sobre aprobación de ternas seleccionadas para candidatos a magistrados y las referidas a la apertura del procedimiento de remoción de magistrados requieren la aprobación de dos terceras partes de sus integrantes. En estos temas cruciales el peso del sector “político-partidario” del Consejo es decisivo. La ley 24.309 que declaró la necesidad de la reforma parcial de la Constitución Nacional tuvo como una de sus “ideas-fuerza” fortalecer la independencia de la Justicia. La Convención Reformadora buscó consagrar esa mayor y efectiva independencia. El miembro informante del despacho mayoritario en esa Convención, Enrique Paixao, expresó: “Si existe un poder del Estado que necesita una profunda reforma que, desde la Constitución, apunte a la recuperación de la confianza pública en su sistema institucional, es el poder crítico de ese sistema: el judicial”. La manda constitucional fue groseramente violada por la ley vigente. El Congreso no pudo regular de cualquier manera este Consejo. El efecto útil que la Constitución quiere (independizar a la Justicia de los poderes políticos de turno) debe operarse haciendo cumplir su propia fuerza normativa, debiendo respetarse a rajatabla el principio de división de poderes de nuestro sistema republicano de gobierno. Es escandaloso que senadores y diputados gobiernen el Poder Judicial. En España e Italia, estos Consejos están integrados, en parte, con “representantes” de los bloques políticos del órgano legislativo, quienes designan juristas o abogados de prestigio para cumplimentar ese cometido. Urge reformular la ley reglamentaria del CM. Sin justicia independiente seguirá la insoportable impunidad de la mega corrupción.
Luis Iriarte                                    
Acerca de la coeducación 
Cada persona nace hombre o mujer, con ritmos diferentes de maduración personal y de aprendizaje,  suelen actuar de modo diverso y, con frecuencia, complementario. Varón y mujer tienen modos diversos de vivir su idéntica dignidad personal y, en consecuencia, la escuela debe facilitar que cada alumno cultive las cualidades propias de su modo de ser, la masculinidad y la feminidad. La escuela mixta se generalizó en los países occidentales a partir de 1960. La necesidad de atender a una demanda escolar creciente y algunas presiones ideológicas facilitaron la extensión de la escuela mixta como un postulado que no necesitaba demostración previa. Un modelo educativo que facilita atender adecuadamente la diversidad del hombre y de la mujer, que gozan de igual dignidad pero presentan diferencias no sólo sexuales. Alumnas y alumnos tienen el derecho a la igualdad de oportunidades en la educación, a cursar los mismos contenidos docentes, con medios similares e idéntica exigencia. La coeducación presenta ventajas para el proceso de socialización al que está llamada la escuela pública, que favorece la disciplina escolar de los chicos por el efecto moderador de la presencia de las chicas. Desde el punto de vista legal, María Calvo recuerda que la obligatoriedad en España de la educación mixta en la enseñanza pública obliga a los padres que deseen una enseñanza diferenciada acudir a colegios privados u optar por la escolarización en el hogar, lo cual vulnera los derechos constitucionales de la libre elección. Un modelo educativo mixto o la coeducación ha de ser el único modelo que el sistema educativo debe contener pues atiende a los principios generales de igualdad de género e igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. La igualdad es un logro que sólo se podrá conseguir si desde el ámbito educativo se imparten valores igualitarios. Todo lo que no sea así, será segregacionista, excluyente, y como consecuencia desigual. Y la desigualdad provoca la violencia de género en todas sus diferentes manifestaciones.  