
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el país del tornillo traumatológico “SPIN 2.0”, luego de detectar que el producto no cuenta con registro sanitario en la Argentina.
La decisión fue oficializada mediante la Disposición 1146/2026, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el administrador nacional del organismo, Luis Eduardo Fontana.
La medida se originó a partir de una inspección realizada por el Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. El operativo se llevó a cabo en una empresa de insumos médicos ubicada en Río Gallegos, provincia de Santa Cruz.
Durante el procedimiento, los inspectores encontraron en el stock del establecimiento un tornillo identificado como “SPIN® 2.0 - REF 112 013 - ND - MATERIAL Ti - INTEGRA – NEWDEAL SAS”, acondicionado en una bolsa termosellada que no incluía datos del titular responsable en el país ni registro sanitario.
De acuerdo con lo informado por la Anmat, el dispositivo corresponde a un tornillo tipo “twist-off”, también conocido como “snap-off”, utilizado en cirugías traumatológicas para fijar pequeños fragmentos óseos y realizar osteotomías o fusiones en pies, tobillos, manos y muñecas.
Tras revisar su base de datos de productos autorizados, el organismo indicó que no se encontraron registros que acrediten la habilitación del dispositivo en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica.
Ante esta situación, la autoridad sanitaria advirtió que se trata de un producto médico sin registro, del cual se desconocen sus características, funcionalidad y seguridad, lo que podría representar un riesgo para la salud de los pacientes.
Por ese motivo, la Anmat resolvió prohibir el uso, la comercialización y la distribución de todos los lotes del tornillo traumatológico hasta que obtenga la autorización sanitaria correspondiente.
Además, dispuso comunicar la medida a las autoridades sanitarias de todas las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, así como a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.







