Aspectos fiscales: cargas para obras sociales intactas
En el plano fiscal, la reforma laboral 2026 eliminó la reducción del Impuesto a las Ganancias para sociedades. Tampoco se reducen las cargas patronales de obras sociales, que seguirán en 6%. El proyecto permite pagar sentencias judiciales en cuotas hasta seis meses para grandes empresas y doce para Mipymes. Además, los créditos laborales se actualizarán por IPC + 3% anual.
Indemnizaciones: la reforma impacta en los aportes
La reforma laboral introduce una modificación estructural en el cálculo de las indemnizaciones por despido sin causa, estableciendo criterios más restrictivos para determinar el monto final. A partir de ahora, la base indemnizatoria se limitará exclusivamente a conceptos que posean un carácter “mensual, normal y habitual”, lo que busca simplificar la liquidación y evitar la inclusión de rubros extraordinarios que solían inflar las sumas reclamadas. Asimismo, se establece que esta indemnización constituirá la única reparación económica para el trabajador, eliminando la posibilidad de acumular otros resarcimientos adicionales por el mismo hecho.
Vacaciones y licencias: descansos fraccionados
Con los cambios en la legislación se habilita el fraccionamiento de vacaciones con un mínimo de siete días. La propuesta oficial plantea que esta flexibilidad permitirá adaptar mejor los períodos de descanso a la dinámica productiva, especialmente en actividades con estacionalidad marcada. Se amplía el período para otorgar vacaciones entre el 1° de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de acordarlas fuera de temporada. En cuanto a la licencia por enfermedad, se refuerza el derecho del empleador al control médico y a la conformación de juntas médicas con nuevas reglas. Además se implementan bancos de horas voluntarios y se incorpora como servicios esenciales la educación en todos sus niveles y el cuidado de menores.
Registro laboral: se podrá hacer de forma virtual
La registración laboral ante ARCA será considerada suficiente, sin que otras autoridades puedan exigir requisitos adicionales. También se habilita la digitalización de libros laborales, que deberán conservarse por 10 años y tendrán plena validez legal.
Incidentes frente al Congreso durante la marcha contra la reforma laboral: más de 30 detenidosPeríodo de prueba: cambio crucial en el vínculo
El cambio en el período de prueba laboral impacta directamente en el inicio de la relación entre empleadores y trabajadores. En la legislación vigente, el período de prueba es de tres meses. Durante ese lapso, cualquiera de las partes puede extinguir la relación laboral sin expresión de causa y sin derecho a indemnización, aunque con obligación de preaviso y con todos los derechos laborales básicos vigentes. Con la reforma se establece que el contrato de trabajo por tiempo indeterminado se considerará celebrado a prueba durante los primeros seis meses de vigencia, duplicando el plazo actual. Además, incorpora una diferenciación sectorial relevante: para los trabajadores agrarios, el período de prueba se extenderá a ocho meses. Durante ese lapso, el empleador podrá despedir sin indemnización y sin expresión de causa, pero se mantiene la prohibición de utilizar más de una vez el período de prueba con un mismo trabajador.
Condenas laborales: podrán hacerse en cuotas
Se propone también un cambio en el régimen de pago de condenas laborales. El texto habilita al juez a autorizar el pago de una sentencia “en hasta un máximo de doce (12) cuotas mensuales consecutivas” sin distinción según el tamaño de la empresa. Se agrega una excepción explícita para las micro y pequeñas empresas, que podrán disponer el pago en hasta dieciocho (18) cuotas.
¿Qué es el FAL?: estará a cargo de las empresas
Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir costos de desvinculación y obligaciones indemnizatorias. El aporte estará a cargo del empleador. Para su conformación, las grandes empresas aportarán un 1% mensual, mientras que las pymes lo harán con un 2,5% mensual. El fondo será un patrimonio separado, inembargable, inajenable y de afectación específica. Al tratarse de un patrimonio separado e inembargable, el FAL garantiza que los recursos destinados a cubrir los costos indemnizatorios estén protegidos y disponibles exclusivamente para dicho fin, reduciendo el impacto económico directo sobre el capital operativo de las empresas.
Esquema de actualización: previsibilidad para las partes
El proyecto introduce un sistema claro de actualización de créditos laborales basado en el IPC más un 3% anual, con el objetivo de dar previsibilidad tanto a trabajadores como a empleadores. Busca previsibilidad y reducir litigiosidad.
Beneficios sociales: nuevos conceptos a tener en cuenta
El texto redefine qué conceptos se consideran beneficios sociales no remunerativos, incluyendo comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares y capacitación, entre otros.
Jornada moderna: acuerdos y banco de horas
En materia de jornada laboral, se habilita el banco de horas mediante acuerdo voluntario entre empleador y trabajador, permitiendo una distribución más flexible del tiempo de trabajo. Además, se crea el ‘banco de horas’, como un regimen voluntario que debe acordarse de común acuerdo entre empleador y trabajador.
‘Industria del juicio’: cambio crucial para el Gobierno
Uno de los ejes centrales es la redefinición de la “mejor remuneración” para el cálculo indemnizatorio. El texto establece que solo se considerarán conceptos mensuales, normales y habituales, excluyendo ítems no mensuales como el aguinaldo (SAC) o las vacaciones. Además, se fija que la indemnización será la única reparación por despido sin causa, lo que busca limitar reclamos adicionales