Tucumán lleva una mora de 12 años en la protección de los derechos de la niñez

Tucumán lleva una mora de 12 años en la protección de los derechos de la niñez

Según datos de Unicef, uno de cada cinco niños es víctima de violencia sexual. La vulnerabilidad social es más alta en el NOA Una ley nacional de 2005 obliga a las provincias a designar un defensor del Niño; tres distritos ya lo hicieron

EXTREMA VULNERABILIDAD. Unicef alertó sobre la crítica situación de la niñez en algunas zonas del país. la gaceta / foto de antonio ferroni (archivo) EXTREMA VULNERABILIDAD. Unicef alertó sobre la crítica situación de la niñez en algunas zonas del país. la gaceta / foto de antonio ferroni (archivo)
30 Enero 2017
En un contexto en el que se debate la vigencia de un Régimen Penal Juvenil, todavía la Nación y muchas provincias mantienen una deuda con la niñez desde que se sancionó la Ley 26.061 de protección integral a los niños, niñas y adolescentes en 2005.

Una de las exigencias que establece esa norma es la creación de la figura del Defensor del Niño. Un equivalente al ombudsman, pero para tratar solo situaciones en las que se estén vulnerando los derechos de los niños.

A fines de 2016 un colectivo de integrado por 10 ONG (#InfanciaEn Deuda) que trabaja por los Derechos del Niño reavivaron el reclamo para que se avance en la designación del Defensor nacional y sus correlatos en las provincias con el Abogado del Niño. “La ley 26.061, de 2005, establece que el Defensor Del Niño debía ser nombrado dentro de los 90 días que seguían a la sanción de la norma, pero hace 12 años que los niños argentinos no tienen quien los proteja”, dijeron desde Infancia en Deuda.

La situación de vulnerabilidad de los niños y niñas es más grave en la región Norte del país. Según el último informe de Unicef (Primera infancia 2016-2020), el norte de Argentina es la zona donde más chicos y chicas de hasta cinco años pasaron por “cuidados inadecuados”, lo que se considera que ocurre cuando se quedan solos o a cargo de otro niño menor de 10 años.

En La Pampa, Córdoba y Buenos Aires ya se designaron -mediante ley- defensores o abogados del Niño.

En Tucumán hay un proyecto con dictamen de comisión (ver nota aparte). En 2010 se aprobó la Ley 8.293 y se creó el Consejo Provincial de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (que depende del Ministerio de Desarrollo Social) y que está integrado por varios ministerios, secretarías y organizaciones civiles.

¿Qué se necesita?

Para la designación del Defensor (nacional) es necesario -explican en el informe de Infancia en Deuda- conformar una comisión bicameral integrada por cinco diputados y cinco senadores, con representación proporcional de las fuerzas políticas. “En la Cámara Baja, oficialismo y oposición ya nombraron a los integrantes de la comisión, pero en el Senado sólo la oposición preseleccionó a sus miembros”, detallaron desde las ONGs.

La figura del defensor sirve para velar por la protección y promoción de los derechos en todo el país. Para su designación la comisión bicameral debe realizar un concurso público de antecedentes y oposición para evaluar la idoneidad de los candidatos.

Esta ley de protección integral de la niñez prevé una enorme amplitud de facultades del Defensor, una vez que sea designado: “desde el relevamiento de información sobre el funcionamiento de los órganos encargados de proteger a la niñez en las distintas jurisdicciones, hasta la iniciación concreta de casos judiciales individuales y colectivos. El Defensor del Niño es la llave de acceso a la justicia que todos los niños y las niñas deben tener garantizada para defender sus derechos”.

¿Qué dice la ley 26.061?

Fue sancionada en 2005 y prevé la creación de la defensoría del niño y los consejos de niñez

La Ley de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes (Ley Nacional 26.061) crea el Sistema de Protección Integral de Derechos de la infancia y la adolescencia. Para esto debe contar, entre otros medios, con organismos administrativos y judiciales de protección de derechos. El Defensor del Niño, según el artículo 47, tiene como misión principal “velar por la protección y promoción de los derechos de niños, niñas y adolescentes consagrados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales”. La Ley reconoce la condición de los niños como “sujetos de derecho”, el derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta y el respeto al pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social y cultura.

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