Seis fiscales serán testigos en el caso de su ex par Albaca

Seis fiscales serán testigos en el caso de su ex par Albaca

Alperovich y Maley también fueron citados. El ex funcionario acusado de encubrir el crimen de Lebbos deberá someterse a una peritación médica. El juicio, que carece de fecha de inicio, pasaría para 2019.

EX TITULAR DE LA FISCALÍA N°2. Carlos Albaca en una foto de archivo. la gaceta / foto de Hector Peralta (archivo) EX TITULAR DE LA FISCALÍA N°2. Carlos Albaca en una foto de archivo. la gaceta / foto de Hector Peralta (archivo)

El primer juicio oral que la Justicia provincial celebre contra un ex titular de una fiscalía de Instrucción en lo Penal promete ser el escenario para un debate sobre la cultura del Ministerio Público Fiscal. Media docena de integrantes del órgano encargado de acusar a los autores de delitos prestarán declaración testimonial en la audiencia donde su ex par, Carlos Albaca, está imputado como presunto encubridor del crimen de Paulina Lebbos. Las citaciones comprenden a dos fiscales de la Cámara Penal de esta capital, Daniel Marranzino (N°4) y Marta Jerez de Rivadeneira (N°2); a Diego López Ávila (N°4) y a Adriana Giannoni (N°8), fiscales de Instrucción en lo Penal, y a Alejandro Noguera, fiscal ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción. A ellos se suma Juana Prieto de Sólimo, que en 2017 dejó la Fiscalía N°3 de la Cámara Penal para jubilarse.

A este conjunto singular y sin parangón de ex colegas de Albaca se suman otros dos funcionarios públicos con fueros: el senador José Alperovich (PJ) y Claudio Maley, ministro de Seguridad. Con la excepción de Prieto de Sólimo, que ha de prestar testimonio como una ciudadana común, los demás podrán acogerse al beneficio de declarar por escrito, pero bajo juramento, previsto en el artículo 230 del Código Procesal Penal de Tucumán. Ese privilegio sólo puede ceder si los funcionarios renuncian a él y deciden ser interrogados directamente por las partes, en presencia de la Sala I de la Cámara Penal. A los efectos de este juicio integran ese tribunal los camaristas Pedro Roldán Vázquez, María Elisa Molina y Alicia Freidenberg.

La calidad de la colaboración que los fiscales y autoridades estatales ofrezcan a la Justicia para dilucidar la responsabilidad penal endilgada a Albaca quedará en definitiva supeditada al criterio de cada funcionario. En el juicio en desarrollo desde febrero por el homicidio de Lebbos, Alperovich y Noguera se acogieron al beneficio de declarar por escrito. Más aún, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán excluyó la posibilidad de que el ex gobernador sea convocado -sin auxilio de la fuerza pública- a la audiencia para contestar los interrogantes que surgieren de las respuestas impresas en el papel, como habían dispuesto los camaristas Carlos Caramuti, Rafael Macoritto y Dante Ibáñez (Sala III). La resolución de julio de los vocales Antonio Gandur (preopinante), René Goane y Daniel Posse benefició también a Edmundo Jiménez, jefe de los fiscales, quien, al igual que Alperovich, había impugnado la solución de la Sala III.

Un informe de salud

La admisión de la mayoría de las pruebas propuestas por las partes, incluso la peritación médica de Albaca que requirió el fiscal de Cámara N°1, Carlos Sale, anticipa que posiblemente el juicio oral contra el ex titular de la Fiscalía N°2 será agendado para el primer semestre del año próximo. En ese momento ya habrá terminado el debate relativo al expediente principal que originó la muerte violenta de Lebbos acaecida en febrero de 2006. En ese proceso que sustancian los jueces Caramuti, Macoritto e Ibáñez están imputados Hugo Sánchez, ex jefe de la Polícia; Nicolás Barrera, ex subjefe; el ex subjefe de la Regional Norte, Héctor Rubén Brito; Eduardo Di Lella, ex secretario de Seguridad, y el electricista Roberto Luis Gómez.

El de Albaca será el tercer juicio vinculado al crimen de la joven, puesto que con anterioridad, en 2013, la Sala III condenó a tres policías de Raco por encubrir y falsificar instrumentos públicos relativos al hallazgo de los restos de Lebbos. Las abundantes pruebas presentadas y el tema en disputa -la posibilidad de que el ex fiscal haya delinquido cuando debía investigar los hechos ilícitos- sugieren que el enjuiciamiento será complejo y prolongado. Sólo la defensa de Albaca, a cargo de los abogados Manuel Pedernera y S. Exequiel Filmann, ofreció 62 testigos, entre ellos el querellante Alberto Lebbos, y cuatro de sus hijos y hermanos de la víctima, Rosa Graciela, Francisco, Marisa y Sofía Lebbos; Giannoni; Maley; Alperovich; Noguera; Pablo Baillo y Mario López Herrera, ex ministros de Seguridad alperovichistas; los ex funcionarios imputados Sánchez y Barrera, y la ex fiscala Prieto de Sólimo.

La querella, representada por el letrado Emilio Mrad, solicitó, entre otros, el testimonio de cuatro funcionarios de la Fiscalía N°2 de la época de Albaca: Emilio Salazar, Luis Ariel Farías Colaiacovo, Carlos Edgardo Artaza y Asís Safe Jaluf.

11 hechos sospechosos

Luego de que Noguera fuese eyectado de la pesquisa “Lebbos” por haber sido fotografiado mientras salía de la residencia del ex gobernador Alperovich, Albaca tomó el control del caso. Durante siete años mantuvo las actuaciones en secreto. En 2013, acuciado por las denuncias y el sumario administrativo adverso que practicó la fiscala Jerez de Rivadeneira, Albaca renunció para acogerse a la jubilación con el beneficio del 82% móvil. El pase al sector pasivo se consumó el 31 de julio de 2014. Con él se retiró Luis de Mitri, entonces ministro público fiscal (falleció este año).

Mientras la causa principal pasaba de la Fiscalía N°2 a la N°4 de López Ávila, que terminó requiriendo el juicio en desarrollo en el ámbito de la Sala III, comenzaba la investigación del proceder de Albaca. Después de que sus ex colegas se apartaran, Prieto de Sólimo se hizo cargo de esta causa con trascendencia institucional. Su tarea investigativa determinó que 11 hechos distintos comprometen a Albaca, que, en síntesis, fue acusado de paralizar el esclarecimiento de la muerte de Lebbos. En junio de 2017, y al rechazar los planteos de prescripción y de una serie de nulidades, la Sala I consideró que no podía ignorar que todas las conductas atribuidas al ex fiscal estaban unidas por un mismo hilo conductor: se trataría de procederes activos u omisivos que buscarían el encubrimiento del homicidio.

Comentarios