Dos magistrados aseguran que el caso Lebbos está a salvo de la prescripción

Dos magistrados aseguran que el caso Lebbos está a salvo de la prescripción

Caramuti y Macoritto dijeron que su objetivo es realizar el juicio cuanto antes

Dos magistrados aseguran que el caso Lebbos está a salvo de la prescripción
11 Noviembre 2017

El juzgamiento del caso Lebbos no corre -por ahora- peligro de prescripción, según los magistrados Carlos Caramuti y Rafael Macoritto, dos de los tres miembros del tribunal del juicio. “Aclaramos que, contrariamente a los comentarios publicados en la prensa, de ninguna manera pueden prescribirse en febrero de 2018 los hechos y acusaciones que se someterán al debate oral y público”, dijeron en un parte de prensa enviado a este diario (el tercer vocal de la Sala III de la Cámara Penal, Dante Ibáñez, no intervino en la redacción del comunicado porque está recusado). Macoritto y Caramuti precisaron que con el dictado de la providencia de citación a juicio, el 10 de noviembre de 2016, quedó interrumpida la prescripción y que los plazos para la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo debían volver a computarse a partir de esa fecha.

Los magistrados explicaron que se dirigían a la prensa para despejar la creencia errónea de que podía caerse el juzgamiento de los crímenes cometidos contra Paulina Lebbos en febrero de 2016 y para contextualizar “las expectativas” existentes en la opinión pública respecto de esta etapa del proceso. Respecto de esa segunda inquietud, los jueces recordaron que sólo podían juzgar a los imputados Luis Nicolás Barrera, Héctor Rubén Brito, Eduardo Oscar Di Lella y Hugo Raúl Sánchez por la presunta autoría de los delitos de encubrimiento agravado por la naturaleza especialmente grave del delito encubierto y por su calidad de funcionarios públicos. El tribunal añadió que el ex policía Hugo Waldino Rodríguez debía rendir cuentas por la presunta participación necesaria en algunos de los delitos mencionados y la supuesta autoría de un falso testimonio. Por la muerte de Lebbos sólo será juzgado Roberto Luis Gómez, con la calidad de posible autor del delito de privación ilegítima de la libertad seguida de Homicidio. “Es necesario aclarar que, por expresas disposiciones legales, el tribunal que integramos únicamente tiene competencia para juzgar a esas personas y por esos delitos. Carecemos de facultades para investigar y enjuiciar a otros posibles autores o partícipes tanto del homicidio de Paulina, como de su encubrimiento”, insistieron los camaristas.

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“Tengan seguridad”

Alberto Lebbos, padre de la víctima, había expresado su temor de que este caso penal de máxima sensibilidad e interés institucional quedara impune si el juicio oral no comenzaba este año. “Insisto, al hacer una revisión de toda la situación, hay una responsabilidad ideológica de José Alperovich en la maniobra de encubrimiento. Es indubitable, no hay ninguna duda. Él les dio protección a todos los encubridores”, dijo Lebbos, quien reiteró que confía en la independencia y seriedad del tribunal.

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En cuanto a la fecha de inicio del juicio, Caramuti y Macoritto manifestaron que aún no la habían fijado porque expresamente lo prohíbe la ley. Y citaron el artículo 376 del Código Procesal Penal de Tucumán: “vencido el plazo de citación a juicio y cumplida la investigación suplementaria o tramitadas las excepciones, el presidente fijará día y hora para el debate…”. Los vocales de la Sala III expresaron que los presupuestos mencionados aún no habían sido cumplidos. “Desde el ingreso del proceso al tribunal, este actuó con premura y diligencia para ponerlo en condiciones de celebrar la audiencia”, agregaron.

Los jueces informaron que estaban abocados, con el apoyo explícito de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, a planificar la organización, la logística y los aspectos de seguridad y operativos del juicio en función de las complejidades que presentará este en cuanto a la cantidad de partes y profesionales involucrados, y al interés de la ciudadanía y de la prensa. Y concluyeron: “tengan el señor Lebbos, los acusados y la opinión pública la seguridad de que el tribunal que integramos realizará, a la mayor brevedad posible, el juicio oral y público asignado a su competencia, dentro del ámbito de la ley y de la Constitución, con pleno respeto de las garantías de todas las partes y la mayor imparcialidad”.

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