Presentaron un amparo ante la Justicia Federal por el “veto de facto” a la Ley de Financiamiento Universitario

Apunt recurrió al juzgado federal por la media tomada por el gobierno nacional.

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La Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Tucumán (APUNT), en defensa de sus más de 2.900 trabajadores no docentes, interpuso una acción de amparo colectivo ante la Justicia Federal, solicitando la declaración de inconstitucionalidad y nulidad absoluta del Decreto N° 759/2025. 

El gremio tucumano acusa al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) de cometer un "exceso reglamentario" que, de manera irregular, suspende la aplicación de la Ley N° 27.795 de financiamiento educativo y recomposición salarial, afectando de forma directa derechos laborales fundamentales y el orden constitucional de la República.

La Ley N° 27.795, sancionada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, tiene como objetivo asegurar el derecho a una retribución justa y a una educación pública de calidad, garantizando la actualización periódica de los haberes universitarios conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. El conflicto se inició con el veto total de la ley por parte del PEN, a través del Decreto N° 647/2025, bajo objeciones presupuestarias.

Ante esta observación, el Congreso de la Nación ejerció su potestad constitucional, prevista en el artículo 83 de la Carta Magna, e insistió con la ley, alcanzando las mayorías necesarias para su sanción válida. Tras la insistencia legislativa, el Poder Ejecutivo estaba constitucionalmente obligado a la promulgación y ejecución de la norma sin más.

Sin embargo, en un acto calificado como "contradictorio" por la presentación judicial, el PEN dictó el Decreto N° 759/2025, que si bien promulga la ley, dispone simultáneamente la suspensión de su aplicación hasta tanto el Congreso determine nuevas fuentes de financiamiento. Para fundamentar esta decisión, el PEN se apoya en una norma de inferior jerarquía, el artículo 5° de la Ley N° 24.629.

Ante esto, Apunt se apersonó con la representación del abogado Gonzalo Casas ante el juzgado federal N° 2, a cargo de forma subrogante del juez Guillermo Díaz Martínez. El núcleo jurídico del amparo radica en que esta acción del Ejecutivo configura un vicio inconstitucional de "exceso reglamentario". El Decreto N° 759/2025 es una norma jerárquicamente inferior que no se limita a reglamentar la Ley N° 27.795, sino que directamente la "deroga" o la restringe irrazonablemente mediante su suspensión.

Este exceso es manifiesto, según el escrito, porque la propia Ley N° 27.795 ya establecía en su artículo 9° el mecanismo y fuentes de financiamiento. Allí se prevé que el PEN debe disponer los créditos presupuestarios necesarios y puede financiarse con los incrementos de ingresos corrientes recaudados por encima de los montos presupuestados o prorrogados.

El escrito de APUNT subraya que esta conducta del PEN no solo viola la jerarquía normativa (Art. 31 CN), sino que también quebranta el principio republicano de división de poderes consagrado en el artículo 1° de la Constitución Nacional. Al suspender la ley después de la insistencia del Congreso, el Poder Ejecutivo se arroga de facto una facultad de veto que la Constitución no le confiere, lesionando la voluntad legislativa y el orden democrático liberal.

El amparo es de carácter colectivo y está legitimado bajo la doctrina del precedente "Halabi", ya que se trata de intereses individuales homogéneos que sufren una lesión uniforme por un mismo acto estatal: el Decreto N° 759/2025. El grupo afectado es el colectivo de trabajadores no docentes de la Universidad Nacional de Tucumán.

Las consecuencias de esta suspensión son la afectación directa del derecho a una retribución justa (Art. 14 bis CN), comprometiendo la subsistencia del personal universitario, su derecho a la negociación colectiva y, de manera conexa, la autonomía universitaria y el normal funcionamiento de la educación pública superior en la provincia. Por ello, APUNT sostiene que el recurso de amparo es la única vía idónea y urgente, ya que un proceso ordinario tardío tornaría ilusoria la tutela constitucional ante la gravedad institucional de los hechos.

La finalidad última de la presentación judicial es obtener una sentencia con efectos erga omnes que invalide el Decreto N° 759/2025, permitiendo así que los cerca de 2.900 trabajadores nodocentes de la UNT puedan gozar de los derechos salariales garantizados por la Ley N° 27.795. Con su accionar, APUNT ratifica su rol como entidad sindical con personería gremial, asumiendo la defensa institucional de los derechos laborales, económicos y sociales de sus representados frente a un acto del poder público que, a su criterio, violenta los cimientos constitucionales de la República.

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