El nuevo proceso penal será prorrogado por cuarta vez

El nuevo proceso penal será prorrogado por cuarta vez

Por la covid-19, la Legislatura postergará para septiembre la implementación total del Código de 2016. Además, sancionará un régimen para los procesos viejos y dará tres años para concluirlos.

FUERO PENAL. Aspecto de una de las nuevas salas de audiencias de la sede de la capital. foto Corte Suprema de Justicia de Tucumán FUERO PENAL. Aspecto de una de las nuevas salas de audiencias de la sede de la capital. foto Corte Suprema de Justicia de Tucumán

La pandemia demorará unos meses más el camino recorrido desde 2012, cuando comenzó a gestarse la idea de reformar el sector del Poder Judicial encargado de castigar a quienes cometen delitos. En virtud de un pedido de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, y de los ministerios públicos Fiscal y de la Defensa, la Legislatura prorrogará por cuarta vez la activación total del Código Procesal Penal sancionado en 2016. El nuevo sistema de la oralidad plena, que rige en Concepción desde mayo de 2019, será implementado en la capital y en Monteros el 1 de septiembre o antes, si la Corte solicita el adelantamiento a los legisladores. En la sesión del jueves, además, aprobarán el régimen aplicable a las causas viejas, que otorga tres años para terminarlas.

Tanto la presidenta del alto tribunal, Claudia Sbdar, como el vocal decano Antonio Estofán habían manifestado en los últimos días su voluntad de cumplir con la meta del 4 de mayo. Pero la extensión de la cuarententa total y del asueto judicial extraordinario hasta el 10 del mes próximo obligó a hacer un nuevo replanteo del calendario. Mediante una nota dirigida al vicegobernador Osvaldo Jaldo, la presidenta Sbdar; el ministro público de la Defensa, Washington Navarro Dávila, y el fiscal ante la Cámara Penal, Carlos Sale (sustituye a su jefe, Edmundo Jiménez), precisaron que, si bien los preparativos estaban muy avanzados, faltaban detalles que sí o sí demandaban la concurrencia física a los Tribunales.

Como las tareas pendientes están supeditadas a las vicisitudes del aislamiento y a la normalización del Poder Judicial, la propuesta original preveía que la Legislatura facultara a la Corte para que aquella reprogramara la entrada en vigencia del Código de 2016 en su carácter de autoridad a cargo de la implementación. El proyecto de ley con dictamen favorable mantuvo la metodología de las prórrogas anteriores: serán los legisladores quienes fijarán la fecha. A priori, aquellos consideraron que cuatro meses resultaba un plazo prudente dada la coyuntura.

El 1 de septiembre, pero de 2017, debía entrar en vigor en todo el territorio la normativa que reemplaza al Código Procesal Penal de 1991. Si el coronavirus covid-19 lo permite, la reforma empezará a funcionar tres años exactos más tarde de lo previsto respecto de la tramitación de las denuncias presentadas a partir de aquel momento. Las mayores innovaciones son la incorporación de la oralidad a la investigación de los hechos ilícitos -mediante la celebración de audiencias- y la abreviación de los tiempos. El objetivo de la reforma es aumentar las chances de que aquel que cometió un delito obtenga una condena firme.

Las reglas de 1991, que aún están vigentes en la capital y en Monteros, seguirán siendo aplicadas durante tres años más a los casos existentes al momento de la activación total del Código de 2016. Los legisladores dieron dictamen favorable al diseño de una estructura ad hoc para ese cúmulo de procesos, que funcionará en San Miguel de Tucumán -allí serán derivados los expedientes de Monteros-. La iniciativa habilita a la Corte, y a los ministerios públicos a definir qué jueces, fiscales y defensores oficiales finiquitarán los casos antiguos más allá del plantel básico aprobado. Esa infraestructura comprende dos juzgados de Instrucción -para el control de las pesquisas- y dos salas de la Cámara -para la apelación de las decisiones de Instrucción y el juzgamiento de las causas-. El Juzgado de Ejecución -supervisa el cumplimiento de las penas- trabajará con los casos procesados con ambos códigos, aunque aplicará las reglas del de 2016.

El proyecto estipula la elaboración de un inventario de expedientes y de un programa de tareas. Cada juzgado y fiscalía afectada al régimen de conclusión indicará el número de causas en trámite e identificará las de mayor gravedad. El monitoreo quedará a cargo a continuación de un Comité de Evaluación y Control integrado por un vocal de la Corte y los ministros públicos. Este cuerpo analizará semestralmente el desarrollo y el cumplimiento de las metas propuestas, y pergeñará los nuevos objetivos. El Comité también disolverá el régimen de conclusión de causas, en principio, en 2023.

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