"Pornovenganza": el daño que causa la difusión de videos íntimos

"Pornovenganza": el daño que causa la difusión de videos íntimos

El trágico desenlace que tuvo la policía Belén San Román no fue aislado. En Europa dos jóvenes tampoco soportaron el calvario. Historias en Tucumán. Denuncias ligadas a extorsiones. Especialistas explican que es erróneo hablar de una “venganza” en estos casos.

En las últimas semanas la mal llamada “pornovenganza” tomó relevancia nacional luego de que se conociera que la policía bonaerense Belén San Román se quitó la vida tras descubrir que una ex pareja suya había difundido imágenes íntimas de ella en las redes sociales.

El daño que causa en la víctima este accionar ha llevado en más de una ocasión a un trágico desenlace.

En 2019, Verónica, una mujer española de 31 años, decidió matarse porque un video íntimo suyo circulaba entre sus compañeros de trabajo. Al enterarse de esa situación, su marido entró en una crisis de ansiedad. Devastada con la magnitud que había tomado el hecho, la joven se quitó la vida. En este caso, el juzgado de Alcalá de Henares inició una investigación para determinar quiénes habían sido las personas que habían empezado la difusión de este material, pero nunca se individualizó a los responsables, dado que la víctima no se había atrevido a denunciar el hecho.

En 2016 ocurrió algo similar cuando la italiana Tiziana Cantone no toleró seguir viviendo las humillaciones que padecía tras un caso parecido al de San Román y al de Verónica. Por meses la joven había luchado judicialmente para que se retirara de internet un video íntimo en el que ella le decía a una ex pareja: “¿estás grabando? ¡Bravo!”. Ese ex novio habría compartido el material que luego terminó subido en la red. La frase se volvió objeto de burla para la víctima, no sólo en su entorno, sino que incluso llegó a parodiarse en programas televisivos.

Tras varios años, una joven tucumana se atrevió a contar su historia en LA GACETA. Recordó lo difícil que fue sufrir atravesar el secundario en medio del estigma y las humillaciones de compañeros que no la entendieron ni contuvieron.

La difusión no consentida de imágenes íntimas ya se trató judicialmente y actualmente se busca lograr una tipificación de delito y de castigo dentro del Código Penal argentino.

Posible caso testigo

En La Rioja, Paula Sánchez Frega llevó a juicio oral a su ex novio Patricio Pioli, quien habría difundido los videos íntimos de la pareja tras el corte de relación, también la habría extorsionado con ese material.

Dado que en 2017 la difusión de este tipo de contenido no constituía un delito, la causa se enmarcó bajo la carátula de coacción, golpes y daños psicológico contra la víctima. El juicio comenzó en noviembre de 2019, pero hasta el momento no se dictó sentencia.

La defensa del imputado, pidió la recusación del juez Jorge Chamía alegando que existía una parcialidad en favor de la víctima. La organización Consejo Viral espera que la resolución tenga en cuenta la perspectiva de género, y sirva de caso testigo a futuro.

El debate oral hasta hoy no se reanuda por ese recurso de casación interpuesto. En entrevista con el portal de noticias Infobae, Sánchez Frega lamentó que el proceso continúe paralizado: “Es lamentable que en medio de la feria judicial la Justicia no pueda tener en cuenta la cantidad de hechos en los que mi ex pareja me violentó vía redes sociales e inclusive con su entorno. Pioli hasta llegó a contar en un medio audiovisual que sufrí un abuso en la infancia. Es una persona que no paró en dos años de demostrar que solo quiere ventilar mi intimidad. Estoy con afecciones psicológicas como el estrés postraumático, ansiedad, ataques de pánico e insomnio”.

El acusado de esta causa, quien es tatuador, hoy cumple con prisión preventiva en su domicilio por haber desobedecido en noviembre de 2019 la orden judicial de prohibición a salir de la provincia. Se había ido a una convención de tatuadores en San Juan y fue descubierto por las fotos que los participantes habían subido en las redes sociales.

