Una jueza ordenó a una AFJP no traspasar los fondos excedentes de un particular

La medida cautelar fue dispuesta por una magistrada de Córdoba ante la posible estatización de las jubilaciones privadas.

03 Noviembre 2008
CORDOBA.- La jueza federal N° 3 de Córdoba, Cristina Garzón de Lascano, ordenó a una AFJP que trabe la disponibilidad de los aportes excedentes de un particular, ante la posible estatización de las jubilaciones privadas.

Se trata de una acción declarativa de certeza dispuesta en favor de Daniel Ubaldo García, por el valor de $ 6.551, que afecta a la AFJP Orígenes.

La indisponibilidad no afecta a la totalidad de la cuenta de capitalización, que sí podría ser trasladada a un fondo de la ANSES, en el caso de aprobarse la ley, pero inhibe la parte correspondiente a los excedentes del particular.

El decreto firmado por la jueza es una medida cautelar "hasta tanto recaiga sentencia firme en la causa" y con "exención de contracautela". Según la jueza, García tiene sobre su cuenta de capitalización un derecho "de raigambre constitucional reconocido por el art. 82 y concordantes de la ley 24.241".

Además considera que hay "peligro en la demora atento la elevación, por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación, del Proyecto de Ley N? 1732 que propicia la eliminación del actual régimen de capitalización". (DyN)

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