Paso a paso: cómo solicitar la "Certificación de Servicios" para iniciar la jubilación

Paso a paso: cómo solicitar la "Certificación de Servicios" para iniciar la jubilación

Oficina de Anses en el centro de la capital provincial. FOTO DE ARCHIVO. Oficina de Anses en el centro de la capital provincial. FOTO DE ARCHIVO.

La Anses informó el procedimiento que deben realizar los trabajadores.

10 Julio 2017

Los trabajadores deben exigir a su empleador la “Certificación de Servicios y Remuneraciones”, que es necesaria para realizar el futuro trámite jubilatorio. Este documento demuestra los servicios prestados y los salarios percibidos en los períodos trabajados en relación de dependencia, y puede pedirse ya sea al finalizar la relación laboral o en cualquier momento.

Así lo aclaró hoy la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en un comunicado, en el que además remarcó que en los casos de cese de la relación laboral, el empleador deberá entregar la certificación dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de extinción del contrato de trabajo.

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“Si no lo hiciese y el trabajador lo intimara de modo fehaciente a extender la certificación en cuestión, el empleador contará con un plazo de dos días hábiles computados a partir del día siguiente al de la recepción de la intimación”, indicó.

El organismo señaló, a su vez, que si el empleador no hiciese lugar a esta intimación referida, podrá resultar sancionado con una indemnización a favor del trabajador, que será equivalente a tres veces la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o el tiempo de prestación de servicios, si este fuere menor.

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También el Reconocimiento de Servicios

La Anses dijo que los empleados en relación de dependencia o autónomos pueden solicitar en cualquier momento el “Reconocimiento de Servicios”. Este comprobante acredita ante el organismo de la Seguridad Social los servicios con aportes declarados por el trabajador.

Para gestionarlo, se debe obtener un turno al número gratuito 130 o en www.anses.gob.ar.

“De esa manera, los años trabajados formarán parte de la historia laboral, lo que permitirá a la persona adelantar parte del futuro trámite jubilatorio”, agregó.

Para consultar más información, el interesado puede ingresar en www.anses.gob.ar, sección “Prestaciones y Servicios”, opción “Trabajadores” y elegir “Reconocimiento de Servicios”.



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