Ganancias: se podrán deducir los gastos educativos

Ganancias: se podrán deducir los gastos educativos

22 Octubre 2022

La comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados que preside Carlos Heller (Frente de Todos), aprobó el jueves pasado incluir en el Presupuesto 2023 una iniciativa del bloque Evolución Radical que incorpora un inciso -el “J”- al artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. En caso de ser aprobado, la nueva deducción se hará efectiva en el ejercicio fiscal 2023.

Esa iniciativa incorporara las “sumas en concepto de servicios con fines educativos y las herramientas destinadas a este efecto, las que deberán acreditarse en las formas y condiciones que establezca la reglamentación que el contribuyente pague por quienes son carga de familia en los términos del apartado 2 del inciso b) del artículo 30 de esta ley”. Además, incluye a los hijos mayores de edad y hasta 24 años inclusive en la medida que “cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse”. “La deducción de este inciso operará hasta el límite del 40% del importe establecido en el inciso a) del artículo 30”, aclara el aporte que pidió incluir el diputado Martín Tetaz.

La modificación impactará en el formularia 572 (Siradig) que corresponde a los empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y quienes ejercen cargos públicos (sujetos de la 4ta categoría, artículo 82, inciso a, b y c) ya que hasta el momento no existía un ítem específico para deducción de gastos en educación. “Lo que se incorporó, previamente, es que no se grabe con Ganancias el recupero de cuotas sociales que tengan los contribuyentes en gastos de guarderías y jardines de infantes de sus hijos”, explicaron los autores de la iniciativa.

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