Podría quedar en libertad el condenado por el crimen del arquitecto

La Corte Suprema de Justicia anuló un fallo de impugnación que terminaría beneficiando al taekwondista. El malestar de la familia.

CON LA MIRADA PERDIDA. Ismael Cativa fue condenado a 11 años por haberle provocado la muerte al arquitecto Scidá en octubre de 2021. CON LA MIRADA PERDIDA. Ismael Cativa fue condenado a 11 años por haberle provocado la muerte al arquitecto Scidá en octubre de 2021. La Gaceta / foto de Analía Jaramillo

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia anuló la sentencia de impugnación dictada en contra de un taekwondista acusado del crimen de un arquitecto. Ahora un nuevo tribunal deberá analizar si el fallo en su contra está ajustado a derecho. Por este tecnicismo, el defensor que lo asiste solicitará su libertad hasta que se resuelva la cuestión.

Todo sucedió el 16 de octubre de 2021, cerca de las 23.30, en inmediaciones de Las Rosas y avenida Presidente Perón, por un incidente automovilístico. Patricio Scidá (h) pretendía cruzar la arteria aprovechando que el semáforo estaba en rojo. En ese momento, Ismael Cativa (28), según la acusación del fiscal Carlos Sale, pasó en moto y casi atropelló al estudiante universitario. El joven lo insultó y el motociclista regresó y, de los insultos, pasaron a los golpes.

Patricio Scidá (64), al observar lo que ocurría con su hijo, fue en su ayuda. Terminó recibiendo un brutal castigo físico por parte de Cativa, ex campeón argentino y Panamericano del arte marcial. Testigos dijeron que Cativa le aplicó una patada en la cabeza al arquitecto cuando estaba de espalda y había dado por finalizada la pelea. El profesional falleció días después en un sanatorio privado

El proceso

Cativa fue acusado de homicidio simple. En agosto de 2022, el tribunal, integrado por Carolina Ballesteros, Isolina Apáz Pérez de Nucci y Soledad Hernández, condenó a Cativa a 11 años de prisión por encontrarlo culpable por el crimen.

La defensa del penado solicitó que el fallo sea revisado por un tribunal de impugnación, ya que a su entender se habían utilizado pruebas de manera irregular. En la sentencia, que no fue unánime, los jueces Juana Juárez, Patricia Carugatti y Facundo Maggio rechazaron el planteo defensivo, pero redujeron la pena a nueve años.

El caso fue llevado por el patrocinante de Cativa a la Corte.

Rechazo y aclaración

“En el planteo que realizamos en la Corte es que el tribunal de juicio había incorporado prueba por simple lectura, violando las garantías que debe tener una persona durante un juicio”, explicó el defensor, Camilo Atim. Dijo que se incorporó una fotografía en la que aparece Cativa posando luego de haber conseguido un título como taekwondista. El profesional pretende que a su asistido se lo condene por homicidio preterintencional, es decir, que no tenía intenciones de provocar la muerte a Scidá. El pedido fue rechazado por el fiscal Ignacio López Bustos (subrogó a Sale) y por el querellante Juan Pablo di Lella.

El presidente de la Corte, Daniel Leiva, que actuó como preopinante, sostuvo: “analizando la admisibilidad del control extraordinario deducido, es factible advertir que el fallo que ataca contiene un vicio grave e insubsanable que lo descalifica como acto jurisdiccional válido”. “Desatendió una formalidad esencial de su estructura relativa a la correcta conformación del acuerdo y el debido abordaje de los asuntos materia de controversia por los integrantes del cuerpo colegiado. Es que, en autos, no todos los miembros del Tribunal emitieron opinión respecto de la totalidad de las cuestiones debatidas, a la vez que quien estaba llamada a dirimir cierto punto no lo hizo aportando argumentos suficientes”, agregó.

En el fallo de Impugnación, Maggio le dio la razón a Atim. Juárez no compartió el criterio y Carugatti no fundamentó la opinión con la que se terminó rechazando el pedido, tal como lo dispone el nuevo código procesal penal de la provincia. “El voto llamado a zanjar el tópico no precisó por qué consideraba que no podía prosperar la declaración parcial de nulidad, ni señaló las razones por las cuales entendía viable sostener en otros elementos el pronunciamiento del tribunal que lo condenó”, agregó Leiva.

El preopinante recomendó entonces que se declare nulo el pronunciamiento del tribunal de Impugnación y que se integre otro para que resuelva esta cuestión, sentencia que también fue firmada por Daniel Posse y Antonio Estofán.

El fallo vuelve a poner todo a fojas cero. Atim podrá insistir con el planteo de que a Cativa se lo condene a una pena condicional porque no tuvo intención de acabar con la vida del arquitecto. Esa puerta quedó abierta porque Maggio, consideró que se habían vulnerado los derechos del acusado durante el debate.

Pero antes de que ello ocurra, el defensor solicitará que el condenado sea puesto en libertad hasta tanto se realice la audiencia. “No hay nada nuevo con el fallo de la Corte. Sólo ordenó que se haga una nueva audiencia de impugnación, no resolvió la cuestión de fondo, por lo que debe seguir con prisión preventiva”, destacó una fuente de la fiscalía que conduce Sale, que anticipó que rechazará el pedido de Atim. Idéntica postura tomó la querella.

Malestar

“La familia está cansada de todos los procesos que está viviendo por esta causa. Fue una situación muy traumática para ellos y no quieren seguir viviéndola”, explicó Di Lella, el representante legal de la familia del arquitecto.

“La Corte no debería haber aceptado el planteo del defensor porque es el mismo que hicieron durante la instrucción, el juicio, en impugnación y ahora en esta instancia. No se puede decir que se haya violado el ejercicio de la defensa”, argumentó el profesional.

Di Lella aclaró que por el momento deberán esperar lo que suceda en la nueva audiencia de impugnación. “Entendemos que nada ha cambiado. Al haber declarado nula el fallo de impugnación, queda firme la condena de 11 años en contra de Cativa. Por eso estamos confiados que nada cambiará”, finalizó.

El derrotero del caso

En octubre de 2021, por una discusión de tránsito, Ismael Cativa golpeó brutalmente al arquitecto Scidá, quien murió días después.

En agosto de 2022, un tribunal condena a 11 años de prisión a Cativa por considerarlo culpable de homicidio simple.

En diciembre de 2022, un tribunal de impugnación rechaza los planteos de la defensa de Cativa, pero le reduce la pena de 11 a nueve años.

En mayo de 2022, la Corte Suprema de Justicia anula el fallo de impugnación y pide que otro tribunal analice el caso. Pedirían la libertad del acusado.

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