Los puestos de diarios prestarán servicios de correo y podrán entregar correspondencia en general

La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, lleva las firmas del presidente Javier Milei y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Los puestos de diarios prestarán servicios de correo y podrán entregar correspondencia en general
04 Septiembre 2025

El Gobierno nacional habilitó a los puestos de diarios a prestar servicios de casilla de correo. Mediante la medida, publicada en el Boletín Oficial, se disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas; “Incentivar la libre competencia”, dijeron desde el Poder Ejecutivo.

Por medio del Decreto 629/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno habilitó a las paradas de diarios a prestar servicios de casilla de correo como operador postal a través de un registro ante el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). En tanto, disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas.

“Las paradas de diarios podrán prestar el servicio de casilla de correo, previa registración como operador postal ante el Ente Nacional de Comunicaciones, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o mediante un acuerdo con un operador postal autorizado, que será en tal caso el sujeto responsable por la prestación del servicio ante el usuario y la autoridad de aplicación del régimen postal”, detalló el documento.

Entregas de correspondencia general

La medida incluyó las firmas del presidente Javier Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. El Gobierno autorizó a los puestos de diarios a realizar entregas de correspondencia general, de productos adquiridos por terceros a través del comercio electrónico y papelería, servicio de guarda, depósito, tarjetas de crédito y débito, y documentos de identidad y pasaportes.

A su vez, se derogó el Decreto 1025/00, el cual establecía el régimen jurídico aplicable a la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública y lugares públicos de circulación de personas y disponía la creación del Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas -en el cual debían registrarse los titulares del derecho de parada, de reparto y de las líneas de distribución y su zona de influencia- el cual fue disuelto.

El Gobierno hizo mención al Decreto 1005/24, mediante el cual “se desregularon diversos aspectos de la actividad postal, lo que sirve como marco legal para que quienes venden diarios y revistas desarrollan dicha actividad, ya sea con la registración como operador postal o mediante un acuerdo con un operador postal autorizado”.

La gestión libertaria argumentó que el decreto fue publicado porque “resulta necesario reconocer el derecho de los otros interesados para acceder a un mercado abierto e incentivar la libre competencia y la igualdad ante la ley”.

El Gobierno justificó la medida en la necesidad de “remover trabas al comercio, los servicios y la industria”, y destacó que busca garantizar la libre circulación de bienes y fomentar la iniciativa privada.

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