Aún si fueran ciertas las opiniones científicas en el sentido de las capacidades diferentes de hombres y mujeres y lo que es innato y no, que no está demostrado, la humanidad debería plantearse: ¿preferimos una población de personas exclusivamente inteligentes pero emocionalmente pobres y desiguales?, o por el contrario ¿preferimos una población inteligente que además tenga un aceptable nivel de felicidad, nivel que viene dado por los beneficios que conlleva la igualdad de género, la igualdad de oportunidades? En la historia de la Humanidad nos encontramos con segregacionistas que utilizan este método para excluir y apartar, para dogmatizar y para hacer una selección de lo que es correcto y de lo que no, y en base a ello formar una sociedad a la medida de sus pretensiones y no de las del común de las mujeres y hombres que formamos el conjunto de la población, disfrazando lo imposible bajo una fuerte carga ideológica. Vivimos en una sociedad donde el sistema patriarcal está afianzado, por tanto, si desde la infancia comenzamos a separar, a diferenciar a niñas y niños y no se lleva a cabo una educación que favorezca las aptitudes y actitudes personales, estamos cerrando posibilidades por el mero hecho de pensar qué cosas corresponden a niñas y a niños, quienes saldrán perjudicados son ellos y ellas y por ende la sociedad en su conjunto .
Julio Argentino Gómez
¿Y quién podrá ayudarnos? 
“¡Oh! ¿Y ahora quién podrá ayudarnos?”. Así comenzaba el sketch del Chapulín Colorado, cuando tenía algún problema. Lástima que ya no contamos con su astucia para que nos solucione el problema con la basura que tenemos en el canal de la calle Bernabé Aráoz al 2.100, cuyo entubamiento fue suspendido hace cinco años. Es cierto, también, que el 100 % de esa basura es arrojada por muchos vecinos de la zona, o de otros lugares, que llegan en vehículos, trayendo hasta ramas de la poda de sus árboles. Producto de esa situación, uno de los conductos por donde circula el agua está totalmente tapado, y el otro está a punto de sufrir las mismas consecuencias. El plan “Basurales 0” no se hace cargo porque aduce  que el canal es responsabilidad de la Dirección Provincial del Agua (DPA). Pero tampoco de esa repartición vienen a ver de qué manera pueden limpiarlo. Menos aún vienen de algún ente de salud ambiental, para prevenir algún posible brote infeccioso que pueda afectar a la gente que a diario circula por el puente peatonal. Por ahora, solo nos resta esperar la tormenta de Santa Rosa, para que el agua que trae el entubamiento arrastre la basura hacia el canal Sur, ocasionando más trastornos en esa zona tan castigada. 
Mario J. Ossan
Magallanes 1.206
San Miguel de Tucumán
Día del niño
Uno piensa que, más que festejar su día, habría que vigilar sus noches. En ellas aparecen con más frecuencia y paradójica claridad lo que ha vivido. Un espejo dormido expresando lo que tuvo que soportar, sin necesidad, o lo que alcanzó a disfrutar sin que algún adulto se lo arruinara. La lúcida Mafalda de Quino, implacable cuestionadora de los valores, diluidos por las contradicciones humanas, muestra que la educación suele constituirse en fallida y decadente. A menudo los modelos a alcanzar surgen por caminos idealizados, por las buenas guerras y las honras póstumas. Como el aprender infantil es también aprehender escenarios, el niño llega a la verdad por la vía del cuento. Creer lo que no es constituye el alma de la mentira, tan sólo porque la verdad no puede ser demostrada. Entramos así en la línea roja donde la creencia reemplaza al conocimiento. El niño, ávido de querer, creer y saber ingresa desprotegido al mundo de las ideologías, el sitio menos racional de los humanos. O al de la nada, expresión hoy de moda, donde hasta la felicidad es un trabajo.  Y para qué hablar de la gloria,  vendida a los niños con escasa o nula representación real e inmortalizada en nuestro Himno Nacional. Allí debiéramos vivir coronados de ella o jurando con ella morir. Pero claro: los niños no son gloriosos. Son niños y su inocencia no los hace necesariamente estúpidos. Y aunque sean elegidos y no sepan elegir viven sabiamente lo que les pasa. Parece que la única patria que nos queda, a los niños y a nosotros, es el conocimiento.
Osvaldo Aiziczon

