Cuánto pierden los jubilados

Cuánto pierden los jubilados

Por María Inés Salvatierra. Abogada previsional.

Jubilados. Jubilados. ARCHIVO LA GACETA / FOTO DE ANALÍA JARAMILLO
12 Julio 2020

La Movilidad Previsional en nuestro país pareciera ser un tema sin fin; mientras los beneficiarios esperan novedades acerca de la promulgación de una nueva ley que les garantice los aumentos periódicos, nada se sabe respecto de este tema y a decir verdad, cuando la misma sea sancionada, ya podemos vislumbrar que la realidad no será mejor a la actual.

Desde fines de 2019 y por Ley 27541 se dispuso la suspensión de la movilidad jubilatoria del Régimen General por 180 días, y con la idea de sancionar una nueva normativa, mientras que los aumentos se darían por decreto que es lo que aconteció en los meses de marzo y junio. La realidad es que la fórmula suspendida les habría significado a los beneficiarios un aumento del 11,56% en  marzo y del 10,9% en junio, lo cual habría de representar en el semestre un aumento del 22,46%. Por el contrario, para  marzo se dispuso un aumento del 2,5% más una suma fija de $1500 y en junio se otorgó un 6,12% de aumento, siempre hablando del Régimen General.

La suma fija otorgada en marzo es la que define una variable de aumento diferente para haberes mínimos y para haberes máximos; cuanto mayor es la jubilación menor es el porcentaje de aumento total otorgado, en franca oposición a los principios de proporcionalidad, integralidad, mayor esfuerzo contributivo, progresividad y al carácter alimentario de las prestaciones previsionales.

La suma fija de los $ 1.500 no sólo afectó de manera diferente a los distintos montos de haberes previsionales, sino que lo que se logró con ello es el achatamiento de la pirámide previsional de la que tanto se habló en su momento.

El resto de los Jubilados y pensionados (haberes altos y medios), son quienes mayor afectación sufrieron, ya que por ejemplo los beneficiarios de haberes máximos sólo obtuvieron un 3,75% en marzo y el 6,12% de junio, con lo cual el total de aumento que obtuvieron fue del 9,87% contra el 22,46% que se debería haber aplicado con la ley suspendida.

Más allá de que hoy se lea y escuche que los Jubilados de haberes mínimos le ganaron a la inflación porque en total obtuvieron un 19% (sumada la suma fija y el impacto de la misma en la jubilación mínima), la realidad es que el aumento que realmente les hubiese correspondido entre marzo y junio, sería del 22,46% por lo cual podemos concluir que todos perdieron!

Esta diferencia en sus ingresos no sólo afecta en el mes en el cual se aplica el porcentaje de movilidad, sino que lo hace desde ahí en más y por el resto de la vida del beneficiario, montos que solo podrían recomponerse a través de resolución judicial.

Ya sabemos con certeza que se prorrogó la suspensión de la movilidad, por lo cual podríamos esperar por decreto para el mes de septiembre un aumento por debajo del 9,5%, el que ya está definido si se aplicara la ley suspendida.

Nuestros jubilados ya habían perdido por la sanción de la ley de movilidad en diciembre de 2017, ya que afectaba el porcentaje de aumento de marzo de 2018. Hoy, una vez más nos encontramos con una situación similar, viendo la afectación de los ingresos de nuestros jubilados, sin otra solución más que el planteo de acción judicial.

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