Las tragedias carcelarias

El sistema penitenciario está superado por la cantidad de reos.

19 Octubre 2005
El país ha sido nuevamente conmovido por otro trágico episodio carcelario. Esta vez en el penal bonaerense de Magdalena, donde un motín de presos causó la muerte de 32 en un pabellón de 60 residentes, de los que tan sólo tres estaban condenados con sentencia firme. El origen de la situación fue un conflicto entre los internados, pero la investigación en curso deberá determinar con mayor precisión esa causa, informada por las autoridades del establecimiento. Más allá del horror que suscitan los hechos, deben subrayarse las circunstancias que los preceden y que ponen en evidencia, una vez más, el estado general del sistema carcelario nacional, caracterizado por su insuficiencia y, en buena parte, por la antigüedad y el anacronismo de las instalaciones. En la provincia de Buenos Aires, donde el problema es más grave, se computan actualmente alrededor de 25.000 presos, pero las plazas disponibles de sus 40 cárceles ascienden a 22.500. Esa referencia del mayor distrito del país se completa con una extraordinaria cantidad de denuncias, inclusive ante organismos internacionales, acerca de las pésimas condiciones de internación en la mayoría de los casos, advertidas en tres ocasiones durante el presente año por la Corte de Justicia provincial al Poder Ejecutivo local.
En el país se dispone de una abrumadora estadística que encabeza por su magnitud el penal porteño de Villa Devoto, con 61 muertos y 85 heridos, en marzo de 1978. En el mismo establecimiento, 15 años antes, otra reyerta ocasionó 24 víctimas mortales, en tanto que el penal de Olmos, en La Plata, sumó en mayo de 1990 otra revuelta con 33 muertos. Se trata de tres casos mayores de una extensa lista donde se repiten las mismas causas y que en 1995 dieron lugar a un proyecto nacional oficial, pero que fue pasando de gobierno a gobierno sin que se hiciera realidad, más allá de los discursos ocasionales provocados por las periódicas tragedias. También la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo altamente significativo en mayo pasado, en donde estableció las condiciones mínimas para los internos en las cárceles bonaerenses, instando a los poderes provinciales a adecuar las privaciones de libertad y las condiciones de alojamiento. Las consideraciones del tribunal supremo nacional pueden observarse hoy como un presagio de lo que acaba de acontecer, pero que no parece que hubieran preocupado en su momento lo necesario a las autoridades responsables. El distrito federal y el conurbano bonaerense, sedes de los poderes políticos y económicos mayores, así como de la más ofensiva concentración de deterioro social y delictivo, testimonian a la vez la grave incapacidad estatal para mantener imprescindibles niveles de eficiencia frente a las necesidades básicas de la sociedad. En consecuencia, poco tienen que ver también el principio constitucional y la realidad administrativa de poderes públicos que invocan inquietudes sociales sin atenderlas. Nuestra Constitución histórica, cuando en su artículo 18 dispone: "las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas", está marcando otra de las tantas pautas de calidad republicana olvidadas. Recuperarla requerirá igualmente en este caso trabajar intensamente en el orden legislativo y judicial para mejorar el sistema procesal, de tal forma que las moras judiciales - en Tucumán se supera la media nacional- disminuyan considerablemente. La tragedia de Magdalena es, por añadidura, otro testimonio ineludible del cortoplacismo de nuestras políticas públicas, acuciadas por las urgencias crecientes que provoca, precisamente, la insuficiencia, y hasta la carencia, de gestiones para el largo plazo.

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