Discriminación en educación

El 3 de julio me presenté a un llamado abierto para ascenso de jerarquía, cuya designación era el 5 de julio. Fue grande mi sorpresa cuando, luego de esperar aproximadamente dos horas, me hicieron ingresar a  la presidencia de la Junta de Clasificaciones de la Provincia (Ministerio de Educación), donde,  junto con la vocal profesora Cristina Vilte se encontraban abogados. En ese contexto fue que me dijeron que no podía concursar para el cargo al que aspiraba, y que figuraría en el padrón “sin requisitos” ya que al ser docente de la Educación Pública de Gestión Privada “no” soy personal dependiente del Ministerio de Educación;  motivo por el cual no podía acceder al cargo de Director. Inicié las acciones legales pertinentes, a la que ellos siguieron respondiendo lo mismo. Pongo bajo el conocimiento de las autoridades del Ministerio de Educación mi situación, cumpliendo con todos los requisitos establecidos por el Decreto N° 2926/5 (MEd)-09. ¿ Desde cuándo los docentes de instituciones privadas no somos iguales a los docentes de Instituciones Públicas? ¿ Somos diferentes, como me dijo el abogado de Junta?

Jorge Marcelo Corvalán
La Rioja 969 - Departamento 6
San Miguel de Tucumán

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Ingresos brutos 

En respuesta a la contadora Marta Isabel Najar  en su carácter de jefa de recaudación  de la Dirección General de Rentas (DGR), debo aclararle: Primero,  todos los meses dispongo de crédito fiscal ante Rentas en dicho impuesto, producto de retenciones a los depósitos bancarios, lo que significa que Rentas usa mi dinero sin que mi empresa perciba ningún tipo de interés  o retribución por el usufructo del mismo. Segundo, en el mes de mayo de 2017, como dice la contadora Najal, la empresa le dio una diferencia en dicho impuesto a favor de Rentas por un valor de $ 11,26, que se hizo la presentación pero no se pagó,  debido al bajo importe y decidí abonarlo con la posición de junio de 2017. Teniendo en cuenta el monto previsto a depositar en el banco para agosto, la multa o castigo le costará a la empresa una suma cercana a los $ 5.000, cifra resultante de los 4,5% de excedente de alícuota, que es el porcentual con que castiga Rentas a los contribuyentes que omiten una presentación o pago. ¿Le parece a usted, que por una miserable suma de $ 11,26 (debidamente presentada pero no abonada), correspondiente a la posición de mayo de 2017, deban castigarme con un excedente en la alícuota (4,5%) y que en dinero, me representaría la suma aproximada a los $ 5.000 (cinco mil pesos)? Por último, esta sanción al contribuyente no ofrece la posibilidad de objetar ni atenuar; no está sustentada en ninguna ley, por lo que es anticonstitucional y arbitraria. Es una sanción que no respeta los derechos a la defensa de ningún tipo.

Cristian Frías Silva
[email protected]


