El juez de Ejecución de Sentencia I del Centro Judicial de la Capital, Roberto Guyot, respondió ayer la acusación que realizó en su contra la comisión de Juicio Político de la Legislatura, que dio curso a un pedido de destitución por diversos hechos controvertidos. Además, solicitó la recusación del jury de su presidente, vocal de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, Daniel Leiva, algo que fue rechazado por unanimidad.

La comisión de Juicio Político de la Legislatura buscará la destitución del juez Guyot

En una sala del tercer piso de la Cámara se realizó la reunión, de la que participaron los integrantes de la comisión que encabeza el oficialista Zacarías Khoder; el representante legal del magistrado, el abogado Víctor Taleb; y el Jurado de Enjuiciamiento, del que también forman parte: el fiscal de Estado, Federico Nazur; el representante del Colegio de Abogados de la Capital, Esteban Jerez; y los legisladores Daniel Herrera, Dante Loza y Javier Morof (Bloque Justicialista de Todos), Sara Alperovich (bancada Hacemos Tucumán) y Ricardo Bussi (Fuerza Republicana).

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Fuentes que participaron del encuentro afirmaron que los cuestionamientos contra Leiva se basaron en que el vocal integra la Corte Suprema, que impulsa la remoción del magistrado (al igual que el abogado Gustavo Morales). Sin embargo, las acordadas del alto tribunal contra Guyot sólo llevan las rúbricas de Claudia Sbdar (presidenta), Daniel Posse y Eleonora Rodríguez Campos.

Guyot, un magistrado acorralado por las polémicas

Durante el encuentro, del que no participó el juez, se leyeron los hechos que se le cuestionan. Entre ellas, que en marzo no haya adoptado medidas imprescindibles para la captura del preso Martín Emilio Nieva y que se haya acreditado que el preso Aldo Chávez lavaba el auto de Guyot.

Un preso lavaba el auto del juez Guyot, según auditores de la Corte

En su defensa, de cientos de fojas, el magistrado consideró que los hechos que se le cuestionan no revisten la magnitud que se le quiere dar.

Está previsto que hoy se realice una nueva audiencia del jury para abrir el periodo de pruebas. A partir de allí, según está establecido en la Ley 8.734, el Jurado fijará los hechos a que debe contraerse la prueba y señalará el término para su producción, que no podrá exceder de los treinta (30) días corridos. Posteriormente, el jury escuchará los alegatos y deberá dictar su sentencia: la absolución de Guyot o su destitución del cargo de juez.