La gesta de Mayo y los esclavos de Tucumán

Por Jovita Novillo, para LA GACETA - Tucumán. El próximo viernes se celebrará el 197º aniversario de la conformación de la Primera Junta de Gobierno patrio, acontecimiento que iniciaríó el camino hacia la Declaración de la Independencia en 1816. LA GACETA Literaria evoca ese hito con los artículos de dos historiadores, referidos a los que conspiraban contra la Revolución y a la situación de los hombres que eran propiedad de otros hombres en el Tucumán de la época

20 Mayo 2007
A principios del siglo XIX, el sistema esclavista se encontraba en franco retroceso en el mundo y se había comenzado a combatir la esclavitud por razones ideológicas, humanitarias y también económicas. Cuando se produce la Revolución de Mayo, los hombres que la llevaron adelante también estaban en desacuerdo con la esclavitud pero, presionados por las circunstancias del momento político, no se atrevieron a declarar su abolición por que ello hubiese significado poner en su contra a todos los dueños de esclavos.
Los principios de los revolucionarios tenían un límite: el derecho de propiedad. Por ello, eligieron un camino que, paulatinamente y mediante medidas parciales, terminaría con la esclavitud en nuestro país: "este bárbaro derecho del más fuerte que ha tenido en consternación a la naturaleza? desaparecerá en lo sucesivo de nuestro hemisferio y sin ofender el derecho de propiedad, si es que resulta de una convención forzada; se extinguirá sucesivamente hasta que regenerada esa miserable raza iguale a todas las clases del Estado, y haga ver que la naturaleza nunca ha formado esclavos sino hombres". A partir de 1810 se dieron leyes que tendieron a liberar a los esclavos, pero no se dio una legislación específica para ellos sino para los libertos. Los esclavos continuaron regidos por los viejos códigos españoles. Las medidas más importantes que se tomaron a partir de 1810, y que afectaron a los esclavos de Tucumán, fueron: 1) la prohibición de la trata de esclavos en el territorio de las Provincias Unidas (9 de abril de 1812); 2) la libertad de vientres en el territorio de las Provincias Unidas (2 de febrero de 1813); 3) el Reglamento para la educación y ejercicio de los libertos (6 de marzo de 1813); 4) la creación de un regimiento de esclavos en Tucumán (4 de agosto de 1813).
Mientras los esclavos se ilusionaron con las nuevas medidas, los amos se sintieron amenazados. Don José Manuel Arias declaraba en un juicio que le inicia la esclava Francisca Antonia Espinoza: "Les ha parecido a los esclavos y esclavas que la Revolución ha abierto puerta franca a su libertad con perjuicio de sus amos. En este supuesto no habría en este ministerio más asuntos que libertades de siervos desagradecidos y viciados que conspiran contra sus amos (?) La Revolución ha trastornado la cabeza de muchos siervos imprudentes para adoptar una libertad totalmente civil y de conciencia que no puede tener cabida ni en el gobierno más déspota, pues el nuestro recomienda el orden y sumisión de los libertos".
Lamentablemente, la aplicación de las nuevas leyes no siempre llegó a concretarse en la medida deseable. Ejemplo de ello es el Reglamento de Libertos que sólo se cumplió excepcionalmente. Establecía: a) que los párrocos debían informar ante la justicia el nacimiento de los hijos de esclavos; b) que los niños nacidos libres debían permanecer en casa de sus patrones hasta la edad de 20 años; c) que debían servir en la casa de sus ex amos hasta los 15 años y en los 5 restantes se les debía abonar un peso por cada mes de su servicio que se depositaría en una Tesorería Filantrópica ad hoc; d) que al cumplir 20 años de edad el liberto debía ser emancipado de su patrono; e) que a aquel que quisiera dedicarse a la labranza le proporcionarían cuatro cuadras cuadradas de terreno, semillas y reses lanares, los útiles y aperos necesarios, y materiales para construir sus casas.
