Se oponen a que los directivos del colegio ejerzan la abogacía

Se oponen a que los directivos del colegio ejerzan la abogacía

Un grupo de letrados presentará una acción de amparo por presunta incompatibilidad. Los profesionales, que ya objetaron en la Justicia el pago de la matrícula, dicen que las autoridades son "juez y parte".

MOVIMIENTO INCESANTE. No sólo la calle Congreso viene cargada frente al colegio, también la pelea interna agita la vida en la entidad profesional. LA GACETA / ARCHIVO - ANTONIO FERRONI MOVIMIENTO INCESANTE. No sólo la calle Congreso viene cargada frente al colegio, también la pelea interna agita la vida en la entidad profesional. LA GACETA / ARCHIVO - ANTONIO FERRONI
14 Marzo 2011
Las presiones sobre la conducción del Colegio de Abogados de la capital se recrudecerán durante la semana. Hoy, precisamente, un grupo de letrados planteará una acción de amparo para que la Justicia local prive a los directivos de la entidad de ejercer la profesión mientras dure su mandato.

A las 9, María Ester Costantino y Gustavo Terán Molina, entre otros abogados del foro, presentarán un recurso de amparo ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo con la finalidad de que se declare la inconstitucionalidad de la abogacía con los cargos dirigenciales del colegio profesional.

Los letrados demandantes ya habían interpuesto en ese mismo fuero judicial una acción de amparo contra el pago de la matrícula profesional anual. Esta vez, en el escrito sostienen que los abogados colegiados se encuentran en desventaja profesional respecto de los directivos de la institución, "ya sea en la confrontación entre colegas, o en el trato que pueden o deben recibir en los tribunales".

Para sustentar su planteo, los demandantes advirtieron sobre las incompatibilidades que prevé el artículo tercero de la Ley 5.233 (regula el ejercicio de la abogacía). El texto especifica que están impedidos de actuar particularmente en la profesión el gobernador y el vice, lo ministros, el los secretarios de Estado, los intendentes, el jefe de Policía, el titular de la Caja Popular de Ahorros y hasta el director de Rentas, entre otros funcionarios. También, se aclara, no pueden hacerlo los legisladores (nacionales y provinciales) en litigios con el fisco.

La desigualdad se agrava, según los letrados, porque las autoridades del Colegio de Abogados tienen la facultad de organizar, inducir o presentar ante la Legislatura el juicio político contra los magistrados. Además, advirtieron, el colegio integra el Consejo Asesor de la Magistratura (CM), organismo responsable de la designación de jueces.

"El abogado está en situación de inferioridad con las autoridades del colegio, porque es imposible que le den el mismo trato. No existen las mismas oportunidades entre quien cuenta con el poder de policía del abogado contra quien litiga, el poder de iniciar juicio político contra los jueces, la facultad de designar jueces entre los abogados, y la posibilidad de sancionar, de quitar o de suspender la matrícula a un abogado litigante", se sostiene en los fundamentos de la acción de amparo.

La incompatibilidad, según los letrados, debe alcanzar a todos los integrantes del consejo directivo, a los vocales y a los miembros del tribunal de ética y disciplina. "El sentido común les debe ordenar que es una falta de ética ejercer la doble función. No se puede ser juez y parte", concluyeron los demandantes en el escrito.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios