Criaturas de la anticonstitución

Por Álvaro José Aurane 13 Marzo 2011
La causa que promueve el Movimiento Popular Tres Banderas, y sobre la que podría haber resolución judicial entre mañana y el martes, apunta contra dos de los institutos más oprobiosos que la funesta Convención Constituyente de 2006 dejó en la Carta Magna.

Tras la reforma, la de Tucumán es una de las Juntas Electorales más vergonzantes de la Argentina. El poder político sienta desde entonces dos de sus tres miembros: el vicegobernador -que ya figuraba- y el fiscal de Estado. Es decir, el compañero de fórmula y el asesor legal y técnico del gobernador.

Pero la "anticonstitución" local, que no acota el poder del gobernante sino que lo blinda, no sólo derrumba instituciones: también pisotea la ética de la función pública. A eso equivale fijar que un funcionario que es candidato no debe pedir licencia. A eso y a legitimar el proselitismo rentado y a legalizar la financiación con fondos públicos de campañas disfrazadas de inauguraciones oficiales de obras.

Si el fallo pone freno a estas aberraciones, la Justicia en general (y la Sala II del fuero administrativo, en particular) le habrán devuelto algo de dignidad a la Ley de Leyes.

A la par, el MP3 reivindica el papel de la oposición verdadera. Porque el oficialismo le impone un límite claro a la oposición de mentiras: pueden cuestionar sus excesos cuanto quieran y en donde gusten, con excepción de los tribunales.

Tras la reforma, la de Tucumán es una de las Juntas Electorales más vergonzantes de la Argentina. El poder político sienta desde entonces dos de sus tres miembros: el vicegobernador -que ya figuraba- y el fiscal de Estado. Es decir, el compañero de fórmula y el asesor legal y técnico del gobernador.

Pero la "anticonstitución" local, que no acota el poder del gobernante sino que lo blinda, no sólo derrumba instituciones: también pisotea la ética de la función pública. A eso equivale fijar que un funcionario que es candidato no debe pedir licencia. A eso y a legitimar el proselitismo rentado y a legalizar la financiación con fondos públicos de campañas disfrazadas de inauguraciones oficiales de obras.

Si el fallo pone freno a estas aberraciones, la Justicia en general (y la Sala II del fuero administrativo, en particular) le habrán devuelto algo de dignidad a la Ley de Leyes.

A la par, el MP3 reivindica el papel de la oposición verdadera. Porque el oficialismo le impone un límite claro a la oposición de mentiras: pueden cuestionar sus excesos cuanto quieran y en donde gusten, con excepción de los tribunales.

Tras la reforma, la de Tucumán es una de las Juntas Electorales más vergonzantes de la Argentina. El poder político sienta desde entonces dos de sus tres miembros: el vicegobernador -que ya figuraba- y el fiscal de Estado. Es decir, el compañero de fórmula y el asesor legal y técnico del gobernador.

Pero la "anticonstitución" local, que no acota el poder del gobernante sino que lo blinda, no sólo derrumba instituciones: también pisotea la ética de la función pública. A eso equivale fijar que un funcionario que es candidato no debe pedir licencia. A eso y a legitimar el proselitismo rentado y a legalizar la financiación con fondos públicos de campañas disfrazadas de inauguraciones oficiales de obras.

Si el fallo pone freno a estas aberraciones, la Justicia en general (y la Sala II del fuero administrativo, en particular) le habrán devuelto algo de dignidad a la Ley de Leyes.

A la par, el MP3 reivindica el papel de la oposición verdadera. Porque el oficialismo le impone un límite claro a la oposición de mentiras: pueden cuestionar sus excesos cuanto quieran y en donde gusten, con excepción de los tribunales.

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