La grieta constitucional

Titulares de diarios nacionales del 18 de agosto sobre la resolución del Consejo de la Magistratura, suspendiendo y sometiendo a juicio político al polémico camarista federal Eduardo Freiler constatan, una vez más, la grosera e inconstitucional conformación político-partidaria de este Consejo, cuya misión (art.114, CN) es nada menos que gobernar el Poder Judicial federal y seleccionar mediante concursos públicos, postulantes a magistraturas inferiores a la Corte Suprema. “El gobierno aprovechó una ventaja y suspendió al juez Freiler” (Clarín); “Una rápida jugada del oficialismo dejó al camarista Freiler ante el juicio político” (La Nación). En Tucumán, LA GACETA tituló “Escándalo”, y una foto de aquella sesión, señalando que “los kirchneristas Tahialde y Godoy repudiaron la votación y la resolución adoptada”. La Constitución ordenó regular este Consejo por una ley especial, integrándolo con jueces, abogados, académicos y “representantes” de los órganos políticos, no con sus “integrantes” como finalmente se dispuso en la normativa vigente. Quedó conformado con 13 miembros, siete de los cuales integran su “sector político” (tres senadores, tres diputados -dos por la mayoría oficialista y uno por la primera minoría- más un representante del Ejecutivo), tres jueces, dos abogados y un académico. Por Reglamento del CM, las resoluciones sobre aprobación de ternas seleccionadas para candidatos a magistrados y las referidas a la apertura del procedimiento de remoción de magistrados requieren la aprobación de dos terceras partes de sus integrantes. En estos temas cruciales el peso del sector “político-partidario” del Consejo es decisivo. La ley 24.309 que declaró la necesidad de la reforma parcial de la Constitución Nacional tuvo como una de sus “ideas-fuerza” fortalecer la independencia de la Justicia. La Convención Reformadora buscó consagrar esa mayor y efectiva independencia. El miembro informante del despacho mayoritario en esa Convención, Enrique Paixao, expresó: “Si existe un poder del Estado que necesita una profunda reforma que, desde la Constitución, apunte a la recuperación de la confianza pública en su sistema institucional, es el poder crítico de ese sistema: el judicial”. La manda constitucional fue groseramente violada por la ley vigente. El Congreso no pudo regular de cualquier manera este Consejo. El efecto útil que la Constitución quiere (independizar a la Justicia de los poderes políticos de turno) debe operarse haciendo cumplir su propia fuerza normativa, debiendo respetarse a rajatabla el principio de división de poderes de nuestro sistema republicano de gobierno. Es escandaloso que senadores y diputados gobiernen el Poder Judicial. En España e Italia, estos Consejos están integrados, en parte, con “representantes” de los bloques políticos del órgano legislativo, quienes designan juristas o abogados de prestigio para cumplimentar ese cometido. Urge reformular la ley reglamentaria del CM. Sin justicia independiente seguirá la insoportable impunidad de la mega corrupción.

Luis Iriarte                                    
[email protected]


Acerca de la coeducación 

Cada persona nace hombre o mujer, con ritmos diferentes de maduración personal y de aprendizaje,  suelen actuar de modo diverso y, con frecuencia, complementario. Varón y mujer tienen modos diversos de vivir su idéntica dignidad personal y, en consecuencia, la escuela debe facilitar que cada alumno cultive las cualidades propias de su modo de ser, la masculinidad y la feminidad. La escuela mixta se generalizó en los países occidentales a partir de 1960. La necesidad de atender a una demanda escolar creciente y algunas presiones ideológicas facilitaron la extensión de la escuela mixta como un postulado que no necesitaba demostración previa. Un modelo educativo que facilita atender adecuadamente la diversidad del hombre y de la mujer, que gozan de igual dignidad pero presentan diferencias no sólo sexuales. Alumnas y alumnos tienen el derecho a la igualdad de oportunidades en la educación, a cursar los mismos contenidos docentes, con medios similares e idéntica exigencia. La coeducación presenta ventajas para el proceso de socialización al que está llamada la escuela pública, que favorece la disciplina escolar de los chicos por el efecto moderador de la presencia de las chicas. Desde el punto de vista legal, María Calvo recuerda que la obligatoriedad en España de la educación mixta en la enseñanza pública obliga a los padres que deseen una enseñanza diferenciada acudir a colegios privados u optar por la escolarización en el hogar, lo cual vulnera los derechos constitucionales de la libre elección. Un modelo educativo mixto o la coeducación ha de ser el único modelo que el sistema educativo debe contener pues atiende a los principios generales de igualdad de género e igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. La igualdad es un logro que sólo se podrá conseguir si desde el ámbito educativo se imparten valores igualitarios. Todo lo que no sea así, será segregacionista, excluyente, y como consecuencia desigual. Y la desigualdad provoca la violencia de género en todas sus diferentes manifestaciones.  Aún si fueran ciertas las opiniones científicas en el sentido de las capacidades diferentes de hombres y mujeres y lo que es innato y no, que no está demostrado, la humanidad debería plantearse: ¿preferimos una población de personas exclusivamente inteligentes pero emocionalmente pobres y desiguales?, o por el contrario ¿preferimos una población inteligente que además tenga un aceptable nivel de felicidad, nivel que viene dado por los beneficios que conlleva la igualdad de género, la igualdad de oportunidades? En la historia de la Humanidad nos encontramos con segregacionistas que utilizan este método para excluir y apartar, para dogmatizar y para hacer una selección de lo que es correcto y de lo que no, y en base a ello formar una sociedad a la medida de sus pretensiones y no de las del común de las mujeres y hombres que formamos el conjunto de la población, disfrazando lo imposible bajo una fuerte carga ideológica. Vivimos en una sociedad donde el sistema patriarcal está afianzado, por tanto, si desde la infancia comenzamos a separar, a diferenciar a niñas y niños y no se lleva a cabo una educación que favorezca las aptitudes y actitudes personales, estamos cerrando posibilidades por el mero hecho de pensar qué cosas corresponden a niñas y a niños, quienes saldrán perjudicados son ellos y ellas y por ende la sociedad en su conjunto .

