Piden a Alfaro que aplique una ordenanza que protege a la niñez

Piden a Alfaro que aplique una ordenanza que protege a la niñez

La capital adhirió a la ley de “Registro de Deudores de Alimentos” La norma, de 2013, busca que la Municipalidad colabore con el cumplimiento de las cuotas de alimentos.

Los concejales de San Miguel de Tucumán le pidieron al intendente, Germán Alfaro, que aplique una ordenanza sancionada hace seis años, que beneficia a niñas, niños y adolescentes.

En la última sesión, los representantes de los vecinos votaron por unanimidad una resolución que le solicita la aplicación de la norma que crea el Registro de Deudores Alimentarios en la ciudad y fija restricciones: entre ellas, uno de los requisitos para ascensos o para contrataciones municipales es no figurar en esa nómina. El secretario de Gobierno municipal, Rodolfo Ocaranza, adelantó a este diario que estudiarán la norma para aplicarla y saldar el lustro de mora.

En el Concejo

“La aplicación de la norma permitirá proteger al eslabón más vulnerado, a niñas y niños. Su aplicación es muy sencilla, se requiere del acceso al sistema con el registro de la Justicia provincial. Sólo falta la decisión política”, explicó en la última sesión Agustín Romano Norri, uno de los aliados a la gestión municipal. La aprobación de la resolución fue por unanimidad. El texto, en un artículo, “solicita al Departamento Ejecutivo arbitre todas las medidas necesarias con el fin de reglamentar en su totalidad la ordenanza 4.645/13, de adhesión a la ley provincial 7.104, de ‘Creación del Registro de Deudores Alimentarios’”.

La resolución aprobada surgió de la unificación de dos textos, promovidos por el radical Romano Norri y por la edil con mandato cumplido Sandra Manzone (Coalición Cívica-ARI). La aliada a la gestión de Alfaro ocupó una banca en el Concejo por dos mandatos. En su primera gestión, Manzone logró el acompañamiento de sus pares para la sanción, el 19 de diciembre de 2013, de la ordenanza 4.654. “En 2013 nadie hablaba de feminismo, no se trata de feminismo o machismo, se trata de garantizar los derechos de las y los niños para su efectivo desarrollo, reconocidos por tratados internacionales, nuestro ordenamiento jurídico y la Constitución”, explicó Manzone a LA GACETA. Remarcó como antecedente positivo que en las últimas elecciones provinciales la Junta Electoral también se cercioró que quienes se inscribieron como candidatos no debían figurar en el Registro de Deudores de Alimentos.

Qué dice la ordenanza

La ordenanza nunca aplicada fijó la adhesión municipal a la ley 7.104, que crea el Registro de Deudores Alimentarios. “A los efectos del otorgamiento de licencias, concesiones, permisos, moratorias o planes de facilidades de pago, contrataciones, habilitaciones y exenciones, deberá requerirse previamente a los interesados, sean personas físicas o la totalidad de los directivos en el caso de personas jurídicas, la acreditación o constancia de no encontrarse inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios”, establece el artículo dos. Esto quiere decir que los si los propietarios de una firma de colectivos son ganadores de una licitación para explotar una línea de transporte público, no podrán hacerse cargo de la licitación si alguno de sus miembros debe las cuotas de alimentos para sus hijos.

En su artículo tercero, la ordenanza de Manzone establece: “a los efectos de designación en plantas temporaria o transitorias y/o contratación de recursos humanos de cualquier clase, deberá requerirse previamente a los interesados la constancia de no encontrarse inscripto en el Registro de Deudores alimentarios. No se concederán adscripciones, ascensos o designaciones en cargos de mayor jerarquía a quienes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios”.

En su artículo cuarto, la ordenanza establecía como plazo de aplicación 90 días desde su promulgación. Es decir que desde marzo de 2014 que la Municipalidad está en mora con la aplicación de la normativa: los últimos dos años de la gestión de Domingo Amaya (2003-2015), y los cuatro de la primera gestión de Alfaro (2015-2019).

La ley provincial que creó (en el 2000) el Registro de Deudores Alimentarios establece que ingresarán a la nómina aquellas personas que “adeuden, total o parcialmente, tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos, fijados u homologados por sentencia firme”.

La postura municipal

“Se trata de una ordenanza de 2013 que no fue reglamentada porque cruza a distintos organismos y áreas dentro del municipio. Es un tema que vamos a estudiar ante al inquietud de los concejales. Tengo pocos días en la Municipalidad pero quiero poner estos asuntos bajo la lupa porque hay algunas consideraciones y no por querer dar una mano a personas vulneradas protegidas por las leyes, como los niños, terminaremos logrando el efecto contrario”, describió Ocaranza.

El funcionario de Alfaro expresó que buscará deslindar dudas acerca de la constitucionalidad y potenciales contradicciones de la ordenanza no aplicada. “Quiero estudiarlo bien. Si a alguien no se le permite ascender, trabajar o presentarse a licitaciones, y tiene la voluntad de cumplir con sus cuotas de alimentos pero por una situación económica no puede pagar esa cuota, le estaríamos impidiendo llevar adelante el cumplimiento de su obligación”, consideró en diálogo con LA GACETA. Y agregó: “en cuanto a la legalidad, el ejercicio del comercio está reglado por Constitución Nacional y reservado a las provincias. Una cosa es determinar formalidades y requisitos para el ejercicio del comercio en el ámbito municipal y otro es limitar el ejercicio de comercio”.

"No debe penalizarse sino garantizar derechos"

"Hay que cumplir con las normativas vigentes, para empezar. Creo que si lo único que se logrará con la norma es la penalidad y no la reparación, podría resultar contraproducente. No es la idea solamente la penalización, sino que se garanticen los derechos. La mora de alimentos es la persona que no le pasa dinero para alimentos de sus hijos, es una irresponsabilidad parental, sea de varones o mujeres. Lo que se debe resolver es que se termine con la mora. Quizás esta sea la única manera de garantizar el pago de cuotas de alimentos. Por ejemplo, sí es positivo que en la ley provincial se establece que si alguien que es un moroso de cuotas de alimentos solicita un crédito a la Caja Popular de Ahorros, se le otorga lo solicitado pero se descuentan automáticamente los montos adeudados. No se impide el crédito. Esto es lo más interesante. La gente tampoco tiene conciencia de la existencia de estas normativas, y de que existe una gran cantidad de morosos alimentarios", consideró Adriana Guerrero, referente de Comité de América Latina y el Caribe por la defensa de los derechos de las mujeres (Cladem).

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