Partidos no quieren presentar el DNI de sus nuevos afiliados

Partidos no quieren presentar el DNI de sus nuevos afiliados

Agrupaciones peronistas reclamaron que no se exija documento para reconocer altas y que puedan seguir los “apoderados múltiples”

15 Marzo 2015
Con el cronograma electoral deshojándose, hay dos asuntos que desvelan a algunos partidos políticos que pretenden participar de los comicios provinciales de agosto. Un conjunto de agrupaciones peronistas presentó objeciones en la Junta Electoral Provincial (JEP) para que esta revea dos resoluciones emitidas en diciembre. Se trata de la que dispuso que las fuerzas deben presentar fotocopias certificadas del DNI de cada nuevo afiliado (N° 99/14) y de la que estableció que un apoderado puede efectuar trámites administrativos por una sola fuerza (100/14).

Las decisiones nacieron fundamentalmente para pelear contra dos irregularidades “hijas” del sistema de acoples: las afiliaciones truchas y el fenómeno de los “apoderados múltiples”, respectivamente.

Trascendió que los partidos que efectuaron los planteos fueron “Movimiento Ergisto” y “Movimiento de Afirmación” y que en ellos manifestaron que representaban la preocupación de al menos una decena de agrupaciones políticas más. Las exigencias afectarían, sobre todo, a centenas de acoples o listas vinculados con el oficialismo de la Casa de Gobierno que se mantienen en vilo.

El secretario de la JEP, Darío Almaraz, explicó que las cuestiones se encuentran aún en análisis y que serán resueltas próximamente. Al ente que regula la vida de los partidos provinciales, municipales y comunales y que fiscaliza los comicios lo integran el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Antonio Gandur; el presidente subrogante de la Legislatura, Regino Amado y el ministro fiscal, Edmundo Jiménez (está de licencia).

Los acoples
En diciembre, LA GACETA había dado cuenta de las dos resoluciones. La primera surgió por la dificultad de la JEP de constatar cuántos de los 291.326 tucumanos afiliados a los 245 partidos vigentes dieron su consentimiento para estarlo. Por ello, desde entonces, cada vez que se anote a un ciudadano en una agrupación, la inscripción deberá estar respaldada por una fotocopia del documento certificada por la autoridad partidaria.

La JEP pudo detectar, según consignó entonces a este diario, algunos casos porque ciudadanos se acercaron a consultar y desconocieron sus firmas. Además, habían sido detectados datos dudosos en los registros. En esas ocasiones, remitió los datos a la Justicia penal para que se iniciara una investigación. Si bien no había regido en otros procesos electorales locales, este requisito ya era una exigencia de la Justicia Electoral Nacional (JEN) para las fuerzas nacionales que actúan en este distrito.

La proliferación afiliaciones se dio tras la reforma constitucional de 2006, que habilitó el llamado sistema de acoples. En 2007, de un padrón de 950.000 electores, más de 507.000 figuraban afiliados. La vigencia de las “colectoras” propició también la creación de más de un centenar de fuerzas municipales y comunales. En 2006, antes de la sanción del sistema, existían 53 y hoy suman 224. Esto devino en el otro punto de conflicto: el de los “apoderados múltiples”. Si bien ya había sido un dolor de cabeza para las autoridades en los comicios de 2011, parece haberse agravado. La Junta advirtió en los argumentos de la resolución que, tras controles periódicos, se había detectado el absurdo de que una misma persona se encargaba de efectuar las gestiones de hasta 36 partidos, incluso, de acoples que competirían entre sí. Requirió a los representantes que optaran por llevar adelante los intereses de uno solo.

El régimen de acoples o listas “colectoras” habilita a una agrupación política a anexar sus candidatos parlamentarios (para la Legislatura o para los Concejos Deliberantes) a algún postulante para cargo ejecutivo (gobernador o intendente).

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