No es un venganza

“Hablar de venganza en estos casos es erróneo, porque revictimiza a la mujer, es una forma de instalar que ella habría hecho algo antes para merecer tal castigo. Tampoco es correcto hablar de pornografía en estas situaciones, porque es referirnos a una industria ilícita de videos viralizados en páginas dedicadas a eso. Nosotros estamos hablado de la difusión de imágenes íntimas de una persona con el fin de dañarla”, sostiene Sofía Zelaya, integrante del Consejo Viral de Tucumán.

El secretario de Participación Ciudadana, José Farhat, hizo hincapié también en esta cuestión terminológica: “Debemos resaltar lo siguiente: no existe una venganza, ni estamos de acuerdo con el término ‘pornovenganza’. La problemática se llama ‘difusión no consentida de imágenes íntimas’, porque hablamos de una mujer -generalmente- que fue victimizada con la difusión de sus imágenes. Si no hacemos esa salvedad, seguiremos utilizando un término peyorativo contra una mujer que es víctima”.

Ambos entrevistados coinciden: la mayoría de los acusados en estas causas son las ex parejas de la víctima, quienes en algún momento consiguieron el material erótico -quizás hasta con consentimiento del damnificado- pero nunca con autorización para darle difusión a ese contenido que formaba parte de la intimidad de la relación.

En palabras de Zelaya: “no es lo mismo consentir que se tome las imágenes y se almacene a permitir una difusión o viralización”.

“Hoy las víctimas están protegidas por el pacto internacional de San José de Costa Rica, que vela por la eliminación de violencia contra las mujeres; y estos ataques o escraches son una forma de violencia: Belén San Román no sólo toleró la vergüenza sino que además la sumariaron en su trabajo. Estamos impulsando que esto se legisle en la ley argentina porque hoy no son casos fáciles de enfrentar”, informó Zelaya, que recuerda que ante un ataque de este tipo, se puede acudir a la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) o al cuerpo de abogados.

Farhat enfatizó que se busca que el Congreso apruebe un ley que, en principios, parta del derecho a la imagen que tiene una persona y que prevea entre tres y ocho años de cárcel por amenazar o herir el honor de una persona o violar sus secretos. “Hoy existe una protección al uso de datos, pero no viene siendo suficiente. Queremos proteger a las personas de la violencia digital, que es un mundo paralelo al real, porque cualquier difamación o calumnia en las redes se viraliza a gran velocidad y eso causa un daño terrible en la víctima, que no puede solucionar el problema apagando la computadora: el contenido sigue en la red”, aclaró el funcionario. “El territorio digital repercute en el real”, agregó.

El proyecto de ley penaría no sólo a quienes difundan este contenido sino que también multaría a quienes ayuden a viralizarlo compartiéndolo o renviándolo.

Farhat también aporta que este año se sumó al gabinete la división de Violencia de Género de la Policía, que no sólo puede atender estas denuncias sino que además fue capacitada para brindarle contención a la víctima.

En Tucumán

G. se animó a contar su historia luego de varios años. Hoy hablar del tema le sigue costando, asegura; sin embargo encontró el apoyo en sus padres y en su pareja para poder salir adelante y superar la crisis que padeció cuando aún cursaba el secundario.

“Estaba de novia con un chico que me pedía que le enviara fotos mías. Me insistía. Yo llegué al punto de sacarme esas fotos íntimas, pero como no me gustaban nunca se las mandé. Además había chicas que la estaban pasando muy mal porque les habían difundido fotos y videos suyos”, relató la joven, que se terminó peleando de esa pareja.

Pasó un tiempo, y el ex novio la invitó a un asado con sus amigos con la intención de que dejaran el pasado atrás. G. acudió con una amiga, pero según relata, vivieron una experiencia traumática.

“Estábamos en el jardín y se acercaron algunos de los chicos y me empezaron a tocar en distintas partes del cuerpo, traté de que el momento pasara rápido, porque en el estado en el que estaba y el número de ellos no podía hacer nada, sabía que corríamos peligro… El abuso siguió, y los que no participaron no hicieron nada (para evitarlo)... Teníamos mucho miedo, al final pararon porque justo llamó mi papá y ellos se asustaron. Mi ex en ese ataque no participó, pero tomó mi teléfono y encontró mis fotos. Se las envió a todos los amigos. Al día siguiente era tarde, difundieron todas las fotos y videos que yo tenía, pero que nunca había consentido enviarle ni siquiera a mi ex novio. En un par de horas toda la sociedad tenía el contenido”, recordó la víctima.

