El líder de los estatales tenía cargos en el PE y la Legislatura

El líder de los estatales tenía cargos en el PE y la Legislatura

Jaldo designó a Sánchez (ATE) en 2015. El secretario general 
del gremio había firmado una declaración jurada donde negó poseer dos empleos en el sector público.

EN LA MIRA. Sánchez niega haber tenido incompatibilidades laborales y afirma que tiene el aval de los afiliados. ate EN LA MIRA. Sánchez niega haber tenido incompatibilidades laborales y afirma que tiene el aval de los afiliados. ate

Con diferencia de días, Marcelo Sánchez, secretario general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), obtuvo cargos políticos en la Legislatura y en el Poder Ejecutivo. El 16 de noviembre de 2015, el vicegobernador Osvaldo Jaldo nombró “personal temporario” a las órdenes de su Presidencia al representante de los trabajadores del sector público. El 30 de diciembre de ese año, el gobernador Juan Manzur designó a Sánchez subsecretario del Ministerio del Interior a cargo de Miguel Acevedo con validez desde el 29 de octubre, fecha de inicio de la gestión. El 3 de diciembre de 2015, el dirigente gremial había firmado una declaración jurada en el Poder Legislativo en la que negó poseer otro cargo en la administración pública. “Yo no tuve incompatibilidad alguna. No ejercí funciones en la Legislatura porque saqué una licencia gremial con goce de sueldo. No voy a dar un paso al costado del gremio porque los afiliados me respaldan”, comentó Sánchez al respecto (se informa por separado).

Tanto el decreto de la designación provisoria firmado por Jaldo y Oscar Humberto Fiorito, prosecretario administrativo, como la declaración jurada sobre empleo público que rubricó el gremialista constan en la causa penal que promovió el dirigente disidente Gustavo Salas Correa tras detectar que Sánchez había sido subsecretario de Manzur. Claudio Pérez, secretario administrativo de la Legislatura, aportó copias certificadas de la documentación a la fiscala de Instrucción en lo Penal N°1, Mariana Rivadeneira.

El decreto establece que el nombramiento entró en vigencia el 1 de noviembre de 2015; que Sánchez debía cumplir funciones en la Presidencia y que, a modo de contraprestación, iba a recibir una retribución mensual equivalente a la categoría 3 del escalafón del personal del Poder Legislativo con el beneficio del 100% de la bonificación por extensión horaria. A modo de justificación de la designación discrecional, Jaldo y Fiorito expresaron que el ámbito de la Presidencia de la Legislatura resultaba necesario efectuar la designación de personal “para cumplir acabadamente con las tareas que hacen al buen funcionamiento de ella”.

En el formulario de la declaración jurada, Sánchez tachó o dejó en blanco todos los casilleros que le requerían información sobre cargos públicos nacionales, provinciales y municipales que pudiese tener. Estos espacios piden datos relativos a la repartición; el ministerio o secretaría de Estado; la denominación del cargo; la categoría presupuestaria; las funciones; el carácter de la posición (permanente, temporaria, titular, interina y contratación); el último mes del sueldo percibido y el importe; la dedicación; el horario y los días de trabajo. El documento incluye apartados para jubilados y beneficiarios de planes sociales. “Declaro bajo juramento que los datos precedentemente señalados son exactos y que no he omitido ninguna información solicitada. Soy responsable por cualquier tipo de ‘falseamiento con respecto a la legislación vigente’”, dijo Sánchez y firmó.

La planta de trabajadores legislativos no está disponible para la consulta de la ciudadanía, de modo que, hasta la presentación del secretario Pérez en la Justicia, no había precisiones oficiales sobre la situación del gremialista en el ámbito del Estado encargado de sancionar las leyes y de controlar a los demás poderes. El 11 de febrero, Sánchez había dicho que trabajaba en la Legislatura desde hacía 31 años y que su salario allí rondaba los $ 95.000, y desmintió tener un cargo en el Poder Ejecutivo, institución con la que debe negociar las paritarias. El 25 de febrero y ante una nueva consulta periodística vinculada a la aparición de los nombramientos que a su favor rubricó Manzur, el líder de ATE mantuvo la versión de que llevaba tres décadas en la Legislatura. Ayer rectificó ese aspecto de su biografía: manifestó que sumaba 30 años de antigüedad en distintas dependencias del sector público con altas y bajas en el Poder Legislativo, donde incluso ocupó una banca. Las autoridades de ese organismo no pudieron ser ubicadas ayer.

“Asesor en paritarias”

Aunque Sánchez sostiene que presentó su dimisión a Acevedo el 14 de enero de 2016; que no cobró sueldos como subsecretario y que desconoce por qué la renuncia no surtió efectos, el ministro de Interior recién lo desvinculó de su cartera el 17 de febrero de 2020, el mismo día que Salas Correa notificó la existencia de la incompatibilidad a Manzur. Previamente y luego de asumir su segundo mandato, el gobernador había ratificado la continuidad del secretario general de ATE en su gabinete, con el mismo cargo de subsecretario.

Acevedo dijo a posteriori que desconocía la incompatibilidad y confirmó que Sánchez prestó servicios a su lado durante una entrevista con LA GACETA Play. “Cumplía funciones de asesoramiento cuando se lo llamaba por un tema específico. Tenía conocimiento en la parte de empleo, de sindicato y sobre cómo manejarse en las paritarias”, detalló el 28 de febrero.

El artículo 9 de la Constitución de Tucumán prohíbe acumular dos o más empleos a sueldo en una misma persona aun cuando uno sea provincial o municipal, y el otro nacional. La cláusula agrega :“la simple aceptación de un segundo puesto deja vacante el primero, cuando este es provincial o municipal. Si fuera nacional, el segundo nombramiento es nulo”. Aunque el acto de designación en el Ejecutivo es posterior a la de la Legislatura, lo que implica que, según la Constitución, debería caer el primer puesto, el estatuto específico (Ley 8.996) habilita a Sánchez a “optar”, con lo que podría conservar su posición con Jaldo (se informa por separado).

La acumulación de cargos en cabeza del gremialista no sólo dio lugar a una causa en la Justicia penal, sino también a actuaciones en el Tribunal de Cuentas y en la Legislatura, y hasta a un pedido de destitución de Manzur, que la ministra de Gobierno y Justicia, Carolina Vargas Aignasse, consideró infundado y atribuyó a la disputa interna de ATE.

¿Qué dice el estatuto?

Aunque el artículo 1 de la Ley 8.996 dispone que la provisión de todo empleo en el Poder Legislativo se hará mediante un nombramiento por acto emanado de autoridad competente según la Constitución de Tucumán, y el artículo 11 considera a la incompatibilidad (posesión de un puesto en otro organismo público) un impedimento para acceder a la planta y una causal de cese, el secretario general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), Marcelo Sánchez, podría quedarse con el cargo político que le otorgó el vicegobernador Osvaldo Jaldo. Sucede que el artículo 14 otorga al empleado legislativo en situación de incompatibilidad la posibilidad de “optar” por uno de los cargos dentro de los cinco días de la notificación con el apercibimiento de ser declarado cesante. El artículo 9 de la Carta Magna, en cambio, no da lugar a opciones: estipula que la simple aceptación de un segundo puesto deja vacante el primero, cuando este es provincial o municipal.

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