
En una resolución que marca un precedente en Tucumán, el Colegio de Jueces del Centro Judicial Capital dispuso una medida integral que trasciende lo estrictamente penal: ordenó la asistencia interdisciplinaria a una madre para fortalecer el cuidado de su hijo adolescente, quien atraviesa una grave situación de consumo problemático de sustancias.
El fallo se dictó en el marco de una causa por tentativa de robo, pero el magistrado entendió que limitar la respuesta al aspecto punitivo resultaba insuficiente. La decisión apunta a atacar las causas estructurales del conflicto, bajo un enfoque de justicia restaurativa y terapéutica.
Intervención del Estado más allá del delito
La resolución fue emitida por el juez Federico Moeykens, del Juzgado Penal de Niñas, Niños y Adolescentes del Colegio de Jueces del Centro Judicial Capital, luego de escuchar en audiencia el crudo testimonio de la madre del joven imputado.
Durante su declaración, la mujer expresó su imposibilidad de acompañar adecuadamente a su hijo debido a la falta de herramientas psicológicas y sociales para enfrentar los efectos del consumo de sustancias psicoactivas. Ante ese escenario, el magistrado decidió ampliar el alcance de la intervención estatal, entendiendo que el restablecimiento de los derechos del adolescente está directamente vinculado al fortalecimiento de su entorno familiar.
La sentencia ordena la articulación con el Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) para brindar asistencia técnica y abordaje terapéutico a la madre, además de la intervención de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAyF). Asimismo, se dispuso la continuidad del tratamiento del joven en el Centro de Adicciones del Hospital Avellaneda.
El interés superior del niño como eje
El fallo se sustenta en un sólido marco jurídico nacional e internacional, con especial énfasis en la Convención sobre los Derechos del Niño, particularmente en su artículo 18, que obliga al Estado a prestar asistencia adecuada a los padres para el desempeño de sus funciones de crianza.
También se apoya en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y en las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad.
En ese marco, el magistrado sostuvo que no puede exigirse un cuidado efectivo si el Estado no proporciona previamente el soporte psicológico y psicoeducativo necesario a quienes tienen la responsabilidad de la guarda.
“Se busca garantizar el interés superior del niño mediante el empoderamiento de su núcleo familiar”, señala la resolución.
Suspensión del juicio y reglas de conducta
En cuanto a la situación procesal del adolescente, se dispuso la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. Durante ese período deberá cumplir reglas de conducta que incluyen la finalización de su escolaridad y la realización de tareas comunitarias en una fundación.
La medida no implica impunidad, sino una estrategia orientada a evitar la reincidencia y la exclusión social. El abordaje combina control judicial con acompañamiento terapéutico y fortalecimiento familiar.
Justicia terapéutica y abordaje interdisciplinario
La decisión se inscribe en las nuevas tendencias judiciales que consideran el consumo problemático no solo como un asunto de seguridad, sino fundamentalmente como una cuestión de salud pública y derechos humanos.
En lugar de fragmentar la respuesta estatal, el fallo articula salud, niñez y justicia bajo una misma estrategia. La lógica es clara: no hay posibilidad real de recuperación si el entorno inmediato del adolescente permanece desbordado o desasistido.
Con este enfoque, el Colegio de Jueces apuesta a una intervención temprana y estructural, entendiendo que la prevención del delito juvenil y la protección de derechos requieren algo más que sanciones: requieren redes de contención fortalecidas y un Estado presente.
La resolución, así, no solo responde a un expediente penal, sino que instala un debate más amplio sobre el rol del sistema judicial frente a las adicciones y la vulnerabilidad social.