“Mis papás se enteraron, me retaron y lloraron mucho. Tuve ‘amigas’ que me dieron la espalda, compañeros que veían los videos en mi cara y me hacían comentarios. Me sentí juzgada, nadie me preguntó cómo habían pasado las cosas ni cómo estaba yo. Mis padres me llevaron a una psicóloga, me apoyaron. El colegio hizo lo que pudo por contenerme y entendieron que tuve que faltar muchas semanas por lo mal que estaba”, describió.

La joven recordó que sus padres le plantearon hacer la denuncia por distribución de pornografía infantil, pero desistió de la idea. “Como los acusados eran menores de edad, quienes pagarían por la responsabilidad hubiesen sido los padres, y no me parecía justo tampoco. No sé si estuve bien asesorada, en ese momento en el mundo judicial no se hablaba de un delito de esta magnitud, no había las herramientas que hay hoy”, concluyó.

Pocas denuncias

“Sin duda es algo que existe y que en esta era va en aumento, pero por lo general quedan en cosas de parejas o ex parejas. No son muchos los casos que llegan a denuncias, al menos a esta división, estaríamos hablando de 10 o 12 casos que tratamos al año y que por lo general está ligado a una extorsión”, explicó el jefe de la división Delitos Telemáticos de la Policía, Héctor Marín.

“Se denuncia la extorsión bajo amenaza de viralizar un contenido íntimo de la pareja. A veces le piden dinero a la víctima o el auto, por ejemplo; en otros casos es una forma de manipulación para obligar a la persona a regresar con la ex pareja”, fundamentó el comisario.

En su experiencia, no le tocó tratar un caso que terminara en tragedia, como ocurrió con Belén San Román, pero sí intervenir para evitar que los agresores cumplan con sus amenazas: “hemos tenido allanamientos por causas así, en la que se ha secuestrado celulares y computadoras de los acusados, y luego del peritaje se comprobó que los contenidos estaban en poder de esa persona”, concluyó.

En caso de que estas denuncias sean contempladas bajo el delito de extorsión, la pena que prevé el Código Penal va de 1 a 5 años de prisión. Fuentes judiciales indicaron que rara vez se dictó prisión preventiva en casos como estos.

“Venganza Tucumana”

En 2007 alguien creó un blog llamado “Venganza Tucumana”. El foro contenía imágenes y videos de mujeres tucumanas desnudas o manteniendo relaciones sexuales. Algunas de las publicaciones incluso ponían el nombre y otros datos de las víctimas con los cuales las difamaban y extorsionaban.

Los investigadores estuvieron cerca de descubrir quienes eran las personas que habían creado este sitio web pero no lo lograron. Hasta hoy eso es un misterio.

“Una de las víctimas acudió al Inadi e hicimos la denuncia en una comisaría. Pero al ser un autor desconocido no era mucho lo que se podía hacer”, explicó en aquella oportunidad el abogado Augusto Moeykens. Finalmente, con la ayuda de organismos gubernamentales y no gubernamentales, además de hackers justicieros anónimos, lograron darle de baja.

El blog fue cerrado en 2009 y se calcula que había contenido sexual de 250 mujeres aproximadamente.

No fue fácil, pero se logró que Google diera de baja los contenidos. Al principio, la empresa multinacional se escudaba respondiendo a la Justicia argentina que no tenían responsabilidad en el contenido o el uso que dieran los usuarios. Según se puede leer en una nota publicada en nuestro diario en mayo de 2017, el desenlace de esta historia fue descabellado: “por curioso que suene, las leyes que más pesaron para conseguir la baja del sitio fueron la de Defensa del consumidor y la de Protección integral a las mujeres, que en ese momento acababa de promulgarse. ‘Google no accedía al pedido de dar de baja el sitio porque afirmaba que los contenidos no eran responsabilidad suya, sino del creador del blog. Sin embargo, la ley de Defensa del consumidor establece que todos los actores de la cadena de consumo son solidarios en sus responsabilidades. Además, era un claro hecho de violencia contra las mujeres’, puntualizó Moeykens”.


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