Se puede chequear en la web si se hizo bien el traspaso

La opción se podrá gestionar hasta el 31.

06 Diciembre 2007
La fecha a recordar para los trabajadores que hayan optado por la jubilación estatal o la privada es el 1º de enero de 2008. Ese día se hará efectivo el traspaso elegido por cada aportante, según lo determinó el Gobierno nacional mediante el decreto 313/2007. La fecha es importante, ya que a partir de ese momento se podrá constatar si se concretó el traspaso y si el trámite se realizó correctamente. Pero, anticipadamente, en el sitio http://servicioswww.anses.gov.ar/yk2/ingreso.aspx, los interesados pueden averiguar en qué AFJP están inscriptos o si fueron incluidos en reparto.
Este dato es fundamental para confirmar que se efectuó correctamente el traspaso, o bien, si se debe corregir detalles en los trámites de la opción jubilatoria y, sobre todo, saber dónde están los aportes. Tras la sanción de la ley de reforma previsional, el Gobierno nacional y la Anses dictaron una serie de instrumentos para reglamentar y poner en marcha el nuevo sistema jubilatorio. Así, por ejemplo, se habilitó que los trabajadores tengan la libertad, hasta el 31 de diciembre, de pasar del sistema de capitalización (el privado), al de reparto (el del Estado). Desde abril pasado, todos los trabajadores, sin importar su edad, están en condiciones de optar por pasar de su AFJP al Estado o viceversa. Es importante tener en claro que el traspaso no es obligatorio y que quienes deseen continuar aportando a una AFJP no deben realizar ningún tipo de trámite. Cada cinco años se abrirá un período de 180 días para que los trabajadores puedan optar, nuevamente, ya sea por pasar del Estado a una AFJP o viceversa. Los que deben estar más atentos con los detalles del nuevo sistema previsional son los trabajadores a los que les falta 10 años o menos para jubilarse: esta será la única chance de pasar al Estado.

Pase obligado
Hay algunos trabajadores que pasarán obligatoriamente al sistema de reparto. Se trata de aquellos que estén en una AFJP y tengan menos de $ 20.000 en su cuenta personal de capitalización.
La intención es garantizarles una jubilación futura teniendo en cuenta que será muy difícil que con esos fondos lleguen a cobrar una pensión al momento de retirarse. Quienes tengan menos de $ 20.000 en sus cuentas y no deseen ser “rescatados” deben explicitar su intención de seguir en una AFJP. También pasarán directamente al Estado los trabajadores que ingresan por primera vez al mercado laboral y, en 90 días, no expliciten su intención de estar en uno u otro sistema.

LAS REGLAS DEL JUEGO

¿Tengo que pagar algo en el Correo Argentino? El trámite es totalmente gratuito, tanto la presentación de los formularios como el envío de la documentación a la Anses. No debe permitir que le cobren por realizar el trámite.

¿Dónde quedan los aportes? Hoy conviven los dos sistemas: cuando el jubilado aportó a una AFJP, cobra la parte que acumuló en su AFJP, pero también cobra la parte que le pagó al Estado antes de 1994, año en que surgió el sistema mixto de jubilación. De aquí en adelante, seguirá siendo de la misma manera. Es decir, el trabajador no pierde sus aportes por estar en uno o en otro sistema, y la jubilación futura será mixta.

¿Puedo realizar más de una vez una opción en esos 180 días? No; una vez hecho el trámite ante el Correo Argentino, deberá esperar cinco años, cuando se abra otro período de traspaso, para cambiar otra vez de sistema.

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