01 Febrero 2011 Seguir en 
LA PLATA.- "No cumplió con los requisitos para que se considere completada la pena", dijo en su resolución el camarista penal de feria de La Plata, Raúl Dalto, y rechazó el pedido de libertad de Ricardo Barreda., luego que el condenado violara el régimen de prisión domiciliaria.
El odontólogo, que fue condenado por un cuádruple homicidio, seguirá detenido en el penal de Olmos. Dalto tuvo en cuenta un informe negativo del Servicio Penitenciario Bonaerense, que desaconsejó la libertad condicional del condenado.
Sin embargo, el abogado defensor de Barreda, Eduardo Gutiérrez, anunció que recurrirá la decisión, incluida la revocatoria de la prisión domiciliaria, dispuesta luego de que su patrocinado violara las normas que reglan este beneficio.
"No comparto los fundamentos del juez para rechazar la libertad definitiva y la condicional en base a una producción e informes que, a mi criterio, no corresponde aplicar en estos casos", dijo el letrado luego de ser notificado de los fallos.
Ahora, la Cámara Penal en pleno, integrada por Dalto, María Elia Riusech y Carlos Ocampo, tendrá que resolver el planteamiento. Dalto rechazó un planteo de libertad absoluta de Barreda que hizo la defensa, que consideró que cumplió con la totalidad de la pena a perpetua impuesta en 1995, cuando se lo halló culpable de los homicidios de su esposa, su suegra y sus dos hijas.
El camarista señaló que la libertad condicional se otorga previo informe de la dirección del penal. "Los informes periciales producidos en estas actuaciones por los debidos profesionales no me permiten acceder a tal petición", explicó el magistrado.
El informe, entre otras cuestiones, asegura que el condenado no superó el hecho y no había arrepentimiento de su parte. Así, ante cualquier situación hostil, nada aseguraba que no pudiese reaccionar de la misma manera.
"Sigo sosteniendo que los informes penitenciarios que deben aplicarse a este caso, conforme a la normativa vigente, le son ampliamente favorables y no resulta de aplicación estos informes personales de psicólogos que fueron introducidos por la ley 25.982", señaló el abogado defensor del dentista.
Gutiérrez explicó que debe acreditarse el cumplimiento de los reglamentos carcelarios. "En esto Barreda tiene diez sobresaliente y no registra sanciones; estos informes de psicólogos no resultan de aplicación y no son vinculantes para el magistrado, pero él entendió que sí", explicó Gutiérrez. (DyN-Télam)
El odontólogo, que fue condenado por un cuádruple homicidio, seguirá detenido en el penal de Olmos. Dalto tuvo en cuenta un informe negativo del Servicio Penitenciario Bonaerense, que desaconsejó la libertad condicional del condenado.
Sin embargo, el abogado defensor de Barreda, Eduardo Gutiérrez, anunció que recurrirá la decisión, incluida la revocatoria de la prisión domiciliaria, dispuesta luego de que su patrocinado violara las normas que reglan este beneficio.
"No comparto los fundamentos del juez para rechazar la libertad definitiva y la condicional en base a una producción e informes que, a mi criterio, no corresponde aplicar en estos casos", dijo el letrado luego de ser notificado de los fallos.
Ahora, la Cámara Penal en pleno, integrada por Dalto, María Elia Riusech y Carlos Ocampo, tendrá que resolver el planteamiento. Dalto rechazó un planteo de libertad absoluta de Barreda que hizo la defensa, que consideró que cumplió con la totalidad de la pena a perpetua impuesta en 1995, cuando se lo halló culpable de los homicidios de su esposa, su suegra y sus dos hijas.
El camarista señaló que la libertad condicional se otorga previo informe de la dirección del penal. "Los informes periciales producidos en estas actuaciones por los debidos profesionales no me permiten acceder a tal petición", explicó el magistrado.
El informe, entre otras cuestiones, asegura que el condenado no superó el hecho y no había arrepentimiento de su parte. Así, ante cualquier situación hostil, nada aseguraba que no pudiese reaccionar de la misma manera.
"Sigo sosteniendo que los informes penitenciarios que deben aplicarse a este caso, conforme a la normativa vigente, le son ampliamente favorables y no resulta de aplicación estos informes personales de psicólogos que fueron introducidos por la ley 25.982", señaló el abogado defensor del dentista.
Gutiérrez explicó que debe acreditarse el cumplimiento de los reglamentos carcelarios. "En esto Barreda tiene diez sobresaliente y no registra sanciones; estos informes de psicólogos no resultan de aplicación y no son vinculantes para el magistrado, pero él entendió que sí", explicó Gutiérrez. (DyN-Télam)







