Pedicone objeta el secretismo y aparta al juez del caso “Bussi”

Pedicone objeta el secretismo y aparta al juez del caso “Bussi”

El legislador, que no acudió a la audiencia, podrá acceder a copias del expediente.

AUDIENCIA DE LA CAUSA “BUSSI”. El juez Pedicone habla en presencia del secretario Valladares y de las partes. la gaceta / foto de Analía Jaramillo AUDIENCIA DE LA CAUSA “BUSSI”. El juez Pedicone habla en presencia del secretario Valladares y de las partes. la gaceta / foto de Analía Jaramillo

Enrique Pedicone, vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción, celebró la cuarta audiencia oral y presencial relativa a funcionarios públicos denunciados en lo que va del año. Ayer el camarista falló en contra del secretismo de las pesquisas y a favor del derecho del legislador Ricardo Bussi (Fuerza Republicana) a acceder a copias de las actuaciones que procuran dilucidar una acusación de supuesto abuso sexual y de anomalías con una cuenta bancaria. Además de descartar una recusación en su contra y planteos de nulidad de la audiencia, Pedicone apartó a Raúl Armando Cardozo (N°4), el juez que, por la existencia de fueros, debía investigar a Bussi.

Al igual que el senador kirchnerista José Alperovich en dos oportunidades, y a diferencia del intendente taficeño Javier Noguera (PJ), el legislador no acudió al acto (podía ausentarse puesto que sus inmunidades constitucionales impiden llevarlo a la Justicia con la fuerza pública), de modo que sólo su defensor Juan Colombres Garmendia (h) ocupó el escritorio de los imputados. Tampoco concurrió la denunciante, a quien el tribunal había ofrecido la posibilidad de presenciar la audiencia en la cabina de videograbación para proteger su intimidad. En representación de aquella actuaron los abogados querellantes Salvador Iovane (h) y David Palomino Nieva mientras que Alejandro Noguera intervino por el Ministerio Público Fiscal.

Tanto para sostener la audiencia de control y tutela de garantías de las convenciones internacionales como para desactivar el carácter secreto de las actuaciones, Pedicone recordó que estaban vigentes en toda la provincia los artículos 1 al 17 del nuevo Código Procesal Penal (2016), que establecen los principios generales de la oralidad y del acceso a la información judicial. En particular, el camarista citó el artículo 10, que dispone la regla de la publicidad y sólo autoriza al juez a reservar actos concretos por un tiempo limitado con la fundamentación debida. Este aspecto de la resolución acogió la posición de Colombres Garmendia (h), quien relató que en el Juzgado de Cardozo únicamente le habían permitido observar las constancias desde un monitor (se informa por separado).

Contra el zigzag

“Rechazo las decisiones (de Cardozo que habían denegado el pedido de copias) por ser inmotivadas, ilegítimas, arbitrarias y parciales”, afirmó Pedicone, quien desestimó el argumento de Noguera de que el denunciado recién podía tomar contacto con las actuaciones al declarar como imputado (se informa por separado). El magistrado añadió que para defenderse era fundamental conocer la imputación, como decía el procesalista Santiago Sentís Melendo. Al respecto, rechazó la posición del querellante Iovane (h) de que correspondía que Bussi renunciara a sus fueros para acceder al proceso (se informa por separado). “Es algo totalmente desproporcionado. Los fueros no son del legislador sino del Poder Legislativo”, reflexionó el camarista, quien excluyó del proceso a Cardozo por considerar que este no ofrecía garantías de imparcialidad y de acceso a la justicia para Bussi.

La recusación que formuló Iovane (h) con asidero en el hecho de que Pedicone es “pariente” de Gilda Pedicone de Valls, funcionaria legislativa que aquel vinculó a Fuerza Republicana, y en que el camarista trabajó con su padre, fue rechazada por carencia de pruebas y de cita a las causales legales de apartamiento.

En cuanto al cuestionamiento contra la audiencia oral convocada para resolver el recurso de queja que había presentado la defensa de Bussi, el camarista dijo que este método transparentaba el trámite y permitía el control ciudadano, máxime cuando la investigación involucraba a un funcionario público. Pedicone reprochó al fiscal Noguera el cambio de criterio y precisó que había “girado” la posición expresada en la causa “Salazar Carona” abierta por la muerte de Natalia Vargas mientras volaba en parapente. “Noguera consintió una audiencia exactamente igual que esta. Probablemente este giro no dependa de usted, sino de la cúpula del Ministerio Público Fiscal. Ese zigzagueo no hace bien. ¿Qué sería de la sociedad de Tucumán si extirpamos la audiencia pública donde la prensa puede informar a la ciudadanía lo que pasa?”, interrogó. Y añadió: “el nuevo Código me faculta para hacer este tipo de actos y le recomiendo al jefe de los fiscales, Edmundo Jesús Jiménez, que imparta una línea límpida y clara porque, Noguera, yo lo conozco y sé que usted no tiene nada que ver con el zigzag”.

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