04 Diciembre 2007 Seguir en 
El 31 de diciembre vence el plazo para que los afiliados a las AFJP puedan pasarse al régimen público. La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ya confirmó, a través de su titular, Sergio Massa, que no habrá prórroga para ese plazo, por lo que los interesados en efectuar el traspaso tienen cuatro semanas para completar el trámite. La opción arrancó en abril, luego de que fue reglamentada por el Poder Ejecutivo nacional la ley de reforma previsional.
Cada cinco años, se reabrirá el plazo para que se puedan realizar los traspasos de un sistema previsional a otro, ya sea del privado al público o viceversa. Durante estas semanas, la posibilidad del traspaso será reforzada con una fuerte campaña de información de la Anses. Las AFJP ya están haciendo lo propio y a través de fuertes campañas publicitarias están invitando a sus afiliados a permanecer en el lugar en el que están.
El organismo nacional también expresó que hasta ahora cerca de 1,1 millón de afiliados que ingresaron a la página web de la Anses (www.opcionjubilatoria.gov.ar) hicieron efectivo el traspaso. Como complemento, ya se traspasó otro 1,1 millón de personas que pertenecen a regímenes especiales -docentes, investigadores, jueces y diplomáticos- y mujeres mayores de 50 años y hombres de más de 55 años con menos de $ 20.000 en sus cuentas de capitalización. Este grupo de trabajadores pasó compulsivamente al sistema estatal, ya que así lo estaleció la ley de reforma previsional
Modificaciones desde el 1º
Quienes hayan realizado el trámite o lo hagan hasta el 31 de diciembre, a partir del 1º de enero de 2008 serán afiliados del Estado y sus aportes del 11% sobre los sueldos dejarán de ir a la AFJP para pasar directamente a la Anses.
El saldo acumulado en la cuenta de capitalización seguirá siendo administrado por la AFJP. El monto continuará recibiendo los futuros rendimientos que obtenga la Administradora, que no podrá cobrar ni comisión ni costo del seguro. De este modo, al momento de la jubilacion recibirá un monto del sueldo de la AFJP y otro del Estado.
Quienes hayan ejercido la opción, aunque actualmente no trabajen, al momento de regresar a la actividad en relación de dependencia o como autónomo destinarán sus aportes al Estado. Los que no realicen ningún trámite seguirán afiliados a la AFJP.
Al reabrirse la opción, dentro de cinco años, el traspaso se podrá realizar por última vez hasta los 50 años las mujeres y hasta los 55 años los hombres. Por esta única vez y hasta el 31 de diciembre, podrán efectuar el traspaso aquellas personas que ya hayan superado esa edad.
1- ¿Puedo pasar al sistema estatal? Sí. La reforma previsional estableció la libre opción entre el sistema privado. Antes sólo se podía aportar a las AFJP.
2- ¿Hasta cuándo puedo cambiar de sistema? Los traspasos podrán realizarse hasta el 31 de diciembre. Luego, cada cinco años, se abrirá un nuevo período de traspasos.
3- ¿Qué pasa con los nuevos trabajadores? Los que trabajan por primera vez, si no optan por ningún sistema en 90 días, pasan directamente a reparto. Antes sucedía lo contrario.
4- ¿Hay edad límite para los traspasos? Sí. Pero, por única vez, todos podrán optar hasta el 31. Dentro de cinco años no podrán hacerlo quienes les falten 10 años para jubilarse.
5- ¿Dónde podré realizar el trámite? Por internet (www.opcion jubilatoria.gov.ar) hay que solicitar y completar el formulario. Luego, se debe presentar una copia en el correo.
6- ¿Cuándo comenzarán a regir los cambios? El traspaso se concretará luego de que todos los interesados realicen los trámites pertinentes, en enero de 2008.
Cada cinco años, se reabrirá el plazo para que se puedan realizar los traspasos de un sistema previsional a otro, ya sea del privado al público o viceversa. Durante estas semanas, la posibilidad del traspaso será reforzada con una fuerte campaña de información de la Anses. Las AFJP ya están haciendo lo propio y a través de fuertes campañas publicitarias están invitando a sus afiliados a permanecer en el lugar en el que están.
El organismo nacional también expresó que hasta ahora cerca de 1,1 millón de afiliados que ingresaron a la página web de la Anses (www.opcionjubilatoria.gov.ar) hicieron efectivo el traspaso. Como complemento, ya se traspasó otro 1,1 millón de personas que pertenecen a regímenes especiales -docentes, investigadores, jueces y diplomáticos- y mujeres mayores de 50 años y hombres de más de 55 años con menos de $ 20.000 en sus cuentas de capitalización. Este grupo de trabajadores pasó compulsivamente al sistema estatal, ya que así lo estaleció la ley de reforma previsional
Modificaciones desde el 1º
Quienes hayan realizado el trámite o lo hagan hasta el 31 de diciembre, a partir del 1º de enero de 2008 serán afiliados del Estado y sus aportes del 11% sobre los sueldos dejarán de ir a la AFJP para pasar directamente a la Anses.
El saldo acumulado en la cuenta de capitalización seguirá siendo administrado por la AFJP. El monto continuará recibiendo los futuros rendimientos que obtenga la Administradora, que no podrá cobrar ni comisión ni costo del seguro. De este modo, al momento de la jubilacion recibirá un monto del sueldo de la AFJP y otro del Estado.
Quienes hayan ejercido la opción, aunque actualmente no trabajen, al momento de regresar a la actividad en relación de dependencia o como autónomo destinarán sus aportes al Estado. Los que no realicen ningún trámite seguirán afiliados a la AFJP.
Al reabrirse la opción, dentro de cinco años, el traspaso se podrá realizar por última vez hasta los 50 años las mujeres y hasta los 55 años los hombres. Por esta única vez y hasta el 31 de diciembre, podrán efectuar el traspaso aquellas personas que ya hayan superado esa edad.
Traspasos habilitados
1- ¿Puedo pasar al sistema estatal? Sí. La reforma previsional estableció la libre opción entre el sistema privado. Antes sólo se podía aportar a las AFJP.
2- ¿Hasta cuándo puedo cambiar de sistema? Los traspasos podrán realizarse hasta el 31 de diciembre. Luego, cada cinco años, se abrirá un nuevo período de traspasos.
3- ¿Qué pasa con los nuevos trabajadores? Los que trabajan por primera vez, si no optan por ningún sistema en 90 días, pasan directamente a reparto. Antes sucedía lo contrario.
4- ¿Hay edad límite para los traspasos? Sí. Pero, por única vez, todos podrán optar hasta el 31. Dentro de cinco años no podrán hacerlo quienes les falten 10 años para jubilarse.
5- ¿Dónde podré realizar el trámite? Por internet (www.opcion jubilatoria.gov.ar) hay que solicitar y completar el formulario. Luego, se debe presentar una copia en el correo.
6- ¿Cuándo comenzarán a regir los cambios? El traspaso se concretará luego de que todos los interesados realicen los trámites pertinentes, en enero de 2008.







