No se usa un programa de reinserción

En 2004 se aprobó una norma que es considerada como una herramienta fundamental por la Justicia. La Ley establece que profesionales hagan un seguimiento a los adolescentes acusados y a sus familias.

IMAGEN REPETIDA. Cada vez son más los menores de edad que detiene la Policía por ser sospechosos de la comisión de distintos delitos. LA GACETA / ANALIA JARAMILLO
IMAGEN REPETIDA. Cada vez son más los menores de edad que detiene la Policía por ser sospechosos de la comisión de distintos delitos. LA GACETA / ANALIA JARAMILLO
26 Febrero 2006
Es una herramienta que la Justicia considera fundamental para frenar la ola de delincuencia juvenil. Sin embargo, el Programa de Libertad Asistida Tutelar, que fue creado a través de una ley número 7.465 promulgada en diciembre de 2004, aún no es aplicado en nuestra provincia.
El programa contendría a todos los menores de edad acusados de haber cometido algún delito. Permite además al menor permanecer con su grupo de origen, lo cual posibilita, mediante la tarea de operadores que integran un cuerpo interdisciplinario, revalorizar a los jóvenes como sujeto de derecho, fomentando su reinserción social y familiar, y erradicar conductas delictivas.
Según la ley, los jueces de menores de la provincia deben incluir en este programa a los menores que estén a su disposición teniendo en cuenta las circunstancias del hecho y la gravedad de la infracción. Además, tienen la responsabilidad de determinar el plazo en el que se implementará el sistema.
“Es una herramienta de suma importancia para la recuperación de los menores. No es algo nuevo, pero ya se implementó en otras provincias desde hace más de diez años, como Buenos Aires”, aseguró Nora Wexler, jueza de menores.
La magistrada señaló que si bien es cierto que esta norma es una herramienta fundamental, la sociedad también debe hacer su aporte para lograr la reinserción de los menores. “A estos chicos no se los puede condenar de por vida por lo que hicieron; hay que ayudarlos a recuperarse”, afirmó.

Sin respuestas
Según la norma, la Dirección Provincial de Familia, Niñez, Adolescencia y Adultos Mayores, que pertenece a la Secretaría de Políticas Sociales, debía haber formado los grupos de profesionales para que el programa comenzara a funcionar.
Inclusive, siempre según el texto de la ley, los organismos pueden contratar agentes o firmar convenios con municipios y comunas para ponerlo en práctica. Los motivos por los que aún no se aplicó son, hasta el momento, un misterio.
El legislador justicialista Daniel Heredia, autor del proyecto de la norma, es uno de los que se mostraron sorprendidos por esta situación.
“Creímos que sería muy importante que haya un seguimiento y acompañamiento de los menores que hayan cometido un delito para lograr su reinserción social. No sirve de nada encerrarlos únicamente, porque, cuando salgan, volverán a delinquir”, señaló.
Heredia descartó que no se haya podido aplicar por una cuestión presupuestaria. “Hay un importante número de agentes en Minoridad que pueden ser capacitados para realizar esta tarea. Lo mismo ocurre con cualquier otro empleado de la administración pública que tenga vocación de servicio. Evidentemente, hay otra prioridad en el área de políticas sociales”, comentó.
Por su parte, el legislador radical José Cano aseguró que este no es el primer caso en el que el Poder Ejecutivo no cumple con las leyes que aprobó el Legislativo.
 “Aquí hay un problema de fondo y es que el Estado mira para otro lado en esta problemática. Este programa es tan sólo una de las herramientas que existen; pero para el PE, la ola de delincuencia juvenil no es un imperativo”, expresó.
“Lo más preocupante es que ni siquiera veo un norte en este tema. La crisis se está profundizando y se hace muy poco para tratar de solucionarla”, concluyó Cano.

LA FUNCION QUE DEBEN CUMPLIR LOS GRUPOS INTERDISCIPLINARIOS

• Diagnosticar la situación psicosocial de la familia del menor acusado.

• Planificar la asistencia específica del menor, de acuerdo con la situación detectada.

• Promover al menor y a su familia incorporándolos en programas sociocomunitarios estatales o privados.

• Orientar a los padres o tutores en el cumplimiento de las funciones familiares.

• Facilitar la educación formal, no formal o especial, según el caso del joven acusado.

• Tratar por sí mismos o derivar a terceros al grupo familiar en conflicto para corregir desórdenes o adicciones.

• Integrar a la familia a redes solidarias, tanto familiares como comunitarias.

• Fomentar el hábito por el trabajo, la educación, el aprovechamiento del tiempo libre y la elaboración de planes de vida con base real.
• Realizar toda otra acción que sea necesaria para corregir las falencias detectadas.

• Elevar a los supervisores los informes correspondientes.

• Informar a los juzgados el cumplimiento de las metas previstas.






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