Ganancias: hasta marzo pueden presentarse las deducciones

Ganancias: hasta marzo pueden presentarse las deducciones

Desde el lunes regirá el nuevo esquema de retención del impuesto.

29 Diciembre 2016
La declaración jurada para informar las deducciones del Impuesto a las Ganancias (el formulario 572), del período fiscal 2016, se podrá cargar en la página de internet de la Administración Federal de Ingresos Públicos (www.afip. gob.ar) hasta el 31 de marzo de 2017. Mediante la Resolución General 3.966, publicada ayer en el Boletín Oficial, se indicó que los contribuyentes alcanzados deberán ingresar al Sistema de Registro y Actualización de Deducciones (Siradig) con su clave fiscal, para realizar la transferencia electrónica de las deducciones contenidas en el formulario 572. “Con carácter de excepción, y únicamente con relación al período fiscal 2016, la transferencia electrónica de los datos contenidos en la declaración jurada podrá efectuarse hasta el 31 de marzo, inclusive. El agente de retención realizará la liquidación anual hasta el 30 de abril de 2017, inclusive”, se precisó.

En la resolución, la AFIP recalcó que el régimen de sinceramiento fiscal prevé beneficios para contribuyentes cumplidores. La exención en el impuesto a las Ganancias de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario 2016, se efectuará entre el 16 de agosto de 2016 y el 31 de marzo de 2017. El trabajador deberá acceder al servicio online para informar al empleador sobre su situación, consignó la agencia de noticias Télam.

Desde el lunes regirá el nuevo Esquema de Retención de Ganancias. Así, tributarán los asalariados que superen estos ingresos netos:

•Solteros: $ 23.185 (ahora $ 18.880)

•Casados: $ 26.912 (hoy $ 21.940)

•Casados con dos hijos: $ 30.671 (actual $ 25.000).

Los montos de las deducciones se elevaron un 22%. El mínimo no imponible llegará a $ 51.900; la deducción especial ascenderá a $ 249.441, la deducción por cónyuge será de $ 48.400 y por cada hijo e hijastro menor a 18 años es de $ 24.400.

Frente a estas situaciones, la AFIP postergó a junio los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales que hasta el momento operaban en abril. Ganancias vencerá del 13 al 17 de cada mes (dos terminaciones de CUIT por día) con excepción de mayo en el que operarán del 15 a 19. Por su parte, Bienes Personales vencerá entre el 12 y el 16 de junio y Ganancia mínima presunta entre el 13 y el 21 de junio. El IVA tendrá que pagarse entre el 18 y el 22, con excepción de febrero que se debará abobar entre el 16 y el 22. El impuesto al cheque se abonará entre el 20 y el 24 con excepción de febrero que será entre el 16 y el 22, consignó la agencia DyN.

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