
La Cámara Federal de Apelaciones Tucumán falló a favor de una jubilada que inició una acción por reajuste de sus haberes, dada la pérdida del poder adquisitivo de sus ingresos desde enero de 2021 a marzo de 2024.
Ley 27.609 Movilidad de las prestaciones previsionales La ley de movilidad sancionada a fines del año 2020 y puesta en vigencia desde el año 2021 y hasta marzo de 2024 inclusive, no contemplaba dentro de su fórmula de cálculo el incide de precios al consumidor, por lo que múltiples acciones judiciales en todo el país se iniciaron en la Justicia Federal para buscar una solución a los haberes depreciados dentro de la órbita judicial.
Las Cámaras Federales se hicieron eco ante la injusticia plasmada a través de una ley que no permitió que los haberes fluctúen al ritmo de la inflación.
Todas las sentencias que tenemos actualmente resultaron favorables a los actores, todos beneficiarios de distintas prestaciones previsionales, ya se expidieron las Cámaras de Mendoza, Mar del Plata, Salta y en esta ocasión Tucumán no fue la excepción!
Estas sentencias marcan un precedente y abren un camino a todos aquellos beneficiarios que tienen sus derechos vulnerados y llegaron a una pérdida de entre un 42% al 50% según las mencionadas Cámaras Federales en sus propios fallos.
La Ley 27.609 fue declarada inconstitucional en todos los fallos y, la Cámara Federal de apelaciones de la provincia se Tucumán calificó de “irrazonable” una ley de aumento de jubilaciones y pensiones que no haya contemplado en su fórmula el índice de precios al consumidor.
Las sentencias solo aplican al caso en cuestión, en este caso favorece a la actora de esta acción judicial, pero los abogados especialistas en previsional venimos trabajando en este sentido con todos aquellos beneficiarios que perdieron poder adquisitivo de sus haberes a lo largo de estos últimos 3 o 4 años.