La Corte diferenció al inversor del ahorrista

Fallo en una demanda contra la pesificación.

12 Diciembre 2007
BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer la demanda promovida contra el Estado Nacional por un ahorrista que litigó para recuperar, en dólares, colocaciones efectuadas a un fondo común de inversión. José Mata Pena interpuso una acción de amparo y planteó la inconstitucionalidad de las normas que, en el marco de la Emergencia Económica decretada a inicios de 2002, convirtieron a $ 1,40 por dólar las colocaciones en moneda estadounidense.
Según la Corte, el dinero confiado a los fondos de inversión no es equiparable al depósito en una entidad bancaria, ya que “se trata de un negocio complejo y de riesgo, sujeto a una normativa específica”, indicó el tribunal. El inversor de un fondo común “se encuentra no sólo frente a la expectativa de obtener ganancias, sino también expuesto a tener que soportar pérdidas”, agrega, para diferenciar este tipo de operaciones de las que realiza un ahorrista del sistema bancario.
“La Corte puso de relieve que la ley que regula los fondos comunes de inversión atribuye a la sociedad gerente el ejercicio de la representación colectiva de los copropietarios indivisos, es decir, de quienes invierten en un determinado fondo, de modo que los cuotapartistas no están habilitados para intervenir individualmente en la gestión del patrimonio”, se informó. Así las cosas, los “cuotapartistas carecen de legitimación para plantear la inconstitucionalidad de las normas que habrían afectado a los activos y solicitar que se les restituya su inversión original en dólares, pues esa pretensión involucra el ejercicio de facultades de gestión reservadas por la ley a la sociedad gerente”. (DyN)

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios