Para poder pagar los impuestos hay que trabajar 180 días al año

Para poder pagar los impuestos hay que trabajar 180 días al año

01 Julio 2019

La presión impositiva se ha convertido en la peor pesadilla de los argentinos. Así lo reveló ayer un crudo informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), que sostiene que la carga tributaria formal integral de los tres niveles de gobierno sobre una familia asalariada durante el 2019 se ubica entre el 49,2% y el 58,2% del ingreso total.

“Por lo tanto, el Día de la Independencia tributaria se ubica en la Argentina entre el 28 de junio y el 31 de julio, en función de cuáles sean sus ingresos”, señaló el director del Iaraf, Nadin Argañaraz. En esta medición se estima qué porcentaje de sus ingresos totales deja de cobrar una familia por el hecho de pagar diferentes tributos que inciden tanto sobre sus ingresos y su patrimonio, como sobre sus gastos.

Las estimaciones se realizan para cuatro modelos hipotéticos de ingresos familiares, que derivan en distintos niveles de gasto y ahorro, todo lo cual se traduce en distintos efectos de los impuestos sobre los ingresos, patrimonios y consumos.

Sobre cada uno de estos ingresos se estima, a partir de la estructura de alícuotas vigente en las normativas tributarias para cada nivel de gobierno (Nación, provincias y municipios), la incidencia del total de impuestos que recaen sobre el ingreso/patrimonio y el consumo, incluyendo las contribuciones patronales.

Se trata de un estudio que analiza la carga tributaria desde el punto de vista “económico”, en el sentido que mide la incidencia sobre el contribuyente que efectivamente está afrontando los impuestos (en este caso, las familias), independientemente de cuál es el sujeto “legal” encargado de liquidar la carga tributaria. En efecto, se asume que toda la carga tributaria considerada se traslada al asalariado.

Esta medición basada en la recaudación tributaria representa lo que “efectivamente” se ha pagado, pero al dejarse de lado aspectos relacionados al incumplimiento y/o la evasión, no mide verdaderamente lo que un contribuyente formal “debería” afrontar en concepto de impuestos.

El indicador más conocido respecto de la relevancia de los tributos en una economía es el de la presión tributaria efectiva: qué porcentaje del producto generado por la economía se lleva el Estado.

En este sentido, en Argentina, la presión tributaria efectiva evidencia niveles récord en los últimos años. En 2015, la recaudación tributaria y previsional nacional, provincial y municipal, alcanzó el pico histórico de 34,3% del PBI, con un crecimiento del 60% respecto a los valores de los primeros años de este siglo. “Desde 2016 se registraron bajas en el indicador que probablemente se reviertan en el agregado de tributos para 2019, puesto que las bajas legales en tributos como Ganancias, Ingresos Brutos y Contribuciones Patronales serán más que compensadas por el aumento en los Derechos de Exportación; si bien la presión fiscal del 2019 continuaría casi 2 puntos porcentuales por debajo del nivel máximo del 2015”, señala Argañaraz.

Los datos

El estudio ejemplifica cuatro casos. Teniendo en cuenta el ingreso neto de bolsillo, el caso 1 cuenta con ingresos mensuales por $ 33.250 y su independencia tributaria es el 28 de junio, el caso 2 gana $ 72.050 y se libera el 3 de julio, el caso 3 cuenta con $ 106.801 y se independiza el 22 de julio y el caso 4 alcanza a $ 162.223 y queda libre el 31 de julio. “Así, un trabajador asalariado formal en Argentina debería trabajar en 2019 entre 180 y 212 días para cumplir con las obligaciones tributarias”, agrega el Iaraf.

La información de la carga tributaria formal puede presentarse de manera práctica utilizando como unidad de medida a la hora de trabajo de un individuo. De esta manera, se puede traducir la carga tributaria en minutos (y segundos) de cada hora trabajada.

Un trabajador del caso 1 debe utilizar 29 minutos y 31 segundos de cada hora laboral para cubrir todos los tributos en 2019, y uno del caso 4 deberá trabajar 34 minutos y 56 segundos para hacerlo.

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