La Corte avanzará con el control de la Fiscalía X

La Corte avanzará con el control de la Fiscalía X

El estrado sentó un precedente en materia de superintendencia al rechazar la oposición que había formulado el ministro público Edmundo Jiménez El alto tribunal local ratificó ayer en forma unánime la decisión de abrir una auditoría que había emitido el presidente Antonio Gandur

22 Abril 2015
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) está habilitada para fiscalizar al Ministerio Público Fiscal y Pupilar. Así lo entendió el propio alto tribunal este martes, al rechazar la oposición que había planteado el ministro público Edmundo Jiménez respecto de la orden de auditar una serie de actuaciones cuestionadas de Guillermo Herrera, fiscal de Instrucción de la X Nominación.

Con el voto de los cinco miembros del estrado (Antonio Gandur -titular-, René Goane, Antonio Estofán, Claudia Sbdar y Daniel Posse) quedó ratificada la orden emitida el 14 de abril pasado. Dicha resolución, que había sido adoptada solamente por el presidente Gandur, se topó con la resistencia de Jiménez. Según la decisión de la CSJT (Acordada 353/15), el ministro público y jefe de Herrera había dicho que la facultad de superintendencia sobre el Ministerio Público le pertenecía a partir de la reforma de la Ley Orgánica de Tribunales del año pasado. Al respecto, la Corte recordó que el artículo 121 de la Constitución de Tucumán le había otorgado a ella la potestad para ejercer la fiscalización de la Administración de Justicia.

“Dicha función es propia e inherente de los tribunales superiores”, precisó. Y añadió que ello era así sin perjuicio de que la Ley Orgánica de Tribunales pudiese establecer atributos de superintendencia en cabeza del Ministerio Público. “En función de lo expuesto, no se observa incompatibilidad ni colisión alguna (...). Por el contrario, la Corte tiene el deber de ejercer sus poderes implícitos por tratarse de la responsable máxima del correcto accionar de la función judicial del Estado”, sostuvieron Gandur, Goane, Estofán, Sbdar y Posse. Debido a la modificación reciente de la Ley Orgánica, esta es la primera vez que el alto tribunal se pronuncia sobre el alcance de su facultad de superintendencia.

La Acordada 353/15 prescribió asimismo que la Fiscalía X debe poner a disposición del Cuerpo de Auditores los expedientes “en cuestión” para su compulsa y estudio. Este análisis comenzó el viernes de la semana pasada, pero se detuvo frente a la negativa de Jiménez de permitir que las causas sean extraídas del Ministerio Público. Fuentes judiciales informaron que los auditores se retiraron de la Fiscalía X alegando que no podían realizar el control en el ámbito físico del funcionario auditado. Además, esgrimieron la necesidad de sacar copias de los papeles, que siguen en poder de Herrera, y cuya compulsa es de importancia capital tanto para la fiscalización administrativa que abrió Gandur como para la investigación penal a cargo del fiscal Diego López Ávila.

Dicha pesquisa acumula las denuncias contra los fiscales Alejandro Noguera y Herrera, y el juez Juan Francisco Pisa que presentaron la Unidad de Información Financiera, el Colegio de Abogados de la Capital, y los letrados Alfredo Falú y Carlos Garmendia. Francisco García Posse, titular del Colegio, manifestó que las actuaciones de Herrera en “Jorrat”, “Rigourd”, “Valdez”, “Teves” y “Albarracín” reflejarían el mismo patrón de conducta irregular. Según ese letrado, la auditoría ratificada por la Corte, que abarca específicamente los casos mencionados, debería tener un cometido más amplio.

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