
Eugenia Torres Deleau - Investigadora del Instituto de Ciencias Sociales de la Fundación UADE
En nuestros días manejar una moto con responsabilidad parece ser complicado. Este medio de transporte se ha popularizado abarcando diversas clases sociales y sirviendo a diferentes fines (esparcimiento, familiar, deportivo y laboral). Podemos decir que ha copado las calles de nuestra ciudad, llegando a ser una real “epidemia”. La razón de popularidad de este versátil vehículo es múltiple: bajos costos de adquisición y mantenimiento (repuestos-nafta-peajes-estacionamiento), facilidad de manejo, agilidad, menor tamaño y dimensión, largos trayectos a grandes velocidades en poco tiempo. Circunstancias que incentivan su crecimiento, principalmente en sectores sociales de bajos ingresos donde la moto es utilizada no solo como una solución de movilidad sino como medio para generar ingresos.

A pesar de las numerosas ventajas que hemos señalado las motos no dejan de ser una realidad social generadora de varios conflictos. Su utilización desmedida y negligente se cobra a varios automovilistas injustamente. En numerosos casos, para no decir siempre en todos los casos, el conductor de un automóvil resulta ser responsable aunque no culpable de un siniestro con una moto. La jurisprudencia se ha inclinado en reiteradas ocasiones a favor del motociclista en lugar de quien ha sufrido el daño dando lugar así a una nueva víctima de un daño injusto (el propietario del automotor que debe indemnizar al herido).
Numerosos son los accidentes donde el factor que los ocasiona no es ni más ni menos que la imprudencia con la que se desplazan por nuestras calles los conductores de motos. Resultando ello la frustración de los conductores de automóviles quienes “conduciendo reglamentariamente, atento a las condiciones de tránsito, manteniendo el pleno dominio del vehículo no pudieron evitar la colisión”. En tales situaciones, son los conductores de las motos los protagonistas causantes de los siniestros de tránsito. Hay en nuestro país una errónea creencia de que por el simple hecho de conducir una moto se es titular del derecho adquirido de ser indemnizado ante un accidente. Lo que motiva que sus conductores circulen, en su mayoría, con cierta impunidad.

Es indispensable que se continúe avanzando sobre la distribución de justicia. Algunos jueces han marcado una notoria evolución en sus fallos, analizando todas las circunstancias del caso. Determinando así la reducción en la indemnización e incluso hasta negando la acción (con imposición de costas) en aquellos casos donde los conductores de motos han sido responsables de los siniestros al infringir en su circulación alguna norma de tránsito.
Se debe admitir este cambio de paradigma: la victima ha dejado de ser sinónimo de indemnización (en lo que se refiere a accidentes de tránsito entre vehículos y motos), la justicia ha comenzado a modelar conductas con sus diferentes fallos: “la víctima que incumple con las normas de tránsito, deja de ser víctima”.







