La Corte Suprema de Tucumán anuncia que “profundizará” la contención del gasto público

El alto tribunal comunicó la posición a sus dependientes y la relacionó con las leyes de emergencia dictadas en la Nación y la Provincia. Los vocales Sbdar, Posse y Rodríguez Campos hicieron hincapié en que las restricciones no deben afectar el servicio judicial.

VOCALES. Leiva y Estofán están ahora de licencia. Posse, Sbdar y Rodríguez Campos firmaron el pronunciamiento en favor de una mayor austeridad. la gaceta / foto de hector peralta (archivo) VOCALES. Leiva y Estofán están ahora de licencia. Posse, Sbdar y Rodríguez Campos firmaron el pronunciamiento en favor de una mayor austeridad. la gaceta / foto de hector peralta (archivo)

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán emitió un pronunciamiento a tono con la época de vacas delgadas que atraviesan la provincia y el país, y manifestó que “continuará y profundizará” la contención del gasto público aunque sin afectar el servicio que presta el Poder Judicial.

Los vocales Claudia Sbdar (presidenta), Daniel Posse y Eleonora Rodríguez Campos fundamentaron la comunicación en las leyes de emergencia vigentes en el orden nacional y local. Antonio Daniel Estofán y Daniel Leiva no firmaron la resolución administrativa por estar de licencia.

El posicionamiento no explicita las medidas ya adoptadas ni las proyectadas, ni entra en detalles, sino que simplemente dispone su difusión a las oficinas que dependen del alto tribunal “a los fines pertinentes”.

“El Estado nacional declaró mediante la Ley 27.541 la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social”, expresaron los vocales en referencia a la norma que aprobó el Congreso de la Nación por impulso del presidente Alberto Fernández. Y añadieron que la Legislatura provincial también había hecho lo propio mediante la sanción de la Ley 8.228 y sus sucesivas prórrogas.

“En el contexto señalado, la Corte considera necesario, sin afectar el servicio de justicia, continuar y profundizar aún más las medidas de contención del gasto que ya viene implementando”, dijeron Sbdar, Posse y Rodríguez Campos.

La resolución fue emitida el viernes, justo antes de que Posse reanudara sus vacaciones y el alto tribunal volviera a quedarse sin el mínimo de tres integrantes con voluntades coincidentes requerido para tomar decisiones. El texto consensuado por los vocales finalmente omite toda alusión al Decreto acuerdo 1-1/2020 mediante el que, entre otras medidas de ajuste, el gobernador Juan Manzur suspendió la actualización de los salarios de los agentes estatales que implicaría un incremento del 10%.

Este aspecto de la decisión paraliza la aplicación de la última cuota trimestral de la llamada “cláusula gatillo” pactada para 2019 con los sindicatos. El acto administrativo del 6 de enero invita a los poderes Legislativo y Judicial, y a los órganos de control a adherir, o a establecer otras medidas de austeridad que coadyuven al equilibrio fiscal.

Sin aumento

En las jornadas sucesivas a la rúbrica del Decreto 1-1/2020 y mientras otros ámbitos del Estado le daban su apoyo a Manzur trascendió que los Tribunales se sumarían a la suspensión de la cláusula gatillo respecto de sus agentes cuando hubiese una mayoría en condiciones de expedirse, circunstancia que iba a suceder a partir del 20 de enero (en la primera parte del mes habían actuado Estofán y Leiva como vocales de turno durante la feria). Pero, finalmente, eso no sucedió: la Corte optó por guardar silencio respecto de la polémica y conflictiva paralización de la recomposición salarial a la que se había comprometido el Poder Ejecutivo. Tampoco se manifestó sobre la decisión posterior de Osvaldo Jaldo, vicegobernador en ejercicio del Gobierno, de reducir el 10% de los sueldos básicos de los funcionarios superiores hasta el nivel de subsecretarios.

La situación es delicada porque entre el 6 de enero y el presente doss acciones judiciales impugnan el congelamiento salarial. Estos pleitos promovidos por organizaciones gremiales procuran en definitiva que la Justicia obligue al Gobierno a cumplir el compromiso que contrajo en el sentido de asegurar que las remuneraciones aumentarían en función de la variación del índice de precios que publica el Indec. Es decir, que no perderían ante la inflación. Pero la gestión de Manzur explicitó que no hay forma de atender ese ritmo de erogaciones, y, para hacer los últimos desembolsos, debió pedir un préstamo al banco y obtener un auxilio por parte de la Casa Rosada.

Aunque en principio los distintos litigios vinculados al Decreto 1-1/2020 serían resueltos por la Cámara en lo Contencioso Administrativo, es posible que, por vía del recurso de casación, lleguen a la Corte. Si sus vocales hubiesen opinado a los fines de fijar la línea institucional propuesta por el Poder Ejecutivo, ello los habría obligado a inhibirse en los eventuales pleitos.

Pero que el alto tribunal no haya dicho nada sobre la cláusula gatillo no implica que los empleados, funcionarios y jueces percibirán la actualización en disputa, puesto que la cabeza del Poder Judicial carece de autonomía para pagar las remuneraciones de aquellos. Estos salarios, al igual que los del resto de la administración pública, son cancelados por el Gobierno.

Al margen de ello, la decisión de otorgar un aumento que complete el ciclo inflacionario de 2019 debería ser dispuesta por una acordada específica de la Corte Suprema. Mientras esta no sea dictada, los judiciales percibirán los emolumentos fijados a septiembre de 2019.

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