Buenos Aires.- El presidente, Néstor Kirchner, promulgó ayer la ley que modificó los topes para el pago del Impuesto a las Ganancias, por la cual unos 600.000 asalariados dejarán de pagar ese gravamen y casi 200.000 tributarán menos, con retroactividad al 1 de enero de este año.
Ahora, las empresas comenzarán a ajustar los descuentos realizados a su personal y a devolver dinero, por lo que se espera la liberación de fondos que permitirán robustecer el consumo, ya que la medida tendrá un costo fiscal de unos $ 1.500 millones anuales.
La reforma del mínimo no imponible para el pago del Impuesto a las Ganancias elevó el límite del sueldo, que es alcanzado por el gravamen, a $ 4.600 para los trabajadores casados con dos hijos, y a $ 3.400 para los solteros.
Por el incremento de las deducciones en Ganancias, en promedio, los trabajadores hasta ahora alcanzados por ese impuesto tendrán una mejora promedio en sus ingresos de $ 120 mensuales.
El beneficio alcanza en especial al personal jerárquico y a una buena proporción de trabajadores de la minería, petróleo, siderurgia, bancos, terminales automotrices, subtes y camioneros.
Puntualmente, los trabajadores solteros que, después de los descuentos por jubilación y por obra social ganen hasta $ 3.346 por mes de ingreso de bolsillo, incluido el proporcional de aguinaldo (o $ 43.500 por año) no pagarán Ganancias. Hasta ahora, ese piso era de $ 2.769 o $ 36.000 anuales.
Los empleados casados con dos hijos no pagarán Ganancias si ganan menos de $ 4.577, con el proporcional del aguinaldo (o $ 59.500 al año). Antes era de $ 3.692 incluido el aguinaldo o $ 48.000 anuales.
A partir de estos cambios también se anula la rebaja del mínimo no imponible y las deducciones que hoy rigen para los que ganan entre $ 48.000 y $ 91.000 anuales.
En la práctica, es una actualización por la inflación minorista de la llamada "tablita" de José Luis Machinea, ministro de Economía en 2000. Así, para los que tienen un ingreso de bolsillo de hasta $ 91.000 por año (o $ 7.000 por mes) habrá una mejora, porque hasta esa suma se elimina la tablita. Para los que la sobrepasen, se mantienen las actuales categorías: podrán computar 50, 30. 10 ó 0 por ciento, respectivamente, del mínimo no imponible y las deducciones. (NA)