Trabajadoras de casas particulares: conocé todos los beneficios de Anses

Trabajadoras de casas particulares: conocé todos los beneficios de Anses

Estas son las múltiples prestaciones de Anses a las que pueden acceder los y las trabajadoras domésticas.

Anses brinda diversos beneficios a las trabajadoras de casas particulares. Anses brinda diversos beneficios a las trabajadoras de casas particulares. La Nación
19 Octubre 2022

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) otorga a las trabajadoras y trabajadores de casas particulares diferentes beneficios y prestaciones que varía según categorías correspondientes a la cantidad de horas de trabajo semanales.

Se considera trabajadores domésticos a aquellas personas que desempeñan tareas de: limpieza, mantenimiento u otras actividades del hogar, asistencia personal, acompañamiento y cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.

Las categorías se dividen en tres:

- Menos de 12 horas semanales

- Desde 12 a 16 horas semanales

- 16 horas semanales o más

¿Cuáles son los beneficios para trabajadoras de casas particulares?

Asignaciones familiares

Las trabajadoras domésticas tienen derecho a acceder y solicitar las siguientes asignaciones:

- Asignación por Maternidad

- Asignación por Embarazo para Protección Social

También pueden acceder al programa Alimentar que garantiza el derecho de las familias a una alimentación saludable.

Jubilación

Quienes posean contribuciones al sistema jubilatorio iguales o mayores a la cuota establecida para la categoría de 16 horas semanales o más, tienen derecho a una jubilación. En caso de que sean menores, se puede abonar la diferencia para poder acceder.

Desde la pagina de Anses se pueden conocer los requisitos y documentación necesaria para comenzar el tramite jubilatorio: https://www.anses.gob.ar/jubilados-y-pensionados/informacion/servicio-domestico.

Obra social

La Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares se asigna automáticamente. Al igual que para la jubilación, aquellas trabajadoras que deseen contar con una obra social, deberán tener aportes iguales o mayores a la cuota establecida para la categoría 16 horas semanales o más.

Si el pago es inferior, se puede completar la diferencia o también puede asumirlo la empleadora o empleador. Desde la página anses.gob.ar se puede obtener la constancia de obra social (CODEM).

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