Sin embargo, la suerte de los hijos de esclavos nacidos en Tucumán a partir de 1813 no varió mucho si la comparamos con la de sus padres. En esta ciudad no se creó la "Tesorería Filantrópica", tampoco se distribuyeron tierras públicas, y ni párrocos ni patrones cumplieron siempre con informar los nacimientos de los hijos de esclavos. Esto último tuvo serias consecuencias que se notaron años más tarde, pues al no haber sido asentado su nacimiento, el liberto no tenía cómo probar su edad y para suplir esta falencia debieron apelar a otras pruebas. La mayoría asociaba la fecha de su nacimiento con acontecimientos públicos notables, como la Batalla de Tucumán.
En 1828, la esclava Antonia, que reclama por la libertad de su hija Petrona declaraba: "el año que fue la acción con Tristán y los realistas, se obligó a los vecinos de esta ciudad a retirarse de ella y ió fui en compañía de mi amo, don Patricio Acuña, en una carretilla con un hijo hombre de pechos de seis a siete meses nombrado Simón" , y agrega que su marido murió en el mes de junio de 1813 y que la niña nació después de la muerte del padre, el 14 de febrero de 1814. Otra esclava, Catalina Campos, testifica que la niña "nació después de la publicación del bando de la livertad de vientres". Por su parte, Don Patricio Acuña sostiene que la esclava llevaba a su hija Petrona el día de la Batalla de Tucumán.
Este problema se resolverá recién en 1834, cuando el Dr. Don Serapión de Arteaga, Síndico Procurador General de pobres, menores y ausentes, solicite al Gobernador Don Alejandro Heredia: "Que cuando se controbierta entre los patronos y los indicados libertos la edad de éstos para emanciparse, grabite sobre los primeros la obligación de dar la prueba", agregando que lo solicita por que "la inobservancia del Reglamento en cuanto a la toma de razón de su nacimiento y al defecto de la partida bautismal, han producido una confusión espantosa" y, a raíz de esto "los libertos permanecen en una servidumbre prolongada aunque hayan arribado a la edad de emanciparse, y también se les pretende esclavisar siendo libres, todo a la sombra de la ineptitud de estos para comprobar el día de su nacimiento". El Gobernador Heredia resolverá que quien debía presentar la prueba era el amo y no el esclavo.
Otra de las medidas del nuevo gobierno fue la formación del Regimiento de esclavos. Durante el período colonial, los negros libres habían permanecido excluidos del ejército, si bien servían en las milicias como tropas auxiliares. A partir de 1810, los gobiernos revolucionarios, apremiados por el problema de la guerra y viéndose en la necesidad de aumentar sus efectivos, resolvieron la incorporación de los negros libres y esclavos al ejército. Estos últimos, tras cinco años en el ejército, quedaban libres. Así, el servicio de armas se convirtió en una de las principales vías de acceso a la libertad en el Río de la Plata.
El 4 de agosto de 1813 se establecieron las condiciones para la formación de un batallón formado por esclavos en Tucumán, pero la tarea no fue fácil debido a la resistencia de los amos a entregarlos. Lo testimonia Pedro Morillo, soldado del Regimiento de Pardos: "el hijo del difunto mi amo y que es vecino del pueblo de Trancas, izo todo lo posible para sacarme del dicho regimiento, lo cual a don Patricio Acuña vecino de este pueblo, le dejó encargado que hicieran todo lo posible para conseguir con el comandante de pardos en sacarme del ejercicio de las armas lo cual consiguió el dicho don Patricio Acuña con mi comandante, y me remitió al pueblo de las Trancas que me entregaron a mi amo, por lo que en el momento que me recibió me puzo una barra de grillas lo que padecí cuatro meses asta que pazó el ejército para arriba, me alivió el las grillas y viéndome yo en libertad me le escapé y caminé para arriba en búsqueda de mi regimiento".
Sin embargo, a pesar de la renuencia de los dueños, un gran número de esclavos adquirió su libertad por medio de los servicios prestados en el ejército.
Recién en 1853 se decretó la abolición de la esclavitud en la República Argentina. Hasta entonces, los esclavos siguieron siendo considerados un "objeto de derecho" que podía ser comprado, hipotecado, vendido, cedido o dejado en herencia.

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