
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de una serie de geles y cremas cosméticas, así como de todos los lotes de un antibiótico inyectable, al considerar que se trata de productos no registrados que representan un “riesgo sanitario”. La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Según informó el organismo, los productos alcanzados por la decisión carecían de inscripción sanitaria vigente, un requisito indispensable para su comercialización legal en la Argentina. Esta situación motivó la adopción de restricciones inmediatas con el objetivo de resguardar la salud de la población.
Los motivos detrás de la prohibición
En primer lugar, mediante la Disposición 16/2026, la ANMAT prohibió diversos productos cosméticos. La medida incluye una crema base neutra hidrosoluble y un gel neutro para aparatología de la marca Quifam; un gel neutro multifunción de Ecotidy; un gel neutro multifunción y una crema base sin acción terapéutica de Vepo; un gel neutro de Activa Lab; y un gel neutro junto con una crema base neutra de Nameco.
El organismo, conducido por Nélida Agustina Bisio, explicó que la decisión se adoptó tras recibir denuncias por la comercialización indebida de estos productos, los cuales no figuraban en la base de datos de cosméticos inscriptos. En ese marco, se constató que los artículos eran ofrecidos a través de la plataforma Mercado Libre, sin que pudiera acreditarse su registro sanitario ante la autoridad competente.
Prohibición de un antibiótico inyectable
Por otra parte, a través de la Disposición 18/2026, la ANMAT ordenó la prohibición del uso, comercialización y distribución de todos los lotes del antibiótico inyectable “DANFERANE I.V. / Trimetoprima 80 mg + Sulfametoxazol 400 mg”, correspondiente al Certificado Nº 43.621, elaborado por la firma P.L. Rivero y Cía. S.A.
En este caso, la irregularidad fue detectada a partir de una consulta realizada por un efector de salud al Departamento de Vigilancia PostComercialización y Acciones Reguladoras del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME). Si bien la empresa había informado que contaba con una autorización de elaborador alternativo a favor de Laboratorios Solkotal, al verificar los registros oficiales se comprobó que dicha autorización no existía en el Registro de Especialidades Medicinales (REM).
Deficiencias críticas y medidas preventivas
Como consecuencia de estas inconsistencias, la ANMAT resolvió inhibir de manera preventiva las actividades productivas de la firma, instruirle un sumario sanitario y realizar una inspección en sus instalaciones. Durante el procedimiento se detectaron deficiencias significativas, clasificadas como “críticas”, que podrían comprometer la calidad, la seguridad y la eficacia de los productos elaborados.
Desde el organismo sanitario señalaron que las prohibiciones se dictaron “a fin de proteger a los eventuales usuarios”, dado que se trata de productos ilegítimos y no inscriptos, respecto de los cuales no es posible garantizar ni su eficacia ni su seguridad, ni la adecuación de sus ingredientes a la normativa vigente.







