No le dieron más tiempo ni más pruebas a Pedicone

No le dieron más tiempo ni más pruebas a Pedicone

Antes de que termine 2020, el Jurado de Enjuiciamiento rechazó por unanimidad el recurso de reconsideración de la defensa del juez.

EN PAUSA. El proceso contra el magistrado entró en receso este mes. la gaceta / foto de JUAN PABLO SANCHEZ NOLI (archivo) EN PAUSA. El proceso contra el magistrado entró en receso este mes. la gaceta / foto de JUAN PABLO SANCHEZ NOLI (archivo)

El Jurado de Enjuiciamiento, finalmente, no le dio más tiempo ni más pruebas para producir a la defensa del juez Enrique Pedicone, en el proceso de destitución que enfrenta. La decisión, tomada al cierre de 2020, fue adoptada por unanimidad.

Así como el juez de Impugnación denunció al vocal de la Corte Daniel Leiva por presunto tráfico de influencias, coacción y violación de los deberes de su cargo, el miembro del alto tribunal también contraatacó. Sostuvo que el ex camarista penal lo acusaba como revancha porque la Corte lo había sancionado por su presunto accionar sin competencia en la “causa de los billares”. Y que Pedicone buscaba distraer la atención del hecho de que había dictaminado, en un año, el cese de prisión preventiva para más de un centenar de procesados por delitos graves.

El resultado es que contra Leiva se presentaron seis pedidos de remoción, todos archivados por la comisión de Juicio Político; y contra Pedicone se promovieron siete, todos admitidos.

En ese contexto, Pedicone ofreció una serie de medidas para probar su inocencia de los cargos que le formuló el órgano legislativo. Pero no todos fueron admitidos. Por ejemplo, respecto de que habría coaccionado a su secretario Fernando Valladares (dio fe de los audios en los que, según Pedicone, grabó a Leiva; pero después se retractó), ofreció como testigos a los empleados de la Cámara Penal de Apelaciones. No se lo aceptaron.

Respecto de que supuestamente maltrataba a víctimas de delitos en los procesos a su cargo, ofreció la palabra de Alberto Lebbos (padre de Paulina) y de Roxana Teves (denunciante del ministro fiscal Edmundo Jiménez). Tampoco le fue admitido.

Ofreció, además, los audios con los que sostiene su denuncia contra Leiva (y que Leiva sostiene que son “truchos”), en el marco del cargo de que incurrió en mal desempeño, supuestamente, por violar garantías constitucionales del vocal, como el derecho a la defensa y a no autoincriminarse. Pero, como en los casos anteriores, el Jurado de Enjuiciamiento entendió que esas medidas probatorias “no eran pertinentes” respecto de las acusaciones que enfrentaba.

Luego, de los 30 días corridos que la Ley 8.734 (regula el enjuiciamiento de jueces) prevé como máximo para la elaboración de las pruebas, el jury le dio la mitad: ya se consumió más del 50%. (Se informa por separado)

Frente a esta resolución, que como informó LA GACETA fue tomada el miércoles 23 de diciembre, los abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig plantearon un recurso de reconsideración. Argumentaron que no pueden defenderse de los cargos si no les permiten “probar” que son infundados mediante esos testimonios y esos audios. Y pidieron que les dieran los 30 días de prueba que prevé la Ley 8.734. Antes de que terminase 2020, el jury volvió a decirles “no”.

Cuatro de los ocho miembros del jurado presentaron sus propios fundamentos para pronunciarse por la negativa: el legislador oficialista Dante Loza; el legislador alfarista Walter Berarducci; el fiscal de Estado, Federico Nazur (adhirieron a su voto los legisladores Javier Morof, Alberto Herrera y Sara Alperovich); y el vocal de la Corte y titular del Jurado de Enjuiciamiento, Daniel Posse (adhirió a su voto el representante de los abogados, Javier Critto).

Los argumentos comunes fueron, en el plano general, que la Ley 8.734 es taxativa respecto de que las decisiones del Jurado de Enjuiciamiento son “irrecurribles”. Consecuentemente, no procede solicitar que sean reconsideradas. Con ello, rechazaron ampliar el plazo.

En particular, hicieron hincapié en que no corresponde que comparezcan los empleados judiciales porque no se juzga el ambiente de trabajo en la Cámara de Apelaciones en lo Penal, sino la conducta de Pedicone respecto de su secretario. Y que tampoco procede que testifiquen “testigos de fama”, porque se cuestiona el accionar de Pedicone con las víctimas de casos específicos, no en general.

Con los audios, en cambio, Posse advirtió que, si bien no se puede revisar la decisión, él (al igual que Critto) votaron en favor de admitirlos.

Se consumió medio plazo

Sólo restan siete de los 15 días otorgados por el jury para el “plazo probatorio”.

Más de la mitad del plazo que el Jurado de Enjuiciamiento asignó a la comisión de Juicio Político y al juez Enrique Pedicone para elaborar, respectivamente, las pruebas de acusación y de defensa en el marco del proceso de destitución contra el magistrado, ya se ha consumido.

Ocho de los 15 días asignados por los miembros del jury se cumplieron hasta el 31 de diciembre pasado. Ocurre que los días son “corridos” y no “hábiles”, por lo tanto, los feriados por la Navidad y el Año Nuevo, así como el fin de semana intermedio, contaron como jornadas plenas.

El miércoles 23, el Jurado de Enjuiciamiento fijo en 15 días el período probatorio, a pesar de que la Ley 8.734 prevé hasta 30 días corridos. Consecuentemente, la cuenta regresiva empezó a correr desde el día siguiente, correspondiente a la jornada de Nochebuena. Se interrumpió, ocho días después, en en la víspera del Año Nuevo: el 31 de diciembre, inclusive. Ocurre que, según la Ley 8.734, los plazos procesales del Jurado de Enjuiciamiento se interrumpen con la feria estival del Poder Judicial, que se extiende durante todo este mes. Consecuentemente, el conteo se reanudará el lunes 1 de febrero. Y entre ese día y el domingo 7 se deberán completar las medidas probatorias de la comisión acusadora, que preside el legislador oficialista Zacarías Khoder, y la defensa del juez Pedicone, que llevan adelante los abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig.

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