Coparticipación: la Corte se declara competente en la demanda radical

Coparticipación: la Corte se declara competente en la demanda radical

El alto tribunal atenderá la denuncia por supuesta discriminación en la distribución de fondos.

Coparticipación: la Corte se declara competente en la demanda radical
18 Diciembre 2023

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) aceptó tener competencia en la demanda que se impulsa desde los municipios que son conducidos por radicales, en busca de que se declare la inconstitucionalidad de la legislación vigente sobre la coparticipación por considerar que los recursos se distribuyen de modo discrecional y discriminatorio.

El alto Tribunal que preside Daniel Leiva emitió una sentencia el pasado 8 de diciembre para declarar la competencia en la demanda que presentaron Sebastián Salazar (Bella Vista) y Alejandro Molinuevo (Concepción), con la representación de Fabián Álvarez y el patrocinio del constitucionalista Antonio María Hernández. En el escrito, firmado también por los vocales Antonio Estofán, Daniel Posse, Eleonora Rodríguez Campos y Claudia Sbdar, indicó que comparte el dictamen que previamente emitió en este sentido Edmundo Jiménez, titular del Ministerio Público Fiscal (MPF).

“La cuestión a resolver ha sido objeto de un adecuado tratamiento en el dictamen del Ministerio Público Fiscal, cuyas conclusiones este Tribunal comparte y a las cuales se remite”, sentenciaron los magistrados. Dispusieron también que se protocolice el dictamen del MPF para que sea adjuntado a la sentencia.

El pasado 8 de noviembre, Jiménez dictaminó que la CSJT es competente “de manera originaria y exclusiva” para entender en la causa. Repasó, a su vez, la demanda de los radicales que piden se declare la inconstitucionalidad del artículo 4 de la Ley 6.316 (Coparticipación local); del artículo 3 de la Ley 6.650 (Fondo de Desarrollo del Interior) y sus decretos reglamentarios (76/14 -S.I-; 1415/14 -S.I- y 1116/M); y de la Ley 8.829 (Convenios de Préstamos y Asistencia Financiera).

Por estrategia judicial, el ex intendente y flamante diputado Mariano Campero impulsa una demanda por el mismo tema ante la Corte de la Nación. Con el patrocinio letrado de Alberto B. Bianchi, reclamó puntualmente que se declare la inconstitucionalidad del artículo 2° de la Ley de Coparticipación (6.316), el cual fija los porcentajes de distribución de los dineros para municipios y comunas.

En paralelo, el gobernador Osvaldo Jaldo anunció que a partir de 2024 dejará de existir el sistema denominado “Pacto Social”, mediante el cual la Provincia garantiza el funcionamiento de los municipios y comunas a cambio de que estos cedan su coparticipación. Si bien no se brindaron detalles sobre el nuevo mecanismo, la Casa de Gobierno aseguró que se garantizará la paz social.

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