Julio Argentino Gómez
[email protected] 

¿Y quién podrá ayudarnos? 

“¡Oh! ¿Y ahora quién podrá ayudarnos?”. Así comenzaba el sketch del Chapulín Colorado, cuando tenía algún problema. Lástima que ya no contamos con su astucia para que nos solucione el problema con la basura que tenemos en el canal de la calle Bernabé Aráoz al 2.100, cuyo entubamiento fue suspendido hace cinco años. Es cierto, también, que el 100 % de esa basura es arrojada por muchos vecinos de la zona, o de otros lugares, que llegan en vehículos, trayendo hasta ramas de la poda de sus árboles. Producto de esa situación, uno de los conductos por donde circula el agua está totalmente tapado, y el otro está a punto de sufrir las mismas consecuencias. El plan “Basurales 0” no se hace cargo porque aduce  que el canal es responsabilidad de la Dirección Provincial del Agua (DPA). Pero tampoco de esa repartición vienen a ver de qué manera pueden limpiarlo. Menos aún vienen de algún ente de salud ambiental, para prevenir algún posible brote infeccioso que pueda afectar a la gente que a diario circula por el puente peatonal. Por ahora, solo nos resta esperar la tormenta de Santa Rosa, para que el agua que trae el entubamiento arrastre la basura hacia el canal Sur, ocasionando más trastornos en esa zona tan castigada. 

Mario J. Ossan
Magallanes 1.206
San Miguel de Tucumán

Día del niño

Uno piensa que, más que festejar su día, habría que vigilar sus noches. En ellas aparecen con más frecuencia y paradójica claridad lo que ha vivido. Un espejo dormido expresando lo que tuvo que soportar, sin necesidad, o lo que alcanzó a disfrutar sin que algún adulto se lo arruinara. La lúcida Mafalda de Quino, implacable cuestionadora de los valores, diluidos por las contradicciones humanas, muestra que la educación suele constituirse en fallida y decadente. A menudo los modelos a alcanzar surgen por caminos idealizados, por las buenas guerras y las honras póstumas. Como el aprender infantil es también aprehender escenarios, el niño llega a la verdad por la vía del cuento. Creer lo que no es constituye el alma de la mentira, tan sólo porque la verdad no puede ser demostrada. Entramos así en la línea roja donde la creencia reemplaza al conocimiento. El niño, ávido de querer, creer y saber ingresa desprotegido al mundo de las ideologías, el sitio menos racional de los humanos. O al de la nada, expresión hoy de moda, donde hasta la felicidad es un trabajo.  Y para qué hablar de la gloria,  vendida a los niños con escasa o nula representación real e inmortalizada en nuestro Himno Nacional. Allí debiéramos vivir coronados de ella o jurando con ella morir. Pero claro: los niños no son gloriosos. Son niños y su inocencia no los hace necesariamente estúpidos. Y aunque sean elegidos y no sepan elegir viven sabiamente lo que les pasa. Parece que la única patria que nos queda, a los niños y a nosotros, es el conocimiento.

Osvaldo Aiziczon
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