Discriminación con los discapacitados

17 Enero 2010
La Argentina debe ser uno de los países que más leyes posee y es posible que ocupe algún puesto de privilegio entra las naciones donde una buena parte de las normas no se cumplen o se las acata a medias. Los discapacitados son a menudo víctimas de esta indolencia social.

En la jornada del viernes, en la terminal, familiares de discapacitados tuvieron que hacer tediosas colas frente a la ventanilla de una empresa de ómnibus. En el lugar, un cartel indicaba: "De 6 a 8 y de 14 a 16", sin ninguna otra observación que aclarara si ese era el horario excluyente en que los representantes legales de los discapacitados podían conseguir su pase libre para personas con discapacidad y un acompañante (de ser necesario), como lo dispone la Ley 25.635.

Una mujer se preguntó por qué no los atendían en los horarios comerciales normales como al resto de las personas. "Vengo por una persona discapacitada, que ya vino durante dos días seguidos sin resultados. Hoy estuve a las 6 de la mañana y nos dijeron que empecemos a hacer la cola a las 12 para atendernos recién a las 14. ¡Es una vergüenza y un contrasentido que, para hacer aplicar la ley, que beneficia los viajes gratuitos a los discapacitados, nos hagan aparte y nos pongan un horario restringido con personal reducido!", se quejó.

La Ley 25.635 referida al sistema de protección integral de las personas con discapacidad, promulgada en agosto de 2002, prescribe en su artículo 1º: "Modifícase el artículo 22, inciso a), segundo párrafo, de la Ley 22.431, conforme redacción dispuesta por la Ley 24.314, que queda redactado de la siguiente manera: Las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social. La reglamentación establecerá las comodidades que deben otorgarse a las mismas, las características de los pases que deberán exhibir y las sanciones aplicables a los transportistas en caso de inobservancia de esta norma. La franquicia será extensiva a un acompañante en caso de necesidad documentada".

Afortunadamente, no todas las empresas de ómnibus tiene esta actitud desconsiderada. En otras les a los familiares les concedían el pasaje con sólo presentar el Certificado de Discapacidad de su pariente. En la Delegación Tucumán del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, dijeron que en forma constante reciben denuncias porque las empresas de ómnibus no cumplen, como debieran, con la gratuidad, establecida por ley, del pasaje para el transporte colectivo de pasajeros. Recomendó a las personas denunciar esta situación ante la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), que funciona en la misma terminal de ómnibus y también en el Inadi.

Según la última Encuesta Nacional de Discapacidad, el 8 % de la población argentina (más de 2 millones) está conformada por discapacitados. Se estima que en Tucumán son alrededor de 98.800 los minusválidos. Estos constituyen de un sector importante en una sociedad que, sin embargo, los discrimina. Tucumán cuenta con varias leyes de protección al discapacitado, pero que no entraron nunca en vigencia porque no fueron reglamentadas por el Poder Ejecutivo.

Sería positivo si la CNRT, que tiene una oficina en la terminal, efectuara un control diario en las empresas para que estas irregularidades no vuelvan a repetirse y se sancionara con rigor a las empresas que no acaten